XIV Concurso Fondo para la Educación Previsional FEP
XIV Concurso Fondo para la Educación Previsional FEP.
Considerando las brechas de conocimiento detectadas en la ciudadanía, y con el objetivo de “apoyar financieramente proyectos, programas, actividades y medidas de promoción, educación y difusión del sistema de pensiones”, la Ley 20.255 creó en 2008 el Fondo Para la Educación Previsional (FEP). De este modo, en la Ley de Presupuestos de cada año se asignan recursos para este Fondo, que es administrado por la Subsecretaría de Previsión Social. El monto total disponible para asignar en el XIV Concurso FEP, a ejecutarse este 2020, es de $ 1.822.153.000.
En este marco, la Subsecretaría de Previsión Social realiza anualmente un llamado a participar del concurso público mediante el cual se asignan los recursos del Fondo para la Educación Previsional, al que pueden concurrir personas naturales o jurídicas, además de entidades públicas debidamente facultadas para tal efecto.
Este instrumento de política pública está destinado a entregar a los ciudadanos, preferentemente afiliados al sistema de pensiones, elementos que les permitan aumentar y ampliar sus conocimientos sobre el mismo. Esto, con la finalidad de que las personas tomen mejores decisiones, conscientes de que el ahorro previsional que realizan hoy impacta en el monto de sus futuras pensiones.
Entre los años 2009 y 2019 se han efectuado 13 llamados a concursos públicos, materializándose 11 de ellos. En todo ese período se han financiado 389 proyectos de educación previsional.
Para esta versión del Concurso la Subsecretaría de Previsión Social estableció dos ámbitos de intervención:
- Difusión: Destinado a financiar proyectos que sensibilicen e informen a la ciudadanía los beneficios y deberes que contempla el sistema de pensiones, principalmente, y de los otros regímenes previsionales den Chile. Estos proyectos tendrán una ejecución de entre 4 y 5 meses máximo.
- Formación: Destinado a financiar proyectos que eduquen, formen o capaciten a la ciudadanía, orientados a facilitar el ejercicio de los derechos, beneficios y deberes que contempla el sistema de pensiones, principalmente, y de los otros regímenes previsionales de Chile. Estos proyectos tendrán una ejecución de entre 4 y 5 meses máximo.
Los postulantes que concurran a la convocatoria del XIV Concurso FEP, que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases Técnicas y Administrativas, podrán participar en uno de los dos señalados ámbitos de intervención.
Público objetivo: Este concurso ha definido que, indistintamente del ámbito de intervención seleccionado por el postulante, los grupos objetivos serán los mismos para ambos, existiendo sólo una restricción, cual es establecer que podrán seleccionar máximo dos grupos.
- Jóvenes de entre 17 y 35 años.
- Trabajadores de entre 36 y 54 años.
- Pre pensionados de entre 55 y 65 años.
- Trabajadores que emiten boletas de honorarios y que requieran de información respecto a la obligación de cotizar a través de la Operación Renta de cada año, según la Ley 21.133.
Para mayor información del Concurso, revisar los antecedentes detallados en las pestañas inferiores.
NOTIFICACION 23-03-2020
Se Informa que:
URGENTE Con esta fecha se publica Resolución Exenta Nº 29 del 23 de marzo del presente que “Cancela el Decimocuarto Concurso Público Nacional de Formaciòn y Difusión del Sistema de Pensiones y Beneficios de Cotizar, Fondo para la Educación Previsional 2020, por motivos fundados que se indican”
Lo anterior, debido a “que tomando en consideración el avance de la pandemia y las nuevas medidas adoptadas por el gobierno , resulta altamente complejo ejecutar el Concurso en los términos establecidos en las Bases, por los ámbitos de intervención propuestos inicialmente.”
Esta Subsecretaría evaluará la conveniencia de realizar un nuevo llamado a concurso con una orientación y enfoque que sea factible cumplir acorde a las posibilidades de ejecución que tendrían los eventuales postulantes de acuerdo a los objetivos dispuestos por el legislador en la creación del Fondo para la Educación Previsional y las medidas tomadas por la autoridad para enfrentar la contingencia.
En caso de ser solicitado, se devolverá la documentación que hayan presentado los postulantes en un plazo de 10 dìas hábiles.
NOTIFICACIÓN 23-03-2020
Se informa que:
Con esta fecha, se da inicio al período de Evaluación y Selección de los proyectos postulados al XIV Concurso del Fondo para la Educación Previsional, según se establece en la Resolución Exenta N° 22 del 28 de febrero del presente.
Sólo los proyectos declarados admisibles serán evaluados técnicamente por un Comité de Selección, según lo prevé el Decreto Supremo N° 78, de fecha 14 de noviembre de 2008, sobre Reglamento del Fondo para la Educación Previsional y sus modificaciones. La evaluación técnica de los proyectos declarados admisibles se hará de acuerdo a los criterios de evaluación y puntajes definidos en Anexo BA N° 6 para el ámbito de formación y BA N° 7 para el ámbito de difusión.
NOTIFICACIÓN 20-03-2020
Se informa que:
Con esta fecha, finalizó el período de consultas y aclaraciones al proceso de Admisibilidad de los proyectos postulados al XIV Concurso del Fondo para la Educación Previsional, según se establece en Resolución Exenta N° 22, del 28 de febrero del presente.
NOTIFICACIÓN 16-03-2020
Se informa que:
Con esta fecha se encuentra publicada en la página web institucional, el Acta e Informe del período de Apertura y Admisibilidad de proyectos presentados al XIV Concurso del Fondo para la Educación Previsional, según se establece en el cronograma de la Res. Exenta Nº 22 de 2020 del Concurso. Puede acceder a esta información a través del siguiente enlace.
Tal como se informó anteriormente, entre el 16 y el 20 de marzo del presente, los participantes cuyas postulaciones no fueron admitidas, podrán solicitar aclaraciones al proceso de admisibilidad a través del correo electrónico disponible en la página web institucional consultasfep@previsionsocial.gob.cl. En esta presentación se deberán señalar los datos necesarios para la clara identificación del proyecto correspondiente, así como los datos de contacto del postulante (nombre del representante legal, mail, teléfono, dirección, etc.)
Para resguardar la transparencia de este proceso, sólo se recibirán y responderán las aclaraciones y consultas realizadas por medio escrito a través del correo indicado anteriormente.
NOTIFICACIÓN 13-03-2020
Se informa que:
Con esta fecha, a las 17:00 horas, finalizó el proceso de admisibilidad de los proyectos postulados al XIV Concurso del Fondo para la Educación Previsional, según se establece en el cronograma de la Res. Exenta N°22 de 2020 del Concurso.
El acta de admisibilidad de este proceso será publicada en la página web institucional el 16 de marzo del presente.
Entre el 16 y el 20 de marzo del presente, los participantes cuyas postulaciones no fueron admitidas, podrán solicitar aclaraciones al proceso de admisibilidad a través del correo electrónico disponible en la página web institucional consultasfep@previsionsocial.gob.cl .En esta presentación se deberán señalar los datos necesarios para la clara identificación del proyecto correspondiente, así como los datos de contacto del postulante (nombre del representante legal, mail, teléfono, dirección, etc.)
Para resguardar la transparencia de este proceso, sólo se recibirán y responderán las aclaraciones y consultas realizadas por medio escrito a través del correo indicado anteriormente.
NOTIFICACIÓN 09-03-2020
Se informa que:
Con esta fecha, a partir de las 9:00 horas la Subsecretaría de Previsión Social inicia el proceso de apertura y admisibilidad de los proyectos postulados al XIV Concurso del Fondo para la Educación Previsional, cerrando éste a las 17:00 horas del 13 de marzo de 2020.
El proceso de apertura es público y se realiza en las oficinas institucionales de la Subsecretaría de Previsión Social. La admisibilidad de los proyectos es llevada a cabo por la Fiscalía de la Subsecretaría de Previsión Social, según se establece en el punto N° 12.2 de las Bases Administrativas de este Concurso.
El acta de admisibilidad de proyectos será publicada en la página web institucional de esta Subsecretaría el 16 de marzo de 2020.
NOTIFICACIÓN 07-03-2020
Se informa que:
Con esta fecha, a las 13:00 horas, ha finalizado período de postulación de proyectos on line en sitio web institucional, según se establece en la Resolución Exenta Nº 22 de fecha 28 de febrero de 2020, que “Modifica las Bases Administrativas y Técnicas del Décimo Cuarto Concurso Público Nacional de Formación y Difusión del Sistema de Pensiones y Beneficios de Cotizar, Fondo para la Educación Previsional 2020”.
NOTIFICACIÓN 28-02-2020
Se informa que:
Con esta fecha, se encuentra publicada la Resolución Exenta Nº 22 de fecha 28 de febrero de 2020, que “Modifica las Bases Administrativas y Técnicas del Décimo Cuarto Concurso Público Nacional de Formación y Difusión del Sistema de Pensiones y Beneficios de Cotizar, Fondo para la Educación Previsional 2020”, que extiende el plazo de finalización del período de postulación de proyectos online en el sitio web institucional, hasta el día 07 de marzo del presente, a las 13:00 horas. Asimismo, modifica el Anexo BT Nº1 exigencias relativo a las “Exigencias Tecnológicas para la presentación del proyecto a través de formulario web”.
Lo anterior en el marco de la normativa del Concurso.
Descargue la Resolución a través del siguiente enlace.
NOTIFICACIÓN 26-02-2020
Se informa que:
Con esta fecha, se encuentra publicada la Resolución Exenta Nº 19, de fecha 26 de febrero de 2020, que “Modifica las Bases Administrativas del Décimo Cuarto Concurso Público Nacional de Formación y Difusión del Sistema de Pensiones y Beneficios de Cotizar, Fondo para la Educación Previsional 2020”, que extiende el plazo de finalización del período de postulación de proyectos online en el sitio web institucional, hasta el día 29 de febrero del presente, a las 13:00 horas, en el marco de la normativa del Concurso.
Descargue la Resolución a través del siguiente enlace.
NOTIFICACIÓN 25-02-2020
Se informa que:
Con esta fecha, y según la normativa vigente del XIV Concurso del Fondo para la Educación Previsional (FEP), se recuerda que el viernes 28 de febrero del presente, a las 13:00 horas finalizará el periodo de postulación de proyectos on line en el sitio web institucional.
