Subsecretaría
La Subsecretaría de Previsión Social es la institución dependiente del Ministerio del Trabajo y Previsión Social encargada de asesorar al Ministra/o del ramo en la elaboración de políticas y planes correspondientes al ámbito de la previsión social, como asimismo en el análisis estratégico, planificación y coordinación de los planes y acciones de los servicios públicos del sector.
Así, le corresponde estudiar y proponer las normas y reformas legales relacionadas con la Seguridad Social, además de definir y coordinar la implementación de estrategias para dar a conocer el sistema de previsión social y facilitar a la población el ejercicio de sus derechos conforme a las políticas sociales que se implementen.
Tiene como entidades relacionadas, al Instituto de Previsión Social (IPS, ex INP), la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), la Superintendencia de Pensiones (SP) y el Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
La Subsecretaría de Previsión Social se rige de acuerdo a las normas establecidas en el Decreto con Fuerza de Ley N°25 de 1959, que crea el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y en la Ley N°20.255 de 2008, que establece la Reforma Previsional.
Subsecretario Claudio Reyes Barrientos
Es ingeniero comercial de la Pontificia Universidad Católica de Chile, con estudios en Finanzas Internacionales en University of Manchester Institute of Science and Technology (UMIST), y formación ejecutiva en Kellog School of Management, Northwestern University.
Entre 2014 y 2020 ejerció como Superintendente de Seguridad Social (SUSESO), período en el cual encabezó una trascendental transformación digital, lo que permitió reducir significativamente los tiempos de respuesta a la ciudadanía.
Estuvo entre el año 2008 y 2010 en la Subsecretaría de Previsión Social a cargo de la Reforma Previsional que desarrolló el Pilar Solidario, y ejerció como Subsecretario de la repartición pública (2009-2010).
También, se desempeñó en cargos directivos del sector público en SERCOTEC, en el Ministerio de Desarrollo Social, en el Banco Central de Chile y en el Ministerio de Hacienda.
En el sector privado, fue ejecutivo de entidades financieras chilenas y extranjeras, así como consultor en materias financieras de organismos internacionales como el Banco Mundial, BID, OIT, PNUD y otros. En lo académico, ha sido investigador de FLACSO y profesor en la U. Mayor.
Hasta antes de ser nombrado Subsecretario de Previsión Social, ejercía como Coordinador de Modernización del Estado en el Ministerio de Hacienda.
La Subsecretaría se organiza a través de Divisiones, Direcciones y Unidades, unas con responsabilidades de línea en el ámbito propio de las funciones de la Subsecretaría, en tanto otras con responsabilidad de apoyo a la gestión. Se encuentra integrada funcional y orgánicamente de la forma que se establece en el siguiente Organigrama Institucional.
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El Ministerio del Trabajo y Previsión Social, a través de esta Subsecretaria, desarrolla un conjunto de políticas, medidas, instancias y acciones públicas para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
Cuenta Pública Participativa
La Cuenta Pública Participativa es el medio por el cual el Ministerio, las Subsecretarías dependientes y sus organismos relacionados anualmente dan cuenta a la ciudadanía de la gestión de sus políticas, planes, programas, acciones y de su ejecución presupuestaria, de acuerdo al artículo 72 de la Ley N° 18.575.
El Ministro/a del Trabajo y Previsión Social realiza entre marzo y abril de cada año, un proceso de cuenta pública de manera desconcentrada con participación directa de la ciudadanía.
Los objetivos de este mecanismo son:
- Informar a la ciudadanía sobre el desempeño de la gestión desarrollada y de las instituciones públicas, evaluando sus avances, dificultades y resultados sobre las acciones realizadas y las que se proyectan realizar.
- Explicar y justificar a la ciudadanía las decisiones tomadas por la institución pública sobre aspectos relevantes de la gestión de ésta.
- Recoger opiniones e inquietudes de las personas que participen en la cuenta pública participativa, dando respuesta a los planteamientos recogidos en el proceso.
