La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, citó este viernes a una reunión a los partidos políticos que están representados en el Congreso, con el objetivo de alcanzar un acuerdo respecto a la reforma al sistema de pensiones.
La secretaria de Estado señaló tras la sesión de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados y Diputadas que “vamos invitar a todos los partidos políticos que forman parte de la Comisión de Trabajo, y también de este Parlamento, a que puedan sumarse a un acuerdo por las pensiones. Vamos a escuchar también las propuestas que los partidos nos quieran hacer”.
Agregó que “la idea es construir un acuerdo que abarque la representación de los parlamentarios en atención a sus partidos políticos; es decir, un acuerdo más amplio que la Comisión de Trabajo propiamente tal. Lo anterior, para agilizar la discusión y poder sumar voluntades a fin de que podamos mejorar las pensiones muy pronto”
Artículos aprobados
La Comisión de Trabajo y Seguridad Social aprobó este martes los primeros artículos de la reforma previsional presentada por el Gobierno del Presidente Gabriel Boric. En concreto, los parlamentarios de la instancia legislativa visaron cuatro de las denominadas “normas espejo”, que son aquellos artículos que se encuentran tanto el Decreto de Ley 3.500 que regula el actual sistema de pensiones, como en el proyecto de ley del Ejecutivo.
Así, se aprobó el Artículo 34 de la reforma, que se refiere a que en febrero de cada año la Superintendencia de Seguridad Social y la Superintendencia de Salud deben informar al Servicio de Impuestos Internos, la institución de salud a la que se encuentra afiliado el trabajador independiente. Del mismo modo, se visó el Artículo 54, sobre los requisitos para que los padres del causante sean beneficiarios de una pensión de sobrevivencia; esto es, como causantes de asignación familiar.
También se votó a favor el Artículo 58, respecto a que esta normativa no incluye a las pensiones de sobrevivencia o invalidez de la Ley 16.744 u otra ley especial.
Por último, se aprobó en la sesión el Artículo 86, en torno a los impuestos a los retiros de excedente de libre disposición que se calculan conforme a lo dispuesto en el Artículo 42 ter de la Ley de Impuesto a la Renta.