XII Concurso Fondo para la Educación Previsional FEP
XII Concurso Fondo para la Educación Previsional FEP.
La Ley Nº20.255 de 2008, que establece la Reforma Previsional, creó, en su artículo 44, el Fondo para la Educación Previsional, con el objeto de apoya financieramente proyectos, programas, actividades y medidas de promoción, educación y difusión del sistema de pensiones. Para ello, en la Ley de Presupuestos para el Sector Público de cada año, se asignan recursos para dicho Fondo, administrado por la Subsecretaría de Previsión Social.
En este marco, la Subsecretaría de Previsión Social realizó el año 2018, un llamado para que distintas entidades (Personas Naturales o Jurídicas, y Entidades Públicas debidamente facultadas para tal efecto), participaran del Fondo para la Educación Previsional a través de una nueva versión del Concurso Público.
En este Duodécimo Concurso, todas las iniciativas financiadas estuvieron orientadas a la difusión del sistema de pensiones y beneficios de cotizar, permitiendo entregar a los afiliados al sistema de pensiones, elementos que les permitieran tomar mejores decisiones respecto del impacto que tiene el ahorro previsional en el monto de sus pensiones.
Proyectos Adjudicados y sus Resultados
En este Concurso se asignaron recursos por un total de M$ 1.774.155 en los 22 proyectos adjudicados. Las entidades postulantes, pudieron postular a un mínimo de $ 50 millones y un máximo de $100 millones.
- Regionalización:
De las 22 iniciativas adjudicadas, 9 de ellas (41%) correspondieron a ejecutores de la Región Metropolitana y 13 (59%) de otras regiones.
Los fondos asignados el año 2018 a proyectos, programas, actividades, medidas de promoción, educación y difusión del sistema de pensiones, dirigidos a beneficiarios que no residan en la Región Metropolitana, ascendieron a 85% del total (M$ 1.514.072).
Dado que 12 proyectos contemplaban una cobertura en más de una región, en suma, se registraron beneficiarios en las 15 regiones del país existentes al momento de la adjudicación, en junio de 2018. Se excluye la Región del Ñuble, pues la ley que la creó entró en vigor en septiembre de 2018.
- Tipos de ejecutores:
Los ejecutores fueron personas naturales y jurídicas, con actividades y experiencia relacionada con la asesoría creativa o de comunicaciones, así como con la difusión, información, promoción de programas, beneficios, políticas sociales, y con la realización de estudios, educación y formación.
En relación con lo anterior, en la siguiente tabla se desagregan los 22 proyectos asignados según la naturaleza de los ejecutores.
Ahora bien, de los 22 proyectos seleccionados 10 (45%) fueron de instituciones que por primera vez se adjudicaban recursos del FEP, los 12 restantes (55%) fueron de entidades que en ediciones anteriores del concurso ya habían sido adjudicados.
Si desea ver ejecutores de años anteriores revise el siguiente enlace.
- Ejecución Presupuestaria
La ejecución presupuestaria del XII Concurso del Fondo para la Educación Previsional alcanzó la suma de M$1.746.531, cifra correspondiente al 98% de los recursos asignados al FEP en la Ley de Presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2018 (M$ 1.818.545).
Con los recursos asignados a los 22 ejecutores de proyectos alcanzaron a 17.873 beneficiarios directos. Al desglosar dicho monto, según los grupos objetivos definidos para el concurso, la mayor cantidad de beneficiarios directos se concentró en trabajadores dependientes, lo que significó 60% del total de beneficiarios directos. Le siguió el grupo de jóvenes, con un 31%, y el de trabajadores pre pensionados, con un 8%, como se detalla en la siguiente tabla:
Inclusión:
La versión 2018 del FEP tuvo también un componente inclusivo, transversal a los tres grupos objetivos anteriormente señalados, contemplando dirigir acciones de difusión del sistema de pensiones y beneficios de cotizar a personas pertenecientes a pueblos originarios, y a personas en situación de discapacidad y de migración.
Desde la óptica de los proyectos, el 64% de aquellos adjudicados consideró en su formulación acciones dirigidas a personas de pueblos originarios, principalmente mapuche y aymara; el 73% lo hizo respecto de personas en situación de discapacidad, y el 59% a personas en situación de migración.
Como resultado, y ya desde la perspectiva de los beneficiarios directos, el alcance fue de 2.857 personas de tales grupos, representando el 16% del total de beneficiarios directos. Al desagregar (ver tabla siguiente), fueron 1.804 de pueblos indígenas, fundamentalmente de las regiones de Arica, Biobío, Araucanía y Magallanes; 640 con algún nivel de discapacidad; y 413 migrantes, de países como Haití y Colombia, principalmente, y de otros como Perú, Ecuador y Argentina.