Asimismo, se recuerda que el Anexo N°1 de las Bases Técnicas señala las “Recomendaciones Tecnológicas para la presentación del proyecto a través de formulario web” en las que se sugiere considerar las siguientes recomendaciones de equipamiento y software para el proceso de postulación:
Respecto al Equipo, se sugiere:
- Memoria RAM mínima de 1 GB.
- Resolución de pantalla mínima 1024 X 768.
- Procesador mínimo Intel Pentium 4, 1GHZ o equivalente (Atom y netbooks no recomendados).
- Conexión de Internet banda ancha mínima de 2Mbps (Modems USB no recomendados).
- Sistemas operativos Windows 7 (64 y 32 bits), Windows 8 (64 y 32 bits) o Windows 10 (64 y 32 bits).
Respecto al Software básico instalado, se sugiere:
- Herramientas de Office (para algunos formatos en *.doc.).
- Acrobat Reader o Pdf Creator (Open Source), para ver exportación PDF de Formulario de Postulación.
- Navegador versión mínima Firefox 24, Chrome 30 o Internet Explorer 10.
- Plugin Flash 10 o superior instalado en navegador.
Finalmente, en caso de presentar consultas de índole exclusivamente tecnológicas sobre uso de la Plataforma, se debe comunicar al número: +56 228279671 de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas.
NOTIFICACIÓN 21-02-2020
Se informa que:
Con esta fecha, a las 13:00 horas, ha finalizado el período de postulación para proyectos en soporte papel, según se establece en los puntos N ° 8 y 11 de las Bases Administrativas del XIV Concurso del fondo para la Educación Previsional.
NOTIFICACIÓN 20-02-2020
Se informa que:
El documento “Certificado que acredite la composición social o certificado de accionistas vigentes” señalado en los puntos 7.2 Personas Jurídicas, y 7.3 Patrocinantes de las Bases Administrativas del XIV Concurso, es exigible y obligatorio sólo para el caso de las sociedades anónimas o por acciones.
NOTIFICACIÓN 31-01-2020
Se informa que:
Con esta fecha se da inicio al período de postulación y disponibilidad del Formulario de Postulación en la página web institucional www.previsionsocial.gob.cl
El proceso de recepción de postulaciones en soporte papel se cerrará el 21 de febrero del presente, a las 13:00 horas de ese mismo día, y para proyectos on line, el 28 de febrero a las 13:00 horas de ese mismos día.
Se entenderá por hora de cierre de la postulación en soporte web sólo la que indique la plataforma tecnológica de la Subsecretaría de Previsión Social en su ícono reloj, ubicado en la parte superior derecha de la pantalla. Por tanto, no se aceptará ninguna apelación respecto a diferencias horarias con otros medios de referencia que el postulante presente.
En el evento que la página web presente problemas durante los días y horas anteriores al cierre del plazo, que dificulten, atrasen o impidan la presentación del proyecto, el plazo de finalización se prorrogará un día más. En consecuencia, se sugiere que la postulación en soporte web se haga con la debida anticipación.
Cabe señalar que el Formulario de Postulación de la plataforma en línea, está configurado para detectar errores de información y/o datos incompletos, por lo que no permite finalizar el proceso hasta que estos se hayan corregido. Por ello, se recomienda postular con tiempo.
Los postulantes que prefieran presentar su proyecto en soporte papel lo deberán realizar a través de la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Previsión Social, de las Secretarías Regionales Ministeriales (Seremi) del Trabajo y Previsión Social o de cualquiera de las sucursales del Instituto de Previsión Social (IPS) en sobre cerrado sellado y rotulado según Anexo N°3 de las Bases Administrativas. En este caso, deberán presentar los documentos en los formatos correspondientes, entregando una copia impresa en papel de todo su proyecto y otra en pendrive. Las direcciones para la recepción de estos proyectos se encuentran en Anexo N°4 de las Bases Administrativas.
NOTIFICACIÓN 29-01-2020
Se informa que:
Con esta fecha se ha publicado el consolidado de consultas, respuestas y aclaraciones a las Bases del XIV Concurso FEP, ingresadas entre el 17 al 24 de enero del presente, según se establece en el Cronograma, punto N°8, de las Bases Administrativas del certamen.
Las respuestas y aclaraciones hechas a las consultas son parte integrante de las Bases.
Revise el consolidado de consultas, respuestas y aclaraciones bajo la pestaña “Preguntas Frecuentes“.
NOTIFICACIÓN 24-01-2020
Se informa que:
Con esta fecha, a las 13:00 horas, ha finalizado el período de consultas, respuestas y aclaraciones a las Bases del XIV Concurso del Fondo para la Educación Previsional (FEP), según se establece en los puntos N°8 y N°11 de las Bases Administrativas.
Las respuestas y aclaraciones de las consultas a las Bases serán parte integrante de ellas y se publicarán el 29 de enero del presente.
NOTIFICACIÓN 17-01-2020
Se informa que:
Con esta fecha se da inicio al período de consultas, respuestas y aclaraciones a las Bases del XIV Concurso del Fondo para la Educación Previsional (FEP), según se establece en los puntos N°8 y N°11 de las Bases Administrativas.
Entre el 17 y el 24 de enero de 2020 los interesados podrán realizar sus consultas a través del formulario dispuesto en la página web de la Subsecretaría de Previsión Social, disponible en este link. Estas consultas serán recibidas hasta las 13:00 hrs. del 24 de enero, de acuerdo con el reloj de la página web institucional.
Las respuestas y aclaraciones de las consultas a las Bases serán parte integrante de ellas y se publicarán el 29 de enero del presente.
NOTIFICACIÓN 13-01-2020
Se informa que:
Con esta fecha, y según se establece en el punto N°1 de las Bases Administrativas del XIV Concurso del Fondo para la Educación Previsional (FEP) 2020, se encuentra disponible el formulario de inscripción para las Jornadas de Difusión de dicho certamen, a realizarse el 24 de enero del presente.
Estas jornadas tienen por objetivo dar a conocer los principales lineamientos de las Bases y que los postulantes se interioricen en los detalles de cada ámbito de intervención, Difusión y Formación. Los cupos para cada jornada son limitados.
Charla explicativa para postulación al ámbito de Formación:
Día: 24 de enero de 2020.
Lugar: Auditorio de la Contraloría General de la República. Teatinos 78, primer piso.
Hora: 09:00 a 12:00 horas.
Charla explicativa para postulación al ámbito de Difusión:
Día: 24 de enero de 2020.
Lugar: Auditorio de la Contraloría General de la República. Teatinos 78, primer piso.
Hora: 14:00 a 17:00 horas.
Acceda al formulario de inscripción a través del siguiente link.
NOTIFICACIÓN 10-01-2020
Se informa que:
Con esta fecha, y según normativa del XIV Concurso del Fondo para la Educación Previsional (FEP), se encuentra disponible en el sitio web institucional www.previsionsocial.gob.cl, la Resolución Exenta Nº 180 del 10 de enero del presente, que aprueba las Bases y llama al Decimocuarto Concurso Público Nacional de Proyectos de “Formación o Difusión del Sistema de Pensiones”, Fondo para la Educación Previsional 2020. Puede descargarse a través del siguiente link.
Se informa, además, que con fecha 17 de enero del presente se dará inicio al período de “Consultas, Respuestas y Aclaraciones” a las Bases del XIV Concurso FEP.
Entre el 17 y el 24 de enero del presente los interesados podrán realizar sus consultas a través del formulario para consultas dispuesto en el sitio web institucional de la Subsecretaría de Previsión Social. Estas consultas, según lo estipulan las Bases Administrativas en su punto N° 11, serán recibidas hasta las 13:00 horas del 24 de enero, de acuerdo a reloj de página web institucional.
El proceso de postulación se iniciará el 31 de enero de 2020.
Admisibilidad
Título | Fecha de Publicación | Tamaño |
---|---|---|
01 - Acta Admisibilidad XIV FEP 2020 | 16-03-2020 | 7.2 MiB |
Normativa
Conozca la normativa que regula el desarrollo de este Concurso y los proyectos de Educación Previsional que financia.
Título | Fecha de Publicación | Tamaño |
---|---|---|
Res N°180 - Aprueba Bases y llama al Décimo cuarto Concurso FEP | 10-01-2020 | 38.5 MiB |
Decreto Supremo N°16 de 2013 - Ministerio del Trabajo y Previsión Social | 06-01-2020 | 1.3 MiB |
Decreto N°78 - Reglamento Fondo para la Educación Previsional | 03-01-2020 | 48.1 KiB |
Formularios de postulación en papel
Título | Fecha de Publicación | Tamaño |
---|---|---|
Formulario-postulacion-fep-2020---ambito-difusion | 30-01-2020 | 1.0 MiB |
Formulario-postulacion-fep-2020---ambito-formacion | 30-01-2020 | 1.0 MiB |
Anexos Bases
Para descargar el conjunto de documentos de apoyo a la Postulación, siga los siguientes vínculos.
Título | Fecha de Publicación | Tamaño | |
---|---|---|---|
XIV FEP, Anexos: Bases administrativas | |||
001-anexo-n1-bases-administrativas-xiv-concurso | 28-01-2020 | 946.7 KiB | |
002-anexo-n2-bases-administrativas-xiv-concurso | 28-01-2020 | 945.8 KiB | |
003-anexo-n3-bases-administrativas-xiv-concurso | 28-01-2020 | 948.0 KiB | |
005-anexo-n5-bases-administrativas-xiv-concurso | 28-01-2020 | 945.8 KiB | |
XIV FEP, Anexos: Bases técnicas | |||
002-anexo-n2-bases-tecnicas-xiv-concurso | 28-01-2020 | 955.8 KiB | |
003-anexo-n3-bases-tecnicas-xiv-concurso | 28-01-2020 | 958.1 KiB | |
004-anexo-n4-bases-tecnicas-estructura-presupuesto-xiv-concurso-difusion | 27-01-2020 | 14.0 KiB | |
004-anexo-n4-bases-tecnicas-estructura-presupuesto-xiv-concurso-formacion | 27-01-2020 | 13.8 KiB | |
005-anexo-n5-bases-tecnicas-xiv-concurso | 28-01-2020 | 956.8 KiB | |
006-anexo-n6-bases-tecnicas-xiv-concurso | 28-01-2020 | 957.2 KiB | |
007-anexo-n7-bases-tecnicas-xiv-concurso | 28-01-2020 | 955.3 KiB |
Manual de Rendiciones
Título | Fecha de Publicación | Tamaño |
---|---|---|
01-manual-de-rendicion-de-cuentas-del-fondo-para-la-educacion-previsional-14-concurso-2020 | 10-01-2020 | 522.2 KiB |
Res Exenta-19-aprueba-modificacion-de-bases-decimo-cuarto-concurso-fep-2020 | 26-02-2020 | 4.5 MiB |
Res Exenta-19-aprueba-modificacion-de-bases-decimo-cuarto-concurso-fep-2020 Pdf | 26-02-2020 | 4.5 MiB |
Res Exenta-22-aprueba-modificacion-de-bases-administrativas-y-tecnicas-del-decimo-cuarto-concurso-fep-2020 | 28-02-2020 | 4.9 MiB |
PREGUNTAS FRECUENTES
1. ¿Cómo puedo postular al Fondo?
