El Congreso Nacional despachó, la tarde de este miércoles, el proyecto de ley presentado por el Gobierno del Presidente Gabriel Boric que mejora el Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas (Sanna) que padecen una condición grave de salud.
Lo anterior, luego de que la Sala del Senado aprobó, por unanimidad, el informe emitido por la Comisión Mixta conformada para analizar esta iniciativa. Previamente, la semana pasada, hizo lo propio la Sala de la Cámara de Diputados y Diputadas.
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, valoró el apoyo de los parlamentarios a la iniciativa y señaló que “estamos muy contentos, porque este proyecto tiene un gran sentido de humanidad, que se expresa en una condición concreta de acompañamiento a los niños y niñas de nuestro país en las circunstancias más difíciles, donde muchas veces las personas recurren a distintos resquicios para poder estar con sus hijos o terminan abandonando sus fuentes de trabajo y sustento familiar”.
“Con la aprobación de este proyecto se protegerá a las familias y, en particular, a los niños y la autonomía económica a través del empleo, otorgando un derecho bien financiado como parte de la seguridad social”, añadió la secretaria de Estado.
Por su parte, el subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes, indicó que “hemos logrado, recogiendo los requerimientos de madres y padres que se ven enfrentados a esta contingencia de una enfermedad grave, hacer una reforma a la ley de acompañamiento a niños y niñas y adolescentes que están enfrentados a una situación de cáncer, enfermedad terminal, trasplante o un accidente grave, y agregar una quinta contingencia que tiene que ver con aquellos niños y niñas hasta los cinco años que hayan pasado, estén pasando por una UTI o una UCI y para que los padres los puedan acompañar hasta por un período de 15 días en estas circunstancias. Esto permite expandir la cobertura de un instrumento que, de alguna manera, es inédito en Chile e incluso en muchas partes del mundo y que está basado en un importante principio de la seguridad social, cual es la solidaridad”.
La Ley Sanna es un seguro obligatorio para las madres y padres trabajadores de niñas, niños y jóvenes afectados por una condición grave de salud, para que puedan ausentarse justificadamente de su trabajo durante un tiempo determinado, con el propósito de prestarles atención, acompañamiento o cuidado personal, recibiendo durante ese período un subsidio que reemplace total o parcialmente su remuneración o renta mensual. Actualmente, el seguro protege ante cáncer; trasplante de órgano sólido y de progenitores hematopoyéticos; la fase o estado terminal de la vida; y accidente grave con riesgo de muerte o secuela funcional grave y permanente.
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En lo medular, el proyecto despachado esta jornada a ley modifica el Seguro Sanna, creado por la ley 21.063, para permitir ampliar, de 90 a 180 días, el plazo de permiso para las y los trabajadores que son padres de una niña o niño afectado por cáncer o trasplante de órgano sólido o de progenitores hematopoyéticos. Además, se incorpora una quinta contingencia: enfermedad grave de niña o niño de uno a cuatro años que requiera hospitalización en una Unidad de Cuidados Intensivos o de Tratamientos Intermedios (UCI-UTI).
Al mismo tiempo, contempla la creación de un fuero laboral para las y los trabajadores que hagan uso de este seguro. Adicionalmente, reconoce la administración por los organismos administradores de la Ley 16.744 junto con la debida fiscalización de la Superintendencia de Seguridad Social. Además, busca garantizar el acceso igualitario a los días de permiso a las familias monoparentales, reconociendo la totalidad de tiempo que les correspondería cuando participan del cuidado ambos padres y madres.
Del mismo modo, aumenta hasta en 90 el número de días de permiso en las contingencias que cubre esta ley en casos de estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública o alerta sanitaria decretada por la autoridad producto de una pandemia, epidemia o por la ocurrencia de alguna catástrofe natural. Este aumento no aplica para el caso de la nueva contingencia que se formula en el proyecto de ley.
Regula la duración del permiso en caso de fallecimiento o ausencia de uno de los progenitores, permitiendo el traspaso y/o el reconocimiento del derecho al o a la progenitora presente.
Además, aumenta el número días de otorgamiento de una licencia médica por Seguro Sanna, pudiendo extenderse hasta 30 días, lo que es relevante para tratamientos que se realizan en regiones y que requieren tiempos de desplazamiento, evitando generar un problema a los usuarios y usuarias del fondo.
Entre otras materias, también elimina del período de carencia en licencia médica por el Seguro y se consolida la doctrina de la Superintendencia de Seguridad Social y la licencia se paga siempre desde el primer día.