- Supervisión:
El seguimiento y supervisión de los proyectos se realizó a través de visitas presenciales en terreno, efectuadas por el equipo de Supervisores del FEP y a través de la plataforma en línea implementada para este efecto.
Dicha plataforma permitió llevar a cabo la gestión de los procedimientos administrativos y financieros en forma ordenada y transparente.
Entre los focos de control y supervisión estuvo el apego de los contenidos desarrollados por los ejecutores a la normativa previsional vigente. Se corroboró, además, que la información fuera entregada a los beneficiarios en forma clara, completa, actualizada, objetiva, acorde y pertinente a los públicos definidos, especialmente en lo que dice relación con requisitos, derechos y obligaciones de los beneficiarios en materias previsionales, con especial énfasis en el sistema de pensiones.
Entre los productos y materiales realizados se encuentran obras de teatro, cápsulas radiales, programas televisivos, vídeos, páginas web, aplicaciones para smartphones, dípticos y materiales en creolé y mapudungún.
Antes de producir, imprimir, distribuir, publicar o emitir los materiales realizados por cada ejecutor, estos fueron evaluados previamente por la Dirección de Educación Previsional de esta Subsecretaría. De igual modo, todas las piezas producidas en el marco de este concurso fueron visadas en términos gráficos, incluyendo la presencia del logo de la Subsecretaría de Previsión Social y la frase normativa “Esta es una iniciativa del Fondo para la Educación Previsional, financiada por la Subsecretaría de Previsión Social”, de acuerdo a lo establecido por la Unidad de Comunicaciones del Servicio y las recomendaciones indicadas en el “Manual de Normas Gráficas Publicitarias” del Gobierno de Chile.
Al 31 de diciembre de 2018, los 22 proyectos se encontraban finalizados, con las respectivas resoluciones de término, debidamente tramitadas.
Para ver los proyectos ejecutados año 2018 revise el siguiente enlace.
NOTIFICACIÓN 05-07-2018
Se informa que:
Se encuentra publicada la Resolución Exenta N°114, de 2018, la cual “Deja sin efecto adjudicación de proyecto que indica y re adjudica nuevo proyecto para el Duodécimo Concurso Público Nacional de Proyectos de Difusión del Sistema de Pensiones y Beneficios de Cotizar Fondo para la Educación Previsional 2018”
Descargue aquí la Resolución que Re adjudica XII Concurso.
NOTIFICACIÓN 03-07-2018
Se informa que:
Con fecha, 29 de junio del presente, finalizó el período de Suscripción del Convenio de Ejecución de las entidades adjudicatarias del XII Concurso del Fondo para la Educación Previsional. A partir del día de hoy, y conforme al punto N° 8 de las Bases Administrativas, se da inicio a la ejecución de los proyectos.
NOTIFICACIÓN 21-06-2018
Se informa que:
Con esta fecha, a las 17:00 hrs. ha finalizado el período de Consultas y Aclaraciones al proceso de Selección, según se establece en el punto N° 16 de las Bases Administrativas del Concurso.
NOTIFICACIÓN 18-06-2018
Se informa que:
Con esta fecha se inicia el período de Consultas y Aclaraciones al proceso de Selección, el cual se extenderá hasta las 17:00 horas del 21 de junio del presente. Los Postulantes o Entidades Postulantes no seleccionados, podrán solicitar aclaraciones de la evaluación de su proyecto a través del correo electrónico consultasfep@previsionsocial.gob.cl A dicha presentación se deberá adjuntar los datos necesarios para la clara identificación del proyecto correspondiente, así como los datos de contacto del postulante( nombre del representante legal, correo electrónico, teléfono, dirección).
NOTIFICACIÓN 15-06-2018
Se informa que:
Con esta fecha se encuentra publicada la Resolución de Adjudicación y los Resultados del XII Concurso del Fondo para la Educación Previsional 2018, según se establece en el Punto N° 8 “ Cronograma” de las Bases Administrativas del concurso. Puede acceder a esta información a través del siguiente link:
Resolución Exenta N°88 de 2018 que Adjudica XII Concurso FEP
Se entenderá notificada la adjudicación al día siguiente de la publicación de esta Resolución.
Los Postulantes o Entidades Postulantes no seleccionados, podrán solicitar aclaraciones de la evaluación de su proyecto a través del correo electrónico disponible en esta página web, desde el 18 hasta el 21 de junio del 2018, hasta las 17:00 horas. A dicha presentación se deberá adjuntar los datos necesarios para la clara identificación del proyecto correspondiente, así como los datos de contacto del postulante( nombre del representante legal, correo electrónico, teléfono, dirección).