La postulación debe realizarse a partir del 31 de enero del presente, existiendo dos alternativas para ello, online o papel, debiendo utilizar sólo uno de estos. A continuación, se describen las opciones de postulación en soporte web y papel.
- Online: en la Plataforma Institucional de Postulación, mediante el Formulario de Postulación dispuesto en el sitio web institucional www.previsionsocial.gob.cl.
- Papel, de manera física, impresa y con copia en pendrive: descargar el formulario y la documentación necesaria desde el sitio web institucional. Se debe entregar en las oficinas de la respectiva Secretaría Regional del Ministerio (Seremi) del Trabajo y Previsión Social, en las direcciones regionales del Instituto de Previsión Social (IPS), o en la oficina de partes de la Subsecretaría de Previsión Social, en sobre cerrado, sellado y rotulado según lo establece el Anexo N° 3 de las Bases Administrativas del XIV Concurso.
En la opción papel, los postulantes deberán presentar los documentos y formularios solicitados en los formatos correspondientes, entregando una copia impresa en papel de todo su proyecto y una copia en pendrive.Las direcciones para la recepción de estos proyectos en formato papel se encuentran en el Anexo N°4 de las Bases Administrativas del Concurso.
2. ¿Puedo presentar más de un proyecto al XIV Concurso FEP?
No. Los postulantes podrán presentar un sólo proyecto al XIV Concurso FEP, eligiendo uno de los dos ámbitos de intervención disponibles; a saber, Difusión o Formación. En caso de presentarse más de un proyecto a través de una misma vía de postulación, sólo se admitirá el que haya ingresado primero. Si la vía de postulación fue distinta (online o papel), únicamente se considerará la postulación web (online), a través del sitio institucional y, en este caso, los antecedentes presentados en formato papel no serán considerados en la evaluación para la admisibilidad.
3. ¿A qué foco o grupo de beneficiarios está dirigido el Concurso?
Este Concurso ha definido que, indistintamente del ámbito de intervención seleccionado por el postulante, Difusión o Formación, los grupos objetivos serán los mismos para ambos, existiendo sólo una restricción: podrán seleccionar máximo dos grupos.
- Jóvenes de entre 17 y 35 años.
- Trabajadores de entre 36 y 54 años.
- Pre pensionados de entre 55 y 65 años.
- Trabajadores que emiten boletas de honorarios, que requieran de información sobre la obligación de cotizar a través de la Operación Renta de cada año, según la Ley 21.131.
4. ¿Cómo se asignan los recursos del FEP?
Los recursos del Fondo son asignados una vez que los proyectos declarados admisibles son evaluados por un Comité de Selección, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Fondo para la Educación Previsional (Decreto N° 78, de 14 de noviembre de 2008, y sus modificaciones posteriores (Decreto Supremo N°16, de 17 de septiembre de 2013.)
Sólo los proyectos declarados admisibles serán evaluados técnicamente por el Comité, y esta evaluación se hará de acuerdo a los criterios y puntajes definidos en las Bases Administrativas, Anexo BA Nº 6 para el ámbito de Formación, y Anexo BA Nº7 para el ámbito de Difusión.
5. ¿Se debe pagar por los formularios y las Bases?
No, las Bases del XIV Concurso del Fondo para la Educación Previsional y su formulario se ponen a disposición del postulante de forma gratuita, a través de la página web de la Subsecretaría de Previsión Social www.previsionsocial.gob.cl.
6. ¿Cuáles son los montos a asignar por proyecto?
El monto a asignar a los proyectos que se haya adjudicado recursos del FEP dependerá del ámbito al cual haya postulado, considerándose lo siguiente:
- Ámbito de Difusión: El monto de los proyectos será un mínimo de $ 50.000.000.- (cincuenta millones de pesos), y un máximo de $ 100.000.000.- (cien millones de pesos).
- Ámbito de Formación: El monto de los proyectos será de un mínimo de $ 30.000.000.- (treinta millones de pesos) y máximo de $ 60.000.000.- (sesenta millones de pesos).
7. ¿Cuál es el plazo de ejecución de los proyectos?
Los proyectos, sean de Formación o Difusión, tendrán un plazo de ejecución entre 4 y 5 meses máximo. La fecha de inicio del proyecto quedará definida por la fecha de la resolución que aprueba el “Convenio de Ejecución del Proyecto”.
8. ¿El ítem Gastos de Administración del proyecto permite financiar la Garantía de Anticipos y de Fiel Cumplimiento?
No. El ítem gastos de administración del proyecto no permite financiar la Garantía de Anticipos o de Fiel Cumplimiento. Por tanto, no podrán ser imputados a ningún ítem presupuestario del proyecto.
9. ¿Cuándo estarán los resultados de las postulaciones al XIV Concurso FEP?
La nómina de los proyectos adjudicados por la Subsecretaría de Previsión Social será informada y publicada el 13 de abril de 2020, a través del sitio web institucional, www.previsionsocial.gob.cl, según se señala en el Cronograma del Concurso, punto Nº 8 de las Bases Administrativas.
10. Si voy a presentar mi proyecto en formato papel, ¿cómo debo hacerlo?
Los postulantes que prefieran presentar su proyecto en formato papel deberán entregar toda la documentación respectiva a través de la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Previsión Social, de la respectiva Secretaría Regional del Ministerio (Seremi) del Trabajo y Previsión Social, o de cualquiera de las oficinas del Instituto de Previsión Social (IPS) en sobre cerrado sellado y rotulado, según lo señala el Anexo BA N°3. En este caso, los postulantes deberán presentar los documentos y formularios solicitados en los formatos correspondientes, entregando una copia impresa en papel de todo su proyecto y una copia en pendrive. Las direcciones para la recepción de estos proyectos se encuentran en el Anexo N°4 de las Bases Administrativas del Concurso.
El formulario de postulación descargable estará disponible el 31 de enero, en la página web institucional www.previsionsocial.gob.cl.
11. Como persona natural que postulo al proyecto, ¿es obligatoria la presentación de Garantía de Fiel Cumplimiento?
Sí. Las personas naturales y las organizaciones reguladas por las leyes N° 19.418 o N° 19.253 deberán entregar, dentro de los diez 15 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la adjudicación (desde el 13 de abril al 4 de mayo del 2020) para presentar este documento.
12. ¿Habrá Jornada de Difusión explicativa sobre este XIII Concurso?
Sí. Con el fin de dar a conocer las Bases del Concurso, y que los postulantes se interioricen en los detalles de cada ámbito de intervención, la Subsecretaría de Previsión Social convocará a una Jornada de Difusión del XIV Concurso, a desarrollarse el 24 de enero. En la ocasión se explicarán los principales lineamientos de las Bases, previa inscripción en nuestra página web institucional www.previsionsocial.gob.cl. Los cupos son limitados.
Fechas, horarios y lugar:
Charla explicativa para postulación al ámbito de Formación
Día: 24 enero 2020
Lugar: Auditorio de la Contraloría General de la República. Teatinos 78, primer piso.
Hora: 09:00 a 12:00 hrs.
Charla explicativa para postulación al ámbito de Difusión:
Día: 24 enero 2020
Lugar: Auditorio de la Contraloría General de la República. Teatinos 78, primer piso.
Hora: 14:00 a 17:00 hrs.
PREGUNTAS, RESPUESTAS Y ACALARACIONES A LAS BASES DEL XIV CONCURSO FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL
Entre el 17 y el 24 de enero de 2020
Pregunta N° 1
- ¿Qué antecedentes se consideran aceptables para demostrar experiencia en ejecución de proyectos sociales y de difusión, en particular en sitios web?
- ¿Sirven para demostrar experiencia previsional los CV con años de experiencia en la Superintendencia de Pensiones y en la Comisión del Mercado de Valores en temas de inversiones de los Fondos, y seguros de rentas vitalicias?
- ¿Todos los gastos operacionales deben tener 3 cotizaciones?
Respuesta:
- Los antecedentes para demostrar la experiencia en ejecución de proyectos sociales y de difusión, en particular en sitios web, serán aceptables en la medida que los antecedentes acrediten y den cuenta, con los respaldos respectivos, de la experiencia en estas materias, como se establece en los criterios de evaluación del ámbito, establecidos en el Anexo BA Nº 7. Esto es, siempre y cuando estos den cuenta de acciones y/o proyectos de la dimensión social o de difusión que cuenten con su respectiva certificación de un tercero o quien solicitó la prestación de servicios o productos en los ámbitos antes mencionados, complementándose con la explicitación breve en la identificación del mandante, lugar de ejecución, descripción del proyecto, beneficiarios, año de ejecución, como se indica en el Anexo antes mencionado.
- Si, la experiencia en temas previsionales se acepta siempre cuando se acrediten debidamente, adjuntando la documentación requerida en el formulario de postulación. Sin embargo, la experiencia se vincula si la postulación es realizada por una Persona Natural o Personalidad Jurídica. En caso de que sea realizada por una Persona Natural se debe presentar los antecedentes respectivos con la validación de terceros asociada al proyecto y/o acción en cuestión y, viceversa, en caso de que sea una personalidad jurídica debe estar certificada dicha experiencia por terceros haciendo mención del RUT y/o nombre de dicha personalidad.
