CONTENIDO DE LA POLÍTICA NACIONAL DE SST 2024-2028

PROGRAMA NACIONAL DE SST 2024-2028

El Programa Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo para el período 2024-2028 tiene como objetivo reducir la tasa de accidentabilidad laboral, mejorar la cobertura de programas de vigilancia ambiental y promover una cultura preventiva en el ámbito laboral.

Para su elaboración y difusión se ha definido un cronograma de 8 etapas:

POLÍTICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN MINAS

En enero de 2023, se inició la formulación de la Política Nacional de Seguridad y Salud en Minería en respuesta a la ratificación del Convenio N° 176 de la OIT por parte del presidente. Esto implicaba la necesidad de una política coherente en seguridad y salud para la minería. Se estableció una metodología de consulta nacional y regional en un taller tripartito en marzo de 2023, con participación de empleadores, trabajadores y organismos estatales.

En julio de 2024, Chile avanzó, al depositar formalmente el instrumento de ratificación del Convenio 176 de la OIT en Ginebra, Suiza. Este importante paso se formalizó el 9 de agosto con la firma del decreto promulgatorio realizado por las por las ministras del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, y de Minería, Aurora Williams.

Como siguiente etapa, se procederá con la formulación de la Política Nacional de Seguridad y Salud en Minas, labora que estará cargo de una Comisión Tripartita compuesta por 8 representantes de cada uno de los tres estamentos: Estado, Trabajadores(as) y Empleadores(as).

Material Descargable

El objetivo de esta guía es ofrecer a las entidades empleadoras una herramienta clara y práctica para la elaboración de mapas de riesgos, que les permita identificar y visualizar los peligros a los que están expuestas las personas trabajadoras. El documento ha sido elaborado en sintonía con la actualización de la Guía para la Identificación y Evaluación de Riesgos de Seguridad en los ambientes de Trabajo y su confección es el resultado de la coordinación entre la Subsecretaría de Previsión Social, la Superintendencia de Seguridad Social, el Ministerio de Salud, la Dirección del Trabajo y el Instituto de Salud Pública.

La Guía Técnica para la Capacitación de los Trabajadores en Prevención de los Riesgos Laborales establece las directrices para desarrollar la capacitación obligatoria prevista en el artículo 16 del D.S. N°44, de 2023.

La capacitación tiene una duración mínima de 8 horas y busca que los trabajadores conozcan y comprendan los riesgos presentes en su trabajo y las medidas necesarias para prevenirlos. Para ello, la Guía establece un marco técnico común respecto de los contenidos mínimos, la metodología de enseñanza, las medidas pedagógicas y los mecanismos de evaluación.

Para realizarla, la entidad empleadora podrá escoger entre las alternativas previstas en la normativa: desarrollarla directamente, recurrir a una entidad acreditada o contar con la asistencia técnica de su Organismo Administrador de la Ley N°16.744.

La Guía fue dictada mediante la Resolución Exenta N°1117, de 7 de agosto de 2026, publicada en el Diario Oficial el 11 de agosto de 2026, y entrará en vigencia el 1 de noviembre de 2026.

La Guía para la Identificación y Evaluación de Riesgos de Seguridad en los Lugares de Trabajo, actualizada por el Departamento de Salud Ocupacional del Instituto de Salud Pública de Chile, tiene como objetivo proporcionar una herramienta estandarizada con los elementos mínimos necesarios para identificar, evaluar y controlar los riesgos laborales asociados a los procesos, tareas y puestos de trabajo. Esta guía incorpora un enfoque de género, alineándose con las disposiciones del Decreto 44. De acuerdo con este decreto, las entidades empleadoras deben implementar una matriz de riesgos, la cual debe ser elaborada siguiendo las directrices establecidas por la guía del Instituto de Salud Pública (ISP) vigente.

El documento ha sido publicado mediante resolución exenta del ISP, N°668, 2025.

Documento elaborado por el Departamento de Salud Ocupacional del Instituto de Salud Pública de Chile, considerando las tablas internacionales para determinar los "días cargos" que deberán utilizarse para determinar la tasa de gravedad de los accidentes o enfermedades con tiempo perdido, de acuerdo con lo establecido en Artículo 73 del Decreto Supremo N° 44, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

El documento ha sido publicado mediante resolución exenta del ISP, N°635, 2025.

Documento elaborado por el Departamento de Salud Ocupacional del Instituto de Salud Pública de Chile. Su desarrollo se basa en la nota técnica Nº 20, titulada "Modelo de Gestión de EPP en la Empresa" (2016), estandariza la implementación y gestión de los Elementos de Protección Personal (EPP) dentro de una organización, destacando el enfoque sistemático de las etapas con perspectiva de género, que abarca desde la SELECCIÓN DE EPP hasta la DISPOSICIÓN FINAL de estas tecnologías de protección.

El documento ha sido publicado mediante resolución exenta del ISP, N°666, 2025.

El Formulario Único de Fiscalización es una herramienta diseñada para estandarizar y facilitar el proceso de fiscalización en materia de seguridad y salud en el trabajo. Este formulario tiene como objetivo unificar los criterios de evaluación y control de los riesgos laborales en las empresas, permitiendo que los organismos fiscalizadores, la Dirección del Trabajo y las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, realicen inspecciones de manera más eficiente y coherente.

Herramienta que permite identificar y detallar las sanciones que las empresas pueden enfrentar por el incumplimiento de las normativas laborales. En su Capítulo 56, se abordan específicamente las infracciones vinculadas a la gestión preventiva de riesgos laborales (Decreto Supremo 44)

Sobre actividades de prevención de riesgos laborales.

Sobre capacitaciones y registro de información.

Modifica instrucciones sobre comités paritarios de higiene y seguridad del sector público.

El DS 44 y principales antecedentes

La nueva normativa ya publicada en el Diario Oficial el pasado 27 de julio de 2024, busca transformar la gestión preventiva de riesgos laborales en el país. Refunde y reemplaza a los Decretos Supremos 40 y 54, modernizando el marco legal de seguridad laboral para promover entornos de trabajo seguros y saludables. Antecedentes que se consideraron para su actualización:

  • Convenios Internacionales (C155, C161, C187, C190).
  • Acción normativa nacional (D.S. N° 2 Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2024-2028).
  • Perfil Nacional 2023.
  • Legislación comparada (Tendencias legislativas en seguridad y salud en el trabajo con enfoque preventivo, Pedro Páramo y Carmen Bueno, 2018).
  • Necesidad de transversalizar en la normativa preventiva el enfoque de género y el trabajo decente (Programa de Gobierno Presidente Boric).
Cuadro comparativo decretos N° 40 y N° 54 y ventajas del nuevo decreto 44

CUADRO COMPARATIVO DECRETOS N°40 Y N°54 Y LAS VENTAJAS DEL NUEVO DECRETO N°44

Preguntas y respuestas del DS 44

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