NOTIFICACION 24-05-2018
Se informa que:
Según Cronograma del XII Concurso del Fondo para la Educación Previsional, entre el 14 de mayo y el 14 de junio de 2018 se realiza la Etapa de Evaluación y Selección de Proyectos. Sólo los proyectos declarados admisibles son evaluados técnicamente por el Comité de Selección, según se establece en el Reglamento del Fondo y sus modificaciones posteriores.
La evaluación técnica de los proyectos se hará de acuerdo a los Criterios de Evaluación y porcentajes definidos en el Anexo BA N° 6 de las Bases Administrativas del Concurso.
La Resolución de adjudicación y publicación de resultados del concurso, se hará a través del sitio web institucional el 15 de junio del presente.
NOTIFICACION 14-05-2018
Se informa que:
De conformidad con las Bases del Concurso, la División Jurídica de la Subsecretaría de Previsión Social llevó a cabo el proceso de admisibilidad de los proyectos, que concluyó el 8 de mayo del presente año. Entre dicha fecha y el 11 de mayo se llevó a cabo un periodo de consultas y aclaraciones al proceso referido, dando respuesta a las observaciones formuladas por los postulantes.
En dicho contexto se detectó un problema técnico en el sistema informático, que -durante la fase de admisibilidad-, impidió visualizar la totalidad de los documentos cargados por los postulantes, por lo que se solicitó a la Dirección de Tecnologías de la Información hacer un levantamiento de toda la documentación acompañada a cada uno de los proyectos que fueron declarados inadmisibles. Como resultado de lo anterior, se suman 5 nuevos proyectos a las iniciativas antes declaradas admisibles, atendido que los documentos se encontraban cargados en la plataforma en tiempo y forma.
Puede descargar el informe de resultados de etapa de consultas y aclaraciones en el siguiente link y también en la sección Admisibilidad, de la pestaña Bases y Formularios.
Notificación 14-05-2018
Se informa que:
Con fecha 11 de mayo de 2018, finalizó el período de consultas y aclaraciones al proceso de admisibilidad, según se indica en el puntos N° 8 y 13 de las Bases Administrativas del Concurso.
NOTIFICACION 08-05-2018
Se informa que:
Con esta fecha, a las 17:00 horas, finalizó el proceso de admisibilidad de los proyectos postulados al XII Concurso del Fondo para la Educación Previsional, según se establece en las Bases Administrativas. Los resultados de este proceso se encuentran en el Acta de Admisibilidad publicada en la pestaña “Bases y Formularios”, y además, puede descargar también el informe asociado.
Entre el 8 y el 11 de mayo de 2018, los participantes cuyas postulaciones no fueron admitidas, podrán solicitar aclaraciones al proceso de admisibilidad a través del correo electrónico disponible en la página web institucional consultasfep@previsionsocial.gob.cl . A esta presentación se deberán señalar los datos necesarios para la clara identificación del proyecto correspondiente, así como los datos de contacto del postulante (nombre del representante legal, mail, teléfono, dirección).
NOTIFICACION 03 -05-2018
Se informa que:
Con esta fecha, a partir de las 9:00 horas la Subsecretaría de Previsión Social inicia el proceso de admisibilidad de los proyectos postulados al XII Concurso del Fondo para la Educación Previsional, cerrando éste a las 17:00 horas del 8 de mayo de 2018.
El proceso de admisibilidad es público y se realiza en dependencias de la Subsecretaría de Previsión Social. Es llevado a cabo por la División Jurídica, según punto N° 13 de las Bases Administrativas del Concurso.
NOTIFICACION 30 -04-2018
Se informa que:
Con esta fecha, a las 13:00 horas, finalizó el proceso de postulación al XII Concurso del Fondo para la Educación Previsional para los proyectos postulados on line, en sitio web institucional, según se establece en el Punto N° 8 de las Bases Administrativas, “Cronograma del Duodécimo Concurso”.
NOTIFICACION 27- 04 -2018
a) Se informa que:
Con esta fecha se aclara que en el “Certificado de Aporte de Entidad Ejecutora” del Anexo BT N° 5, de las Bases Técnicas del Concurso, el “Código N° XX-XX-XX” que se solicita del proyecto, se omita o se complete con ceros 00-00-00 al cargarlo en la postulación, ya que esto es un código interno.