- No, no todos los gastos operacionales del proyecto requieren de 3 cotizaciones previamente al gasto. Las cotizaciones son establecidas para casos particulares señalados en el Manual de Rendición de Cuentas del Concurso, como es para el caso de inversión, arriendo de infraestructura y/o equipamiento y otros casos particulares en la atención de beneficiarios para proyectos de formación.
Pregunta Nº 2
- ¿No es posible utilizar el pagaré para conformar la Garantía de Ejecución?
- ¿Cuál es la alternativa para conformar la Garantía para una organización sin fines de lucro que no cuenta con el dinero para el 10% de la Garantía?
- ¿Las municipalidades también deben presentar boleta bancaria o vale vista para garantizar la ejecución de proyecto?
Respuesta:
- Efectivamente, no es posible utilizar un pagaré como garantía de ejecución, ya que de acuerdo con lo definido en el Anexo N°8 de las Bases Administrativas FEP 2020, se precisa que, serán aceptados como documentos válidos de garantía los siguientes tipos de documentos: Boleta de garantía bancaria; Vale vista endosable; Certificado de fianza; y Póliza de seguro de ejecución inmediata
- De acuerdo con el punto N°15.1 de las Bases Administrativas FEP 2020, será requisito para todas las entidades adjudicatarias (con o sin fines de lucro), la entrega ante la Subsecretaría de Previsión Social de una garantía de fiel cumplimiento, que vele por el normal desarrollo y ejecución del proyecto adjudicado.
- Como se señaló anteriormente, de acuerdo con el punto N°15.1 de las Bases Administrativas FEP 2020, toda entidad adjudicataria deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento que vele por el normal desarrollo y ejecución del proyecto adjudicado. Para ello, tendrá un plazo de quince (15) días hábiles (desde el 13 de abril hasta el 4 de mayo del 2020), contando desde la fecha de la notificación de la adjudicación, para presentar el documento, y en forma conjunta suscribir el Convenio de Ejecución. Se recomienda revisar el Anexo N°8 de las Bases Administrativas. Aun cuando no es exigencia legal que las instituciones públicas presenten garantías, las presentes Bases no han hecho distingo, obligando a todas ellas a presentar las garantías correspondientes, a fin de resguardar debidamente los fondos públicos y delimitar la responsabilidad que como Subsecretaría nos ha encomendado la Ley en la administración de este fondo concursable.
Pregunta N° 3
En el caso de la postulación de una productora dedicada a realizar campañas de difusión radiales, televisivas, en plataformas digitales, etc., ¿estos servicios pueden ser facturados por la misma entidad postulante, o se tiene que subcontratar la realización de estas acciones a otra entidad?
Respuesta:
Según se señala en el punto Nº 8.4 de las Bases Técnicas, “Restricciones”, “los socios y/o accionistas de la entidad ejecutora y los miembros del equipo de trabajo, por sí o por interpósita persona, no podrán vender bienes o servicios al ejecutor del proyecto del cual forman parte”. En este sentido, esta restricción alude a los socios y/o accionistas de la entidad, en el caso de la propia empresa ejecutora queda dentro de esta restricción, ya que cualquier fórmula que implique lucrar con fondos públicos está prohibida, sea autocontratación u otra. Por tanto, los servicios no pueden ser facturados por la misma entidad postulante.
Pregunta N° 4
- ¿Para el ámbito Formación existe un mínimo de beneficiarios inscritos?
- Además, ¿el monto mínimo para el gasto operacional del 48% es el mismo para Difusión y Formación?
- Entendiendo que si se desarrolla la línea de Formación a nivel regional (comunas) vs nacional (regiones), ¿la duración de la capacitación es la misma?
Respuesta:
- No, para los proyectos de Formación o Difusión no existe un número mínimo de beneficiarios a formular. Asimismo, las estrategias formativas en sus requisititos tampoco exigen mínimos de inscritos. No obstante, se acepta un máximo de inscritos de 35 personas por taller; y se sugiere un promedio de 50 asistentes por Seminario. Para los cursos online no hay un máximo de inscritos. Se sugiere revisar punto Nº 2.2 de las Bases Técnicas.
- Sí, el monto mínimo para los gastos de operación en proyectos de Difusión y Formación es de un 48%.
- Independiente de la territorialidad de los proyectos, alcance regional o nacional, según se estipula en el punto Nº 5 de las Bases Técnicas, la duración del proyecto tiene un mínimo de 4 y un máximo de 5 meses de duración. Respecto de las actividades financiables, los proyectos de difusión deben cumplir los requisitos de las estrategias educativas señaladas en el punto Nº2.2 de las Bases Técnicas; por tanto, los talleres y cursos online tienen que completar a lo menos 12 horas cronológicas y los seminarios a lo menos 3 horas.
Pregunta N° 5
¿Representante legal de patrocinante puede ser parte del equipo?
Respuesta:
El representante legal del patrocinante no podrá ser parte del equipo de trabajo del proyecto postulante, puesto que, según señalan las Restricciones de las Bases Técnicas en el punto 8.4, “no podrán participar como miembros del equipo de trabajo, los representantes legales de la entidad postulante, ni socios de la entidad postulante. No obstante, en la medida que cumplen los requisitos, si podrán participar de otros proyectos”. Si bien la restricción alude a la entidad postulante, debe entenderse que también aplica para la entidad patrocinante atendido que lo que busca la restricción es evitar cualquier fórmula que implique eventual lucro con recursos públicos.
Pregunta N° 6
- ¿Es posible postular dos proyectos, uno como persona natural y el otro como representante legal de una fundación?
- ¿Las fundaciones, por el sólo hecho de serlas, están habilitadas para postular o deben estar inscritas en algún registro especial?
Respuesta:
- Se debe tener presente que las Bases Administrativas, en su punto Nº 1, señalan que “los postulantes que concurran a la Convocatoria del XIV Concurso podrán participar en uno de los dos ámbitos de intervención”. Por tanto, si son postulantes diferentes (RUT diferentes) podrían postular siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en las Bases Técnicas y Administrativas del Concurso.
- No, las fundaciones no deben estar inscritas en un registro especial para postular, ya que como se establece en el punto Nº 3 de las Bases Administrativas, “podrán participar en el Concurso las personas naturales o personas jurídicas, con o sin fines de lucro…”. Y tener presente que “los postulantes deberán cumplir requisitos específicos según sea el ámbito de intervención al cual desean postular”.
Pregunta N° 7
Escribo dado que queremos postular al concurso en la versión divulgación. Nosotros queremos realizar programas de radio, pero en cada radio cobran por utilizar el espacio para poder realizar un programa.
- ¿Se puede financiar lo que cobran las emisoras?
- ¿Qué salario tiene por hora una asesora previsional?
Respuesta:
- Las actividades financiables de los proyectos de difusión están señaladas en el punto Nº 2.1 de las Bases Técnicas del Concurso. En éste se señala que la producción y trasmisión de cápsulas y/o frases radiales destinadas exclusivamente a difundir el sistema de pensiones y los beneficios asociados a cotizar, sí serán financiadas, junto a las otras actividades detalladas en este punto. En este sentido, no se podrá financiar lo relativo a programas radiales.
- La determinación de los honorarios relacionados con el equipo de trabajo, deben tener directa relación con la formulación del proyecto (Presupuesto) y con las labores asignadas a cada profesional. De igual manera, el FEP no entrega bandas de precio que se puedan utilizar como referencia, ya que depende de la esencia de cada proyecto adjudicado la determinación de los honorarios.
Pregunta N° 8
¿El representante legal puede ser relator en el proyecto de formación?
Respuesta:
No podrán participar como miembros del equipo de trabajo los representantes legales de la entidad postulante, ni socios de la entidad postulante. No obstante, en la medida que cumplen los requisitos, si podrán participar de otros proyectos.
Por lo anterior, no es posible que el representante legal sea relator del mismo proyecto.
Pregunta N° 9
Quisiéramos saber cuántos períodos dura la inhabilidad para poder participar si en un período anterior, de más de tres años, Controlaría definió que existieron inconsistencias de información, la cual fue subsanada. Sin embargo, el año pasado por esta razón la institución no pudo realizar postulación.
Respuesta:
Las Bases Administrativas de este Concurso no señalan período o años para la inhabilidad. Por tanto, la inhabilidad se mantiene.
Pregunta Nº 10
En base a la inhabilidad de postular en el concurso anterior, quisiéramos saber si este año podríamos hacerlo (Razón Social: Fundación para el Trabajo UNAP…)
Respuesta:
Favor referirse a respuesta de la pregunta N°9.
Pregunta Nº 11
En el caso de proyectos de Difusión, ¿cuáles serían los Instrumentos de Evaluación que reconocerá la Subsecretaria como garantes de los resultados obtenidos?
Respuesta:
Acorde al punto Nº 7.4 de las Bases Técnicas, Plan de Trabajo, la Etapa 3 – Evaluación, se señala que “Corresponde a la preparación y entrega de los informes con los resultados comprometidos en la formulación y Convenio de Ejecución del Proyecto. Para el ámbito de Difusión, esta evaluación deberá considerar un informe que dé cuenta del impacto de la información entregada en la población, por medio de un certificado de cobertura.
El modelo de certificado será entregado por la Subsecretaría una vez que el ejecutor comience a desarrollar su proyecto.
Pregunta Nº 12
¿El equipo profesional puede participar y trabajar en dos proyectos distintos, de distintas instituciones a media jornada cada cargo?
Respuesta:
No, así lo establecen las Bases Técnicas en su punto Nº 8.4, que señala que “los miembros del equipo de trabajo podrán participar en un solo proyecto. En caso de producirse la situación indicada, la o las persona/s deberá/n optar, readecuando el equipo de trabajo que corresponda”. Con lo cual, no es posible que una persona participe de dos proyectos a la vez.
Pregunta Nº 13
¿Una persona EIRL o natural que postule un proyecto puede contratar a una empresa donde ella es Representante Legal?
Respuesta:
No, una persona natural que postula y se adjudica un proyecto no puede posteriormente contratar una empresa donde se manifiesta su participación dentro de ella. Como se indica en el punto Nº 17 de las Bases Administrativas, se encuentra prohibido por la aplicación del principio de probidad administrativa, tal como lo señala la Ley N°19.653, en su artículo 64, número 3, al establecer que contraviene especialmente este principio al emplear, bajo cualquier forma, dinero o bienes de la institución en provecho propio o de terceros.