La Subsecretaría de Previsión Social se relaciona con los siguientes organismos, otorgando soporte técnico y administrativo para su funcionamiento:
Comisión de Usuarios del Sistema de Pensiones: Creada por la Reforma Previsional del año 2008 (Ley 20.255), tiene como función informar sobre las evaluaciones y el funcionamiento del sistema de pensiones, y proponer las estrategias de educación y difusión de dicho sistema a la Subsecretaría de Previsión Social y a otros organismos públicos del sector.
Consejo Consultivo Previsional: Creado por la Reforma Previsional del año 2008 (Ley 20.255), tiene como función asesorar a los Ministros del Trabajo y Previsión Social y de Hacienda en las materias relacionadas con el Sistema de Pensiones Solidarias.
Comité Ministros de Seguridad Laboral: El Comité asesora, de forma permanente, al Presidente/a de la República en la formulación de lineamientos y Políticas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Consejo Consultivo de Seguridad y Salud en el Trabajo: Órgano asesor permanente del Presidente/a de la República en todas aquellas materias y actividades relacionadas con la seguridad y salud laboral.
La Subsecretaría de Previsión Social depende del Ministerio del Trabajo y Previsión y Previsión Social. A través de ella se vinculan con el Poder Ejecutivo las siguientes instituciones:
Superintendencia de Pensiones (SUPEN): La Superintendencia de Pensiones fue creada por la Reforma Previsional del año 2008 (Ley 20.255) como sucesora y continuadora legal de la Superintendencia de Administradora de Fondos de Pensiones, creada por el Decreto Ley N° 3.500, de 1980, que inició sus funciones a contar del 1° de mayo de 1981. Se rige por un estatuto orgánico contenido en el Decreto con Fuerza de Ley N° 101 de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Este organismo contralor, técnico y altamente profesionalizado cuyo objetivo es la supervigilancia y control del Sistema de Pensiones Solidarias que administra el Instituto de Previsión Social, de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) y de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), entidad que recauda las cotizaciones, invierte los recursos y paga los beneficios del seguro de cesantía.
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO): La Superintendencia de Seguridad Social es una institución autónoma del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el ejecutivo a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Integra las llamadas Instituciones Fiscalizadoras, a que se refiere el artículo 2° del D.L. 3.551, de 1980.
Su trabajo está orientado a regular y fiscalizar el cumplimiento de la normativa de Seguridad Social y garantizar el respeto de los derechos de las personas, especialmente de los trabajadores, pensionados y sus familias, resolviendo con calidad y oportunidad sus consultas, reclamos, denuncias y apelaciones, proponiendo las medidas tendientes al perfeccionamiento del sistema chileno de seguridad social.
Instituto de Previsión Social (IPS): El Instituto de Previsión Social (IPS), es un servicio público creado a partir del artículo 53 de la Ley 20.255, de Reforma al Sistema Previsional, descentralizado, y con personalidad jurídica y patrimonio propio.
El IPS tiene por objetivo la administración del sistema de pensiones solidarias y de los regímenes previsionales administrados anteriormente por el INP, orientando su gestión a la atención de los ciudadanos proactivamente y con altos estándares de calidad a través de una red multiservicios del Estado; asimismo, recauda obligaciones previsionales y sociales, concede y paga los derechos previsionales y sociales a los ciudadanos, con especial preocupación por los segmentos vulnerables, asegurando el acceso universal.
Instituto de Seguridad Laboral (ISL): El Instituto de Seguridad Laboral, es la entidad pública encargada de administrar el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Desde su condición de Servicio Público, contribuye a la construcción e instalación de una cultura de trabajo que promueve y garantiza a los trabajadores y trabajadoras el ejercicio de sus derechos en materia de seguridad y salud laboral, a través del despliegue de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Además, en materia de gestión presupuestaria la Subsecretaria se vincula con la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA) y la Caja de Previsión de Defensa Nacional (CAPREDENA).