NOTIFICACION 25 04 -2018
a) Se informa que:
Con esta fecha se aclara que el punto N° 1.3 del Formulario de Postulación fue actualizado, y dice
1.3 INFRAESTRUCTURA / INMUEBLE:
“…En el caso de las instalaciones utilizadas para realizar las actividades de gestión del proyecto, indicar si la Entidad Postulante cuenta con ella, y su respectiva localización. Con recursos del Fondo para la Educación Previsional podrán ser arrendadas instalaciones cuyo destino sea la gestión administrativa del proyecto…”
Asimismo, se aclara que en el Anexo BA N°6 de las Bases Administrativas del Concurso, en el punto N° 2.4.1 y 2.4.2 del “Grupos Transversales” de los Criterios Relativos a la Identificación y Caracterización de los Beneficiarios, debe decir:
2.4.1
Identificación. Criterio que evalúa si el proyecto identifica la participación de algún grupo étnico (pueblos indígenas), personas en situación de discapacidad, migrantes, a través de la cuantificación porcentual de éstos, respecto del total de la Cobertura propuesta, señalando, además, la/s etnia/s (pueblos indígenas).
2.4.2
Descripción. Se observa si el proyecto considera acciones y/o metodologías concretas para los beneficiarios indirectos pertenecientes a un grupo étnico (pueblos indígenas), personas en situación de discapacidad, migrantes, teniendo en cuenta elementos culturales, religiosos y/o patrimoniales, u otros relacionados con estos grupos.
Notificación 23-04-2018
Se informa que:
Con esta fecha, a las 13:00 horas, finalizó el proceso de postulación al XII Concurso del Fondo para la Educación Previsional para los proyectos postulados en formato papel según se establece en el Punto N° 8 de las Bases Administrativas, “Cronograma del Duodécimo Concurso.”
NOTIFICACION 19-04-2018
Se informa que el MARTES 24 DE ABRIL DE 2018, A LAS 15:00 HRS., en el Auditórium del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, ubicado en Huérfanos 1273, Piso 1, Santiago, se realizará la última Jornada Informativa sobre el XII Concurso del Fondo para la Educación Previsional “FEP”
Para participar, se requiere inscripción a través del mail jornadafep@previsionsocial.gob.cl indicando nombre, organización, región y correo electrónico.
Cupos limitados.
Notificación 18-04-2018
Se informa que:
Con esta fecha se encuentra publicado el Consolidado de Consultas, Respuestas y Aclaraciones a las Bases del XII Concurso , según lo establecen las Bases Administrativas en su punto Nº 8 “Cronograma”.
El Consolidado está disponible en la pestaña “Preguntas Frecuentes”.
NOTIFICACIÓN 16-04-2018
Se informa que:
La Subsecretaría de Previsión Social se encuentra realizando diversas Jornadas Informativas sobre el XII Concurso del Fondo para la Educación Previsional “FEP”, con el fin de dar a conocer los principales aspectos y requisitos de postulación en esta versión del Concurso. Les invitamos a participar de esta actividad previa inscripción en la siguiente dirección jornadafep@previsionsocial.gob.cl indicando nombre, organización, región, correo electrónico. Estas actividades, que consideran el mismo contenido, se realizarán en las siguientes fechas:
Jueves 19 de abril de 2018, a las 9:30 hrs. , en el Auditórium del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, ubicado en Huérfanos 1273, Piso 1, Santiago.
Martes 24 de abril de 2018, a las 15:00 hrs. , en el Auditórium del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, ubicado en Huérfanos 1273, Piso 1, Santiago.
Se agradece confirmar participación, considerando que los cupos son limitados.
Notificación 13-04-2018
Se informa que:
Con esta fecha, a las 13:00 hrs. finalizó el Período de Consultas, Respuestas y Aclaraciones a las Bases del XII Concurso, según lo establecen las Bases Administrativas del Concurso en su punto Nº 8 “ Cronograma” .
La publicación del consolidado de consultas, respuestas y aclaraciones, se realizará el 18 de abril de 2018, según se establece en el mismo, por esta misma vía.
NOTIFICACIÓN 09-04-2018
Se informa que:
Con esta fecha, se da inicio al proceso de postulación al Duodécimo Concurso Público Fondo para la Educación Previsional 2018, según lo señalado en el punto N° 8 de las Bases Administrativas “Cronograma del Concurso”.
Asimismo se ha dispuesto el Formulario de Postulación para este Concurso en www.previsionsocial.gob.cl.
La postulación para proyectos en formato papel finaliza el 23 de abril de 2018 a las 13:00 hrs. en oficinas regionales, indicadas en el Anexo N° 4 de las Bases Administrativas del Concurso.