Asimismo, se establece en el punto antes mencionado, que “Considerando la finalidad pública del concurso FEP, queda prohibido que los socios y/o accionistas de la entidad ejecutora y/o los miembros del equipo de trabajo, por sí o por interpósita persona, vendan bienes o servicios al ejecutor del proyecto del cual forman parte, así como cualquier otra figura contractual cuya finalidad sea lucrar con los recursos públicos en desmedro del fin especial al que están afectos los recursos del Fondo para la Educación Previsional”. De esta forma, la Subsecretaría de Previsión Social queda facultada para rechazar cualquier gasto o rendición en los que haya infracción a la disposición ya indicada, sin perjuicio del cobro de multas, garantías y término anticipado del proyecto.
Pregunta Nº 14
En el caso que una persona natural postule un proyecto, ¿ella puede ser coordinador del proyecto?
Respuesta:
Si, no existe incompatibilidad para que una persona natural sea coordinadora del mismo proyecto que postula.
Pregunta Nº 15
¿El proyecto presentado puede ser aprobado o rechazado, pero no modificado en su presupuesto?
Respuesta:
Una vez que se ha terminado el periodo de postulación, la Subsecretaría inicia el proceso de Apertura y Admisibilidad de los proyectos, el que se desarrolla entre el 2 de marzo y el 6 de marzo. Luego, los proyectos declarados admisibles serán evaluados técnicamente por un Comité de Selección (Punto Nº 12 y 13 de las Bases Administrativas del Concurso).
En el caso de las propuestas seleccionadas, su ejecución deberá ajustarse a lo descrito en el Formulario de Postulación, sin perjuicio de las modificaciones que se realizan de conformidad con lo indicado en el punto Nº16 de las Bases Administrativas. Con todo, las modificaciones en ningún caso podrán afectar el puntaje obtenido en el proceso de evaluación; en consecuencia, no podrán alterarse las estipulaciones relativas a monto total adjudicado, número de beneficiarios comprometidos, grupos objetivos, metodología y objetivos generales y específicos.
Respecto del presupuesto, y en función del buen desarrollo del proyecto, y de su apropiada ejecución financiera, la entidad adjudicataria podrá solicitar modificación presupuestaria para utilizar saldos disponibles, si se diera el caso y se requiriera para alcanzar los objetivos establecidos por el proyecto en el marco de la normativa establecida para el Concurso. (Punto Nº 13 Manual de Rendición de Cuentas).
Pregunta Nº 16
- ¿Los proyectos de Formación están obligados a impartir el 100% del contenido de los módulos?
- ¿Los proyectos de Difusión pueden seleccionar algunos contenidos en función de los grupos objetivos?
Respuesta:
- Efectivamente, como se establece en el punto Nº 13 de las Bases Técnicas, “los postulantes al ámbito de intervención de Formación estarán obligados a impartir la totalidad de los contenidos señalados en esta guía, según el o los grupos que seleccionaron”. Lo anterior, de acuerdo con la necesidad de profundizar las materias previsionales, según las características y la idoneidad temática de los públicos seleccionados en el diseño del proyecto.
- Para el caso de los interesados al ámbito de Difusión, los postulantes deberán centrarse en los contenidos propuestos en la “Guía Referencial de Contenidos Previsionales”, la cual entrega una estructura y orden de contenidos previsionales agrupados por módulos, de acuerdo al segmento etario de los beneficiarios directos o indirectos a los que se quiere llegar. Por tanto, los contenidos deberán estar en función de los grupos objetivos seleccionados.
Pregunta Nº 17
En caso de que en abril sean aprobadas las modificaciones al sistema previsional presentadas esta semana, ¿serán incorporadas como parte del contenido a entregar?
Respuesta:
Sí. En el caso de que se promulgue una ley que afecte al Sistema Previsional se informarán a los ejecutores del FEP 2020 las adecuaciones y actualizaciones que deberán hacer a sus contenidos, de modo que exista coherencia entre los materiales previamente autorizados e impresos y la nueva condición que un marco normativo previsional puedan generar. El ejecutor, si considera pertinente, podrá indicar en sus materiales que existe una discusión legislativa en curso, que podría generar cambios en el sistema de pensiones en el corto o mediano plazo. No obstante, mientras no exista esta nueva normativa, no es posible incluir en los materiales educativos o de difusión contenidos sobre proyectos de ley o propuestas técnicas que se enmarquen en el plano de situaciones potenciales o preliminares a su dictación formal.
Pregunta Nº 18
En caso que se desee contratar a artistas para realizar jornadas de difusión, ¿este gasto se contempla como gasto de personal o de operación?
Respuesta:
Esto dependerá de cómo se formule el proyecto: si los artistas son parte del equipo de trabajo del proyecto, los gastos deben ser considerados en el ítem de personal; en el caso que los artistas no se consideren en el equipo de trabajo y se externalice su contratación (a través de factura de proveedor coherente con la prestación del servicio), este gasto debiese ser considerado en el ítem de operaciones.
Pregunta Nº 19
- ¿Qué se considera como feria previsional?
- ¿Qué tipo de actividades serán aceptadas como eventos públicos en la modalidad de intervención mediante Difusión?
- ¿Se puede tener más de un patrocinante?
- ¿Instalar un stand con material de difusión impreso es una actividad financiable para la modalidad de Difusión mediante eventos públicos?
- ¿Cómo medimos cobertura de los beneficiarios indirectos en eventos públicos?
Respuesta:
- Las ferias previsionales son una de las actividades financiables dentro de los proyectos del ámbito de Difusión, en el marco de la producción y realización de eventos públicos. Se caracteriza por ser de acceso público, cuyo objetivo es la difusión el sistema de pensiones y los beneficios asociados a cotizar. Se puede hacer entrega de información previsional y/o resolución de dudas previsionales a los beneficiarios.
- Como señalan las Bases Técnicas en su punto N°2.1, las actividades aceptadas como eventos públicos para el ámbito de Difusión serán aquellas destinadas exclusivamente a difundir el sistema de pensiones y los beneficios asociados a cotizar, como la producción y realización de eventos públicos de libre acceso y/o entretención (ferias previsionales, eventos artísticos, obras de teatro, stand up, etc.)
- Tal como se señala en el punto Nº9 de las Bases Técnicas, sólo se puede tener una entidad patrocinante: “Se valorará que el proyecto cuente con el apoyo de un patrocinante que pueda aportar en una o todas las variables…” que se mencionan en ese punto.
- Sí, instalar un stand con material de difusión impreso puede ser considerado un evento público, siempre y cuando cuente con lo requerido (infraestructura, recursos humanos, material previamente aprobado) para cumplir el objetivo de difundir el sistema de pensiones y los beneficios asociados a cotizar.
- La medición o respaldo de cobertura de los beneficiarios indirectos en eventos públicos debe ser a través de un certificado de cobertura emitido por la institución ejecutora, en el que debe constar el número de folletería o material que fue entregado en dicha actividad, junto con otros medios de verificación que estime pertinente adjuntar.
Pregunta Nº 20
¿Podrían indicar cuál es el monto de los proyectos a presentar?
Respuesta:
Como se indica en el punto Nº 18 de las Bases Administrativas, el monto a asignar por cada proyecto dependerá del ámbito al que postule. En este sentido, los montos corresponden a:
- Ámbito de Difusión: El monto de los proyectos será un mínimo de $50.000.000.- (cincuenta millones de pesos), y un máximo de $100.000.000.- (cien millones de pesos).
- Ámbito de Formación: El monto de los proyectos será un mínimo de $30.000.000.- (treinta millones de pesos), y un máximo de $60.000.000.- (sesenta millones de pesos).
La presente información se encuentra, a su vez, expuesta en las preguntas frecuentes publicadas en el sitio web del Concurso (pregunta Nº 6), y apareció clarificada en una fe de errata sobre el aviso publicitando el Concurso en diversos periódicos a nivel nacional.
Pregunta Nº 21
¿Quería saber, por favor, si la jornada de información del FEP 2020 del 24 de enero se transmitirá vía streaming por alguna web?
Respuesta:
Como se señala en las Bases Administrativas y Técnicas del Concurso, la Subsecretaría de Previsión Social convocará a una Jornada de Difusión del XIV Concurso FEP, con el fin de dar a conocer las Bases del certamen y que los postulantes se interioricen en los detalles de cada ámbito de intervención.
Las personas que no puedan asistir podrán ver las exposiciones realizadas en videos disponibles tanto en el canal de la Subsecretaría de Previsión Social en Youtube (Previsión Social Chile) como desde otras redes sociales y página web de la Subsecretaría de Previsión Social.
Pregunta Nº 22
En el punto 5 de las bases técnicas, Cobertura y Territorio, se indica que se puede desarrollar el proyecto en todo el territorio nacional, abarcando regiones, provincias y comunas del país, pero luego sólo se define Proyecto Nacional y Regional. ¿Ya no existe la posibilidad de postular proyectos comunales; 2 o 3 comunas de la Región Metropolitana, por ejemplo?
Respuesta:
En el presente Concurso, y como se establece en las Bases Técnicas del mismo, los proyectos podrán desarrollarse en todo el territorio nacional, abarcando una o más regiones, provincias y comunas del país. No obstante, se podrá seleccionar Proyecto Nacional o Regional, entendiéndose que el Proyecto Nacional deberá abarcar tres o más regiones y el Proyecto Regional tendrá como requisito abarcar al menos dos provincias de la región. Se menciona también que en la propuesta se deberá identificar la región o provincias con las respectivas comunas donde se focalizará la intervención.
En este sentido, existiría la posibilidad de postular un proyecto con 2 o 3 comunas de la Región Metropolitana, siempre y cuando estas comunas pertenezcan a 2 provincias diferentes de la región. Por ejemplo, un Proyecto Regional (Región Metropolitana) puede postular si incluye a la comuna de Colina (Provincia de Chacabuco) y a la comuna de Puente Alto (Provincia de Cordillera).
Pregunta Nº 23
¿Las actividades de la Etapa 2, Ejecución, deben desarrollarse inmediatamente finalizada la Etapa 1, Preparación y Programación, o se puede ejecutar después de un período, manteniendo el plazo de ejecución de 4 o 5 meses máximo?
