
Con importantes novedades el Ministerio del Trabajo y Previsión Social inició la VIII Encuesta de Protección Social 2023-2024
Octubre 5, 2023
Ministra Jara: “El plebiscito no es lo que condiciona que presentemos las indicaciones. Lo que condiciona es que necesitamos un acuerdo”
Octubre 18, 2023- La iniciativa presentada por el Gobierno mejora los beneficios del instrumento y flexibiliza el acceso a sus prestaciones.
La Sala del Senado aprobó la tarde de este martes, en general, el proyecto de ley presentado por el Gobierno del Presidente Gabriel Boric que flexibiliza los requisitos de acceso al Seguro de Cesantía y fortalece sus beneficios. Lo anterior luego de ser visado, más temprano, por la Comisión de Hacienda de la Cámara Alta. Anteriormente, la iniciativa también fue revisada por la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, valoró el respaldo al proyecto y señaló que “este seguro se destaca, entre otras cosas, por su forma de financiamiento, tripartito. Además, tiene dos tipos de cuenta, la individual y la solidaria, y no sólo es sustentable en el tiempo considerando la mejora de beneficios y la flexibilización de los requisitos de acceso, sino que en el proyecto se recoge la experiencia de la pandemia, donde fue un buen instrumento para efecto de que no aumentaran todavía más los despidos, a través de las leyes de protección al empleo”.
Agregó que “esperemos que se pueda aprobar el proyecto la próxima semana, para poder iniciar la vigencia de la ley el mes subsiguiente, como así se dispone”, agregó.
En efecto, tras su aprobación en general, la iniciativa regresará a la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado, instancia que revisará una indicación presentada por el Ejecutivo en la Sala de la Cámara Alta, respecto a que se registre en la Dirección del Trabajo, con fines estadísticos, cuando el empleador use la facultad de imputar el aporte que ha realizado al Seguro de Cesantía al momento del despido, en los casos que corresponda.
Cabe recordar que el proyecto tuvo su origen en el acuerdo que alcanzó el Gobierno con la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) en 2022, en el marco de la negociación por el alza del salario mínimo. Además, fue revisado por la Comisión de Usuarios del Seguro de Cesantía, donde están representados trabajadores y empleadores a través de la CUT y la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC).
En lo medular, la iniciativa robustece los beneficios que entrega el Seguro de Cesantía. En primer lugar, incrementa la tasa de reemplazo del segundo mes de las prestaciones con cargo a la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), pasando desde 55% a 60% del respectivo promedio de remuneraciones.
Al mismo tiempo, se plantea la mejora de las tasas de reemplazo con cargo al Fondo de Cesantía Solidario (FCS):
- En el caso de los trabajadores con contrato indefinido y de casa particular, se establece un aumento de tasa de reemplazo del segundo mes de beneficio, pasando de 55% a 60%. También se actualizan los respectivos límites mínimo y máximo.
- Para trabajadores con contrato a plazo fijo, se fija un aumento de la tasa de reemplazo del primer mes de beneficio, desde 50% a 60%. También se agrega un cuarto y quinto giro, con una tasa de reemplazo de 30% cada uno, pasando de un giro mensual por los actuales tres meses a un giro mensual por cinco meses.
Además, se propone flexibilizar los requisitos de acceso a las prestaciones del Seguro de Cesantía:
- Se disminuye el requisito del número de cotizaciones registradas en la Cuenta Individual por Cesantía, que permite el acceso a las prestaciones con cargo a dicha cuenta, del siguiente modo:
- Contrato indefinido o trabajador de casa particular: se rebaja de 12 a 10 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas.
- Trabajador con contrato a plazo fijo o por obra, trabajo o servicio determinado: se rebaja de 6 a 5 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas.
- Se disminuye el requisito del número de cotizaciones registradas en la Cuenta Individual por Cesantía, que permite el acceso a las prestaciones con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, del siguiente modo:
- Trabajador con contrato indefinido o trabajador de casa particular: se rebaja de 12 a 10 cotizaciones. Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
- Trabajador con contrato a plazo fijo, o para una obra, trabajo o servicio determinado: se rebaja de 6 a 5 cotizaciones.
- Se flexibilizan los requisitos y se otorgan mejoras en las prestaciones en casos en que exista declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, alerta sanitaria o se produzca la declaración de una zona afectada por catástrofe, como puede ocurrir, por ejemplo, en algunos casos de lluvias intensas, sismos u otros eventos que pueden afectar las fuentes de empleo de las y los trabajadores, permitiendo garantizar una mejor y mayor protección en este tipo de casos.