“Las temperaturas altas afectan la seguridad y salud de las personas y, en particular, de las y los trabajadores que se ven expuestos por el tipo de labor que realizan, muchas veces en espacios abiertos”, dijo este lunes la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, al informar una serie de medidas que apuntan a proteger la salud y la seguridad de las y los trabajadores ante las altas temperaturas que enfrenta el país.
“Por eso, hemos decidido implementar un conjunto de medidas que puedan fortalecer su protección, cuya responsabilidad será de parte de los empleadores. Vamos a estar fiscalizando su cumplimiento en los meses de diciembre, enero y febrero”, agregó, en una actividad realizada en el Parque Metropolitano, junto al subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes; la superintendenta de Seguridad Social (Suseso), Pamela Gana; el director nacional del Trabajo (DT), Pablo Zenteno; la directora del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Aída Chacón; y la jefa de División Zoológico del Parque Metropolitano, Marisol Torregrosa.
La secretaria de Estado explicó que “las medidas tienen un foco especial en aquellos que, por la forma de trabajo de producción, las personas se ven más expuestas al sol o en lugares cerrados donde la temperatura se vea elevada. En ese contexto, son especialmente importantes para los trabajadores agrícolas y de la construcción, entre otras”.
Las medidas, que se implementarán a través de la DT y la Suseso, refuerzan el llamado para que, si el lugar de trabajo conlleva un riesgo grave e inminente para la vida o salud de las y los trabajadores, el empleador deberá, en primer lugar, informar inmediatamente a todos los trabajadores afectados sobre la existencia de dicho riesgo y los recaudos adoptados para eliminarlo o atenuarlo. También, se deberá adoptar la suspensión inmediata de las faenas afectadas y la evacuación de los trabajadores, en caso de que el riesgo no se pueda eliminar o atenuar. Al mismo tiempo, se tienen que disponer de teléfonos de emergencia para comunicación expedita ante la ocurrencia de situaciones de emergencia.
La superintendenta de Seguridad Social, Pamela Gana, señaló que “en el contexto de riesgo de altas temperaturas y temperaturas extremas, el empleador tiene un rol de protección a los trabajadores, en tanto que las mutualidades y el ISL tienen un rol de capacitar a empleadores y trabajadores en esta materia, prestar asistencia técnica para el desarrollo de planes preventivos para enfrentar el trabajo en calor extremo de manera segura y disponer material de difusión”.
Por su parte, el director del Trabajo, Pablo Zenteno, indicó que “tenemos tres ámbitos de acción con el objetivo de proteger eficazmente la vida y la salud de las y los trabajadores. El primero es la publicación de un dictamen sobre las obligaciones y medidas que deben adoptar los empleadores. Además de eso, tendremos un banner en el sitio web de la DT (www.dt.gob.cl) para que los trabajadores conozcan sus derechos y activen denuncias en caso de ser necesario. Y, finalmente, entre diciembre y febrero tendremos un programa de fiscalizaciones que visitará al menos 150 empresas para fiscalizar las condiciones laborales”.
Las medidas
Las medidas adoptadas por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social se implementan a través de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) y la Dirección del Trabajo (DT).
En concreto, la Suseso instruyó a los organismos administradores del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, que son la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), la Mutual de Seguridad, el Instituto de Seguridad del Trabajo y el ISL, entregar asistencia técnica a sus empresas adherentes o afiliadas para orientarlas a proteger la salud y seguridad de las y los trabajadores.
Dicha asistencia técnica deberá considerar capacitación a las y los trabajadores sobre los efectos en la salud humana de los distintos tipos de eventos de calor, sea por Altas Temperaturas (AT) y Altas Temperaturas Extremas (ATE), que pueden presentarse durante este verano, con el objetivo de identificar oportunamente los síntomas asociados al estrés por calor y las medidas preventivas para el cuidado de las y los trabajadores.
También deberán apoyar a sus empresas adherentes o afiliadas en la elaboración e implementación de un Plan de Emergencia y Contingencia para la gestión del riesgo por exposición a AT y ATE, de acuerdo con las disposiciones del Ministerio de Salud. Estos planes deberán ser remitidos a más tardar el 22 de diciembre del presente año.
Asimismo, las mutualidades y el ISL deberán disponer de material informativo físico y virtual con las medidas de prevención necesarias frente a los eventos de altas temperaturas para ser entregada a los y las trabajadoras.
Además, la Suseso estableció 17 medidas preventivas concretas en los lugares de trabajo:
Los recipientes que contengan el agua para beber deberán mantenerse en condiciones higiénicas adecuadas (art. 15 del D.S.594/99 MINSAL), y sobre alguna estructura que evite el contacto directo con el suelo, debiendo ser extraída mediante llaves y no pudiendo estar a más de 75 mts. de distancia respecto de los lugares donde las personas se encuentren trabajando.
A las y los trabajadores que deban desplazarse durante su jornada diaria de trabajo, deberá dotárseles además de un recipiente portátil individual que permita mantener el agua fresca.
En tanto, la Dirección del Trabajo emitió un dictamen que fija los alcances de las obligaciones de los empleadores para proteger la vida y la salud de las y los trabajadores, basado en lo que señala el Código del Trabajo en torno a la protección con que deben contar los trabajadores en sus lugares de trabajo.