Respuesta:
Las etapas del concurso FEP 2020 se encuentran propuestas y planificadas en las Bases, de modo que estas se ajusten a los procesos tanto de la ejecución de los proyectos como los internos del FEP (Revisión de gastos, informes, ejecución presupuestaria, etc.). Se recomienda ajustarse a estos tiempos, y comenzar la etapa de ejecución una vez finalizada la Etapa 1.
Por ejemplo, uno de los procesos de la Etapa 1 – Preparación y Programación, se refiere a la “Preparación, elaboración y aprobación, por parte de esta Subsecretaria, de los materiales comprometidos en la propuesta del proyecto”. Esto encadena que una vez aprobados dichos materiales, se inicie el trabajo con los beneficiarios comprometidos del proyecto, directamente en la Etapa 2 – Ejecución. Con lo cual, y a modo de realizar una correcta ejecución del proyecto, tanto en tiempo como en cumplimiento de metas e indicadores, se recomienda planificar los proyectos de forma continua, de modo de iniciar inmediatamente la Etapa 2 – Ejecución, una vez finalizada la Etapa 1 – Preparación y Programación.
Pregunta Nº 24:
¿Las actividades de la “Etapa 1 – Preparación y Programación” y “Etapa 3 – Evaluación” forman parte del plazo máximo establecido en el proyecto: 4 o 5 meses máximo?
Respuesta:
Como se indica en el punto Nº 7.4 de las Bases Técnicas del Concurso, Plan de Trabajo, Etapa 3, Evaluación, esta etapa corresponde a la preparación y entrega de los informes con los resultados comprometidos en la formulación y Convenio de Ejecución del Proyecto. Para esta etapa se considera una duración de 10 días hábiles desde la fecha de término de la ejecución consignada en la Resolución que aprueba el convenio de ejecución del proyecto respectivo.
Con lo cual, se debe considerar 10 días hábiles una vez finalizada la ejecución del proyecto (4 o 5 meses, según corresponda) para entregar los documentos de cierre del proyecto, según se detalla en las Bases.
Pregunta Nº 25
¿Las actividades financiables contempladas en un proyecto del ámbito de Difusión (por ejemplo, un evento público) tienen una duración mínima y máxima?
Respuesta:
No. Para las actividades financiadas de los proyectos del ámbito de Difusión, establecidas en el punto Nº 2.1 de las Bases Técnicas del Concurso, no tienen establecida duración mínima o máxima. Estas actividades deben estar destinadas exclusivamente a difundir el sistema de pensiones y los beneficios asociados a cotizar.
Pregunta Nº 26
Quisiera saber si para la línea de capacitación existe un número mínimo de beneficiarios directos, y si para la línea de difusión existe un número mínimos de beneficiarios indirectos.
Respuesta:
No existe un mínimo ni máximo de beneficiarios a formular para ninguno de los ámbitos de intervención, Difusión o Formación.
No obstante, los requisitos de las actividades financiables para proyectos de formación exigen máximos de inscritos en las estrategias educativas de taller; y sugerencias de asistentes por seminario. Para mayor detalle sobre el particular, revisar el punto Nº 2.2 de Bases Técnicas del Concurso.
Pregunta Nº 27
¿Puede ser entidad patrocinante una municipalidad?
Respuesta:
En cuanto a la entidad patrocinante, una institución podrá serlo siempre y cuando cumpla con aportar en una o todas las variables descritas en el punto Nº 9 de las Bases Técnicas del Concurso, y cuente con toda la documentación solicitada en el punto Nº 7 de las Bases Administrativas. En consideración, si una Municipalidad cumple con los criterios señalados, es factible que sea patrocinante de un proyecto.
En cuanto al pago, el patrocinante podrá acceder al 10% del total del monto adjudicado, siempre y cuando sea respaldado con la respectiva documentación (factura o boleta de giro pertinente a la prestación del servicio) que acredite el o los gastos correspondientes y/o la prestación de servicios otorgada.
Pregunta Nº 28
Según el punto 8.4 Restricciones de las Bases Técnicas, “los miembros del equipo de trabajo podrán participar en un sólo proyecto”. ¿Esta restricción se mantiene en el caso de un profesional que sea contratado para un proyecto sólo para el mes de preparación y programación (1 mes), y que sea contratado por otro proyecto el resto de los meses?
Respuesta:
Efectivamente, “los miembros del equipo de trabajo podrán participar en un sólo proyecto” según se establece en el punto Nº8 de las Bases del Concurso. En el caso que se plantea, se entiende que el profesional que sea contratado sólo para el mes de preparación y programación del proyecto no pertenecería y no integraría el equipo de trabajo que desarrollará el proyecto, y por tanto en este caso no se considera la restricción.
Pregunta Nº 29
En las bases se indica que los proyectos deben tener un alcance nacional o regional. Nosotros, como empresa y con todos nuestros medios, tenemos un alcance provincial: Provincia de Biobío (Región del Biobío). ¿Es factible postular con ese radio de acción (14 comunas, incluida Alto Biobío), o necesariamente debemos incorporar otra provincia de la región?
Respuesta:
No es factible postular con el radio de acción que mencionan, ya que, por Bases del Concurso, los proyectos por territorio deben ser Nacionales o Regionales. El proyecto Regional deberá abarcar al menos dos provincias de la región. Por tanto, debiera incorpora otra provincia.
Pregunta Nº 30
Para los proyectos de Difusión, ¿la cantidad de beneficiarios indirectos a considerar en un proyecto regional puede superar la cantidad de población INE de la Región? Esto, en el entendido de que las estrategias de difusión son dirigidas a los mismos beneficiarios en los distintos meses que considera el proyecto.
Respuesta:
La cantidad de beneficiarios indirectos a formular en cada región, provincia o comuna, no puede ser superior a la población indicada por el INE. Sin embargo, una vez realizadas las estrategias de difusión, los certificados de cobertura podrían superar la cantidad de población considerando la cantidad de estrategias realizadas y el número de reproducciones llevadas a cabo en cada región, lo cual se debe ver reflejado en el documento.
Pregunta Nº 31
¿Un medio de comunicación (radio, diario, canal de televisión), puede ser entidad patrocinante?
Respuesta:
Sí. Un medio de comunicación (radio, diario, canal de televisión), puede ser entidad patrocinante de un proyecto, siempre y cuando cumpla y se ajuste a lo establecido en los puntos Nº2 y Nº 7.3 de las Bases Administrativas, y punto Nº 9 de las Bases Técnicas del Concurso.
Pregunta Nº 32
¿Existe estimación de cuántos proyectos se adjudican por región?
Respuesta:
Los proyectos adjudicados por región difieren de un año a otro, dependiendo, por una parte, de la región de origen de los postulantes y, por otra, del resultado de la evaluación y selección de los proyectos. No existe norma que defina un mínimo o máximo de proyectos adjudicados por región.
Sin embargo, las Bases Administrativas del Concurso establecen en su punto Nº 13 que “según dispone la Ley y el Reglamento del Fondo para Educación Previsional, a lo menos el 60% de los fondos que se asignen en el presente concurso se destinarán a proyectos cuyos beneficiarios no residan en la Región Metropolitana, siempre que exista un número suficiente de estos proyectos que cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases”. El año anterior, 12 fueron los proyectos de regiones distinta a la Metropolitana, de un total de 22 adjudicados.
Pregunta Nº33
Dentro de los cambios del equipo de trabajo, ¿es posible reemplazar al encargado de cuentas?
Respuesta:
Tener presente que el equipo ejecutor debe incluir, al menos, los cargos de Coordinador, Encargado de cuentas y profesionales y técnicos. Siempre debe haber un encargado de cuentas. No obstante, la persona que tenga el cargo de “encargado de cuentas” es posible reemplazarla, teniendo en consideración lo señalado en el punto Nº 8.3 de las Bases Técnicas “La permanencia del equipo ofertado en la propuesta, durante todo el proyecto, se considera un elemento relevante de la misma. Por lo tanto, la situación normal es que el recurso humano propuesto sea el que efectivamente participe en la ejecución del proyecto. Excepcionalmente, y sólo en casos justificados, la Subsecretaría podrá autorizar el cambio de algún profesional, siempre que el o los reemplazantes propuestos cumplan con las mismas características y competencias del que será remplazado, y sin que ello involucre una disminución de la jornada laboral especificada en la propuesta. Este cambio será autorizado por el Coordinador Nacional del Fondo para la Educación Previsional, previo informe favorable del supervisor, mediante comunicación escrita. En este caso se deberá verificar que el cambio no afecte el puntaje obtenido al momento de evaluar el equipo profesional”.
Pregunta Nº 34
- a) Los Formularios y Anexos serán publicados en formato Word? ¿Cuándo?
- b) Para postular online: ¿Cuándo estará disponible el portal de postulación?
Respuesta:
- Los formularios y Anexos del XIV Concurso FEP se encuentran publicados en formato Word en la página web institucional previsionsocial.gob.cl.
- El portal de postulación estará disponible el 31 de enero del presente en la página web institucional. Desde esa fecha, la Subsecretaría pondrá a disposición de los interesados el correspondiente Formulario de Postulación para los ámbitos de intervención de Difusión y Formación, según sea la elección del interesado, en la plataforma de la página web institucional.
Pregunta Nº 35
¿Se considera la instalación de un stand de difusión previsional como una feria previsional?
Respuesta:
Sí. La instalación de un stand de difusión previsional se puede considerar como una feria previsional, siempre y cuando cuente con lo requerido (infraestructura, recursos humanos, material apropiado) para cumplir el objetivo de difundir el sistema de pensiones y los beneficios asociados a cotizar.
Tal como se señala en las Bases del Concurso FEP 2020, las ferias previsionales son una de las actividades financiables dentro de los proyectos del ámbito de Difusión, en el marco de la producción y realización de eventos públicos. Se caracteriza por ser de acceso público, cuyo objetivo es la difusión el sistema de pensiones y los beneficios asociados a cotizar. Se puede hacer entrega de información previsional y/o resolución de dudas previsionales a los beneficiarios. Ver pregunta Nº 19.
Pregunta Nº 36
- ¿Con qué especificación se debe identificar al grupo objetivo para el proyecto de formación? ¿Se debe hacer referencia genérica, por ejemplo “estudiantes universitarios entre 19 y 25 años, de X carrera o universidad”, o se les debe individualizar con sus datos personales?
- ¿Debe existir algún Nº mínimo de personas en los grupos objetivos beneficiados con la Formación?
- Dentro del grupo objetivo, ¿se debe considerar a los grupos transversales o el grupo transversal es distinto al grupo objetivo?
Respuesta:
- La caracterización de los beneficiarios y del grupo objetivo de los proyectos de formación se establecerá a medida que desarrolle la postulación, y se deberá precisar conforme la naturaleza del proyecto. Por tanto, durante la postulación los beneficiarios directos o indirectos, dependiendo del tipo de ámbito al que se concurse, deben ser identificados y caracterizados acorde a lo que solicita el formulario de postulación. No obstante, una vez que el proyecto ha sido adjudicado, y con la finalidad de acreditar la cobertura, en el caso del ámbito de Formación, se debe de informar la cantidad de beneficiarios directos, y caracterizarlos con la información que se detalla en el punto Nº 4 de las Bases Técnicas: Nombre y apellido, edad, RUT o RUN, sexo, correo o teléfono, región, comuna, nacionalidad, país de origen, nivel educacional, situación ocupacional, pertenece a algún grupo transversal (personas en situación de migración o de discapacidad, pueblos originarios.
- En este Concurso, no existen mínimos de beneficiarios para ninguno de los dos ámbitos de postulación. Tampoco para los grupos objetivos. Ahora, como se señala en el punto Nº 2 de las Bases Técnicas del Concurso, en el caso de la formación, sólo se consideran exigencias asociadas al número total de participantes por tipo de actividad financiable. (para talleres, se aceptan un máximo de 35 inscritos, y para los seminarios, se sugiere un promedio de 50 asistentes).
- Dentro de el o los grupos objetivos seleccionados (máximo dos) puede considerar el o los grupos transversales que usted establezca: personas en situación de discapacidad, beneficiarios pertenecientes a pueblos indígenas, y beneficiarios en situación migratoria.
Pregunta Nº 37
Me gustaría consultar si un integrante del equipo puede trabajar en dos proyectos distintos, de distintas instituciones, distintas líneas, a media jornada en cada proyecto.
Respuesta:
No. Un integrante del equipo de trabajo de un proyecto no puede trabajar en otros proyectos. Al respecto, en el punto Nº 8.4 de las Bases Técnicas del Concurso se señala que los miembros del equipo de trabajo podrán participar en un solo proyecto.
Pregunta Nº 38
¿En el presupuesto existe un ítem de sostenimiento, intermediación o ganancia para el ejecutor?
Respuesta:
No. Según las Bases Técnicas del Concurso, para proyectos de Formación o Difusión no existe un ítem de ganancias para el ejecutor. Lo anterior se establece en el punto Nº 5 del Manual de Rendición de Cuentas del Concurso, y en estructura presupuestaria detallada en el punto Nº 10 de las Bases Técnicas.
Pregunta Nº 39
¿Es necesario adjuntar boletas de honorarios, contratos, etc. que certifiquen experiencia?
Respuesta:
No es necesario adjuntar boletas de honorarios como respaldo de la experiencia de un profesional. No obstante, de acuerdo con las Bases Técnicas de este Concurso, punto 8.3 Profesionales y Técnicos y dentro del mismo formulario de postulación, será obligatorio adjuntar el Curriculum Vitae de acuerdo con el Anexo B.T. N°3 y los títulos Profesionales o Certificados que acrediten estudios, de cada una de las personas que se consideren para el equipo de trabajo.
De igual manera, se valorará que el equipo esté conformado por profesionales y técnicos que acrediten conocimiento y/o experiencia en el ámbito de intervención seleccionado del concurso y todos aquellos productos relacionados con el proyecto presentado. Se le recomienda revisar dicho punto de las Bases.
Pregunta Nº 40
¿Existe un mínimo o máximo de comunas a atender?
Respuesta:
Los proyectos podrán desarrollarse en todo el territorio nacional, abarcando una o más regiones, provincias y comunas del país. Tal como se señala en el punto Nº 5 de las Bases Técnicas, el Proyecto Nacional deberá abarcar tres o más regiones, mientras que el Proyecto Regional deberá abarcar al menos dos provincias de la región, entendiéndose que deberá considerar a lo menos 1 comuna en cada caso. En la propuesta se deberá identificar la región o provincias con la(s) respectiva(s) comuna(s) donde se focalizará la intervención.
Durante la ejecución del proyecto no se podrán efectuar modificaciones del territorio ofertado en la propuesta a excepción de lo indicado en el punto N°16 de las Bases Administrativas del Concurso.
Pregunta Nº 41:
¿Existe un mínimo o máximo de beneficiarios directos e indirectos a atender?
Respuesta:
No. Cada propuesta será evaluada en función de las características de la intervención a desarrollar, la pertinencia y eficiencia de los recursos establecidos para lograr sus compromisos y los alcances tanto a nivel territorial, como también respecto de los beneficiarios directos e indirectos proyectados. En términos metodológicos existen definiciones que impiden establecer un mínimo y máximo, ya que cada proceso de información, difusión o de transmisión de conocimiento, puede tener particularidades y variables técnico-financieras que impiden establecer criterios o definiciones estándar.
Para más información se recomienda revisar en detalle los puntos Nº 3 Grupos Objetivos y Nº 4 Beneficiarios, de las Bases Técnicas del Concurso.
Pregunta 42:
- ¿Qué se entiende por comuna de origen del proyecto (esto, para la rendición de gastos)?
- Respecto al beneficiario indirecto, ¿cómo se acredita o cuáles son los indicadores válidos?
- ¿Sirve un certificado de medios de difusión donde acrediten la cobertura que estos tienen en la región?
- ¿La postulación al fondo Difusión puede ser exclusivamente regional, sin ser esto un criterio que produzca desventaja?
Respuesta:
- Se entiende por comuna (o lugar) de origen, aquella o aquel que hace referencia a la dirección o residencia del ejecutor o entidad adjudicataria, con el fin de verificar los criterios establecidos con la asignación de viaje de trabajo y traslado del equipo de trabajo estipulados en el punto 7.16 del Manual de Rendición de Cuentas del Fondo.
- El beneficiario indirecto, para el ámbito de Difusión, como se señala en el punto Nº 4 de las Bases Técnicas del Concurso, corresponde a las personas receptoras indirectas que se beneficiarán de las acciones de difusión del proyecto, pero sin tener un rol activo en el desarrollo de éste. El postulante deberá estimar e informar la cantidad de beneficiarios indirectos que serán receptores de las actividades de difusión y fundamentar dicha estimación. Los avances y acciones realizadas deberán ser respaldadas con los instrumentos o medios de verificación, tales como videos, fotografías fechadas, copias de documentos y/o certificados. Con todo, para el ámbito de Difusión (en la etapa de evaluación) se deberá considerar un informe que dé cuenta del impacto de la información entregada a la población, por medio de un certificado de cobertura.
- Sí. Un certificado de medios de difusión donde se acredite la cobertura que estos tienen en la región sirve como certificado de cobertura, siempre y cuando se acredite debidamente la cantidad de beneficiarios indirectos alcanzados por la actividad, y el alcance y tipo de población objetivo a la que llegue en el o los territorios.
- Una propuesta puede poseer una cobertura y territorio netamente regional sin desmedro de otras propuestas de carácter nacional. No obstante, se debe tener presente la coherencia de la propuesta con el o los territorios seleccionados, la caracterización de los beneficiarios y los restantes elementos que la sustenten, los cuales serán evaluados según los criterios de Evaluación señalados en las Bases Administrativas del Concurso.
Pregunta Nº 43
¿Dónde se puede ver o descargar el o los formularios de postulación a los fondos concursables? ¿Desde cuándo estarán disponibles los formularios de postulación?
Respuesta:
Los Formularios de Postulación al XIV Concurso FEP, del ámbito de Formación como de Difusión, estarán disponible para los interesados en el sitio web institucional, www.previsionsocial.gob.cl, desde el 31 de enero de 2020.
Pregunta Nº 44
- ¿Puedo mezclar seminarios y talleres?
- ¿Es incompatible ser encargado de cuentas y relator?
- ¿La entidad patrocinante puede arrendar sus dependencias al ejecutor?
- ¿Representante legal de patrocinante puede ser parte del equipo?
- ¿Región de Ñuble y Biobío, se considera esa división?
- ¿Viáticos cómo se rinden, si me quedo dos días en otra ciudad?
Respuesta:
- Sí, los proyectos del ámbito de Formación, como lo establecen las Bases Técnicas en su punto Nº2.2, pueden comprometer un máximo de dos modalidades de actividad de formación; por tanto, se pueden realizar seminarios y talleres.
- Sí, es incompatible. En lo que no hay impedimento es que el Coordinador y el Encargado de Cuentas sean una misma persona.
- Sí, la entidad patrocinante puede arrendar sus dependencias en el marco de ese rol, teniendo presente que el patrocinante podrá acceder al 10% del total del monto adjudicado, el que deberá ser respaldado con la respectiva documentación (factura o boleta) que acredite el o los gastos correspondientes y/o las prestaciones de servicios otorgada.
- No, el representante legal del patrocinante no podrá ser parte del equipo de trabajo del proyecto postulante, puesto que, según señalan las Restricciones de las Bases Técnicas en el punto 8.4, “no podrán participar como miembros del equipo de trabajo los representantes legales de la entidad postulante, ni socios de la entidad postulante. No obstante, en la medida que cumplen los requisitos, sí podrán participar de otros proyectos”. Si bien la restricción alude a la entidad postulante, debe entenderse que también aplica para la entidad patrocinante atendido que lo que busca la restricción es evitar cualquier fórmula que implique eventual lucro con recursos públicos.
- Sí, se considera la nueva división administrativa de las regiones del Ñuble y Biobío.
- Una vez adjudicado el proyecto, según consigna el Punto Nº 7.16 del Manual de Rendición de Cuentas del XIV Concurso, la “asignación por viaje del equipo de trabajo (revisar también Anexo 7 del mismo Manual), se entiende como el monto cancelado por concepto de alimentación y/o alojamiento del equipo de trabajo en una comuna distinta a la de origen del proyecto, dicho gasto se verificará con los gastos de traslados que se realicen. El gasto por asignación de viaje debe ser informado y autorizado previamente por el supervisor del proyecto en atención a los criterios detallados en ese punto del Manual, los cuales el supervisor/a estará obligado a analizar, evaluar y determinar la pertinencia del gasto que se solicita. El monto corresponderá a:$ 10.000 -Cuarto de asignación por viaje: hasta 6 horas
$ 20.000 – Media asignación por viaje: Sobre 6 Horas
$ 45.000 – Asignación por viaje completa: con pernoctar (incurre en gastos de alojamiento).
Pregunta Nº 45
- ¿Existe un número aproximado de beneficiarios ideales, directos o indirectos, tanto para el proyecto nacional como el regional?
- Respecto del equipo, ¿el subrogante del coordinador se explicita o no como parte del equipo?
Respuesta:
- Independiente de las estrategias o el territorio a considerar, no existe mínimo ni máximo de beneficiarios directos o indirectos en este XIV Concurso FEP, como se ha evidenciado en respuestas anteriores al respecto.
- Sí, se explicita considerando que la subrogancia del coordinador, en caso de licencia médica, es asumida por el encargado de cuentas, quien debe ser parte integrante del equipo de trabajo, como se exige en el punto Nº 8 de las Bases Técnicas.
Pregunta Nº 46
¿Existen un mínimo y un máximo de profesionales (en el ítem profesionales y técnicos)?
Respuesta:
No existe un mínimo ni un máximo de profesionales. Las definiciones respecto a los recursos humanos serán evaluadas en función de las propuestas y alcances del proyecto presentado. En los criterios de evaluación se valorará coherencia con los objetivos, pertinencia con el alcance de las intervenciones propuestas, experiencia del equipo, idoneidad, optimización de recursos financieros y variables técnicas.
Para más información, se recomienda revisar el punto Nº 8 Recursos Humanos, de las Bases Técnicas (pág. 14) y los criterios de evaluación tanto para el ámbito de formación como de difusión. (Anexos BA Nº6 Y Nº7).
Pregunta Nº 47
¿En la postulación puede ir como equipo de trabajo el representante legal? Y en el caso de una postulación como persona natural, ¿el RUT titular puede participar dentro del equipo?
Respuesta:
No. Un representante legal de una personalidad jurídica no podrá integrar el equipo de trabajo del proyecto postulado, como se señala en las Bases Administrativas en el punto 8.4 denominado “Restricciones”. No obstante, en la medida que cumple los requisitos, si podrá participar en otros proyectos.
Con relación a la segunda parte de la pregunta, sí, una persona natural puede integrar el equipo de trabajo de un proyecto.
Pregunta Nº 48
¿Están considerados aspectos que permitan flexibilizar el cumplimiento de actividades, dada la contingencia del país?
Respuesta:
De acuerdo con las Bases Técnicas, y para ambos ámbitos de intervención, Formación y Difusión, en el punto N°1 – Antecedentes Generales, se indica: “Estos proyectos tendrán una ejecución entre 4 y 5 meses máximos”.
Por otro lado, y en el caso de ocurrir un acontecimiento social que impida la correcta ejecución de los proyectos FEP 2020, la Subsecretaria de Previsión Social informará de las posibilidades de “ampliación del Plazo de Ejecución” de los proyectos dentro de los plazos máximos establecidos en las bases. Aquello implicará que sus ejecutores deberán tomar los respaldos correspondientes a las ampliaciones de garantías si corresponden.
Lo anterior es sin perjuicio de un eventual término anticipado del proyecto cuando no puede ejecutarse y siempre que sea por razones no imputables al ejecutor.
Pregunta Nº 49
- ¿En el ámbito de Difusión se consideran beneficiaros directos?
- ¿En el ámbito de Formación se contemplan beneficiaros indirectos?
Respuesta:
- Para el ámbito de Difusión no se consideran beneficiarios directos. En el caso de los proyectos del ámbito de Difusión, los beneficiarios son indirectos, como se señala en los puntos 2.1 y 4.1 de las Bases Técnicas del Concurso. Los beneficiarios indirectos, para el ámbito de Difusión, corresponden a las personas receptoras indirectas que se beneficiarán de las acciones de difusión del proyecto, pero sin tener un rol activo en el desarrollo de éste. El postulante deberá estimar e informar la cantidad de beneficiarios indirectos que serán receptores de las actividades de difusión y fundamentar dicha estimación.
- En el caso del ámbito de Formación los beneficiarios deben ser directos. Como señalan las Bases Técnicas en el punto N°4 Beneficiarios, y 4.2 Beneficiarios Directos, para el ámbito de Formación corresponde a las personas que se beneficiarán de las acciones educativas del proyecto directa y presencialmente.
Pregunta Nº 50
- ¿Puede participar una persona sin experiencia en este tipo de concursos, pero sí experimentado en docencia y comunicaciones?
- ¿Puede participar un extranjero con visa temporal y/o definitiva en Chile?
- ¿Qué tipo de antecedentes son los más valorados?
- ¿Puede concursar una persona que presta servicios a honorarios al Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Mintrab?
Respuesta:
- Sí, puede participar una persona sin experiencia en este tipo de concursos, pero debe tener en consideración que la experiencia está asociada a un puntaje en los criterios de evaluación establecidos en los Anexos Nº6 y Nº7 de las Bases Administrativas del Concurso.
- Sí, puede participar un extranjero, siempre que acredite su residencia o permanencia legal en el país y esté debidamente autorizado para trabajar y habilitado para ello.
- Todos los antecedentes presentados en la postulación del proyecto son valorados, y sus ponderaciones se encuentran detalladas en el Anexo BA Nº 6 “Criterios de evaluación ámbito de Formación”, y Anexo BA Nº 7 “Criterios de Evaluación ámbito de Difusión”, de las Bases Administrativas del Concurso.
- Sí, una persona que presta servicios a honorarios al Mintrab puede participar teniendo en consideración las inhabilidades o incompatibilidades, así como las restricciones que puedan afectarlo.
Pregunta Nº 51:
¿Se pueden optar a ambas fórmulas, Difusión y Formación?
Respuesta:
No, ya que las Bases del Concurso establecen que “los postulantes que concurran a la convocatoria del XIV Concurso FEP podrán participar en uno de los dos ámbitos de intervención. Para ello, deberán seleccionar el ámbito de su elección en la plataforma online y proceder a completar el Formulario de Postulación, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en las Bases Técnicas y Administrativas”.
Pregunta Nº 52
¿Se debe dejar boleta de garantía y cómo se resuelve ese tema si la cifra es demasiado alta?
Respuesta:
De acuerdo con las definiciones de la propuesta adjudicada, cada organismo o institución tendrá que cumplir lo establecido en el punto Nº 15 de las Bases Técnicas, donde se indican los plazos y condiciones, tanto de la garantía de fiel cumplimiento como de las garantías por anticipos vigentes.
Con el fin de resguardar los recursos fiscales, las garantías deberán constituirse mediante: boletas de garantía bancaria, vale vista endosable, certificado de fianza o póliza de seguro de ejecución inmediata por un valor del 10% de total del monto del proyecto. Por lo tanto, las garantías tienen una proporcionalidad respecto del monto adjudicado.
Pregunta Nº 53
Para el caso de los profesionales a quienes se les pague con liquidación de sueldo, ¿se debe también aplicar la planilla de pago de remuneraciones?
Respuesta:
Sí. En el anexo Nº 11 “Planilla Pago de Remuneración” del Manual de Rendición de Cuentas, se debe incluir la firma de recepción conforme del pago de remuneraciones de todo el equipo de trabajo. Éste se debe de adjuntar, a cada rendición de los impuestos, o pago de cotizaciones previsionales
Pregunta Nº 54
¿Podría un profesional prestar servicios como actividad única en más de un proyecto, no siendo integrante permanente en ninguno de ellos?
Respuesta:
Sí, no habría impedimento siempre y cuando tuviese compatibilidad horaria y las actividades sean las pertinentes a su giro, y no contravenga lo establecido en el punto Nº 17 de las Bases Administrativas del Concurso.
Pregunta Nº 55
¿Puede un patrocinante, o sus socios, ser integrante o miembro del equipo de trabajo de otro proyecto que no patrocine?
Respuesta:
Podría, siempre y cuando no contravenga lo establecido en el punto 17 de las Bases Administrativas.
A continuación quedan a disposición los videos con las exposiciones, separadas por ámbito de Formación y de Difusión, efectuadas durante la Jornada de Difusión del XIV Concurso FEP realizada el viernes 24 de enero. De igual modo, es posible descargar las presentaciones en formato PPT. Jornada Formación Exposición: “Principales aspectos para la presentación y formulación de los proyectos ámbito Formación” https://www.youtube.com/watch?v=aU-cvZwDAOA Exposición: “Consideraciones del Presupuesto para la Postulación” https://www.youtube.com/watch?v=k7vQBGpctQo Exposición: “Acceso y Funcionamiento Plataforma de Postulación” https://www.youtube.com/watch?v=pFG4LFkuqO4 Exposición: “Contenidos Previsionales de los Proyectos” https://www.youtube.com/watch?v=-FrGi3d9AyY Palabras de Cierre Formación Jornada Difusión Exposición: “Principales aspectos para la presentación y formulación de los proyectos ámbito Difusión” https://www.youtube.com/watch?v=16H1DNvEyb0 Exposición: “Consideraciones del Presupuesto para la Postulación” https://www.youtube.com/watch?v=-bixRQX8U6k Exposición: “Acceso y funcionamiento Plataforma de Postulación” https://www.youtube.com/watch?v=PKYhocTrDTs Exposición: “Contenidos Previsionales de los Proyectos” https://www.youtube.com/watch?v=QnGM4KGDSgI Palabras de Cierre Difusión Presentaciones
Título
Fecha de Publicación
Tamaño
Presentación - Formulario de Postulación XIV FEP 2020
29-01-2020
1.0 MiB
Presentación - Ámbito de Formación XIV FEP 2020
29-01-2020
1.1 MiB
Presentación - Formulación del Presupuesto Ámbito Formación XIV FEP 2020
29-01-2020
1.0 MiB
Presentación - Materiales Educativos Ámbito Formación XIV FEP 2020
29-01-2020
1.2 MiB
Presentación - Ámbito de Difusión XIV FEP 2020
29-01-2020
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Presentación - Formulación del Presupuesto Ámbito Difusión XIV FEP 2020
29-01-2020
1.2 MiB
Presentación - Materiales Educativos Ámbito Difusión XIV FEP 2020
29-01-2020
1.1 MiB