NOTIFICACIÓN 03-04-2018
Se informa que:
Con esta fecha , se encuentra publicada en el sitio web institucional (www.previsionsocial.gob.cl) la Resolución Exenta Nº 66, que aprueba las Bases y llama al Duodécimo Concurso Público Nacional de proyectos de “Difusión del Sistema de Pensiones y Beneficios de Cotizar”, Fondo para la Educación Previsional 2018. Puede descargarse a través del siguiente link.
Asimismo, con esta fecha se inicia el período de “Consultas, Respuestas y Aclaraciones” a las Bases del XII Concurso. Entre el 03 y el 13 de abril de 2018, los interesados podrán realizar sus consultas a través del formulario para consultas dispuesto en el sitio web institucional de la Subsecretaría de Previsión Social. Estas consulta fueron recibidas hasta las 13:00 hrs. del último día, de acuerdo a reloj de sitio web institucional.
Admisibilidad
Título | Fecha de Publicación | Tamaño | Descargas |
---|---|---|---|
01 - Acta Admisibilidad XII Concurso FEP 2018 | 09-05-2018 | 826.7 KiB | 491 |
02 - Informe de Admisibilidad XII Concurso FEP 2018 | 08-05-2018 | 305.0 KiB | 674 |
03-informe-resultados-etapa-consultas-y-aclaraciones-al-proceso-de-admisibilidad | 14-05-2018 | 545.3 KiB | 439 |
Normativa
Asimismo, conozca la normativa que regula el desarrollo de este Concurso y los proyectos de Educación Previsional que financia.
Título | Fecha de Publicación | Tamaño | Descargas |
---|---|---|---|
Resolución Exenta N°66 - Aprueba Bases y llama al Duodécimo Concurso Público Nacional de Proyectos FEP | 03-04-2018 | 17.7 MiB | 681 |
Decreto 78 - Reglamento del Fondo para la Educación Previsional | 02-04-2018 | 48.1 KiB | 503 |
Decreto Supremo N°16 de 2013 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. | 02-04-2018 | 1.3 MiB | 439 |
Ley N°19.253 - Ministerio de Planificación, Protección, Fomento y Desarrollo de los Indigenas, creación CONADI | 02-04-2018 | 124.7 KiB | 454 |
Ley N°19418 09-10-1995, Establece normas sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias | 02-04-2018 | 85.4 KiB | 665 |
Postulación, Anexos Bases
Para descargar las Bases del Concurso y el conjunto de documentos de apoyo a la Postulación, siga los siguientes vínculos.
Título | Fecha de Publicación | Tamaño | Descargas |
---|---|---|---|
XII FEP, Postulación | |||
Formulario-postulacion-fep-2018-formato-papel | 09-04-2018 | 1.0 MiB | 618 |
XII FEP, Anexos: Bases administrativas | |||
001-anexo-ba-declaracion-jurada-simple | 05-04-2018 | 941.9 KiB | 582 |
002-anexo-ba-declaracion-obligaciones-laborales-y-previsionales | 05-04-2018 | 941.3 KiB | 891 |
003-anexo-ba-presentacion-proyectos-formato-papel-por-oficina-de-partes | 05-04-2018 | 943.4 KiB | 397 |
005-anexo-ba-declaracion-j-simple-solvencia-economica | 05-04-2018 | 941.5 KiB | 928 |
XII FEP, Anexos: Bases técnicas | |||
002-anexo-bt-carta-compromiso-participacion-en-el-proyecto | 05-04-2018 | 952.4 KiB | 573 |
003-anexo-bt-formato-curriculum-vitae | 05-04-2018 | 954.5 KiB | 399 |
004-anexo-bt-estructura-del-presupuesto-c-formula | 05-04-2018 | 13.3 KiB | 352 |
005-anexos-bt-certificado-aporte-entidad-ejecutora | 05-04-2018 | 953.2 KiB | 313 |
006-anexo-bt-certificado-aportes-entidad-patrocinante | 05-04-2018 | 953.0 KiB | 347 |
Anexos Manual de Rendiciones
Título | Fecha de Publicación | Tamaño | Descargas |
---|---|---|---|
Manual de Rendición de Cuentas XII Concurso FEP 2018 | 18-04-2018 | 971.8 KiB | 677 |
001-anexo-planilla-de-calculo-liquidacion | 10-04-2018 | 19.2 KiB | 9300 |
002-anexo-formulario-de-rendicion-de-impuestos | 10-04-2018 | 17.6 KiB | 338 |
003-anexo-informe-de-actividades-para-honorarios | 10-04-2018 | 69.0 KiB | 373 |
004-anexo-certificado-no-afecto-a-iva | 10-04-2018 | 40.0 KiB | 375 |
005-anexo-comprobante-de-ingreso | 10-04-2018 | 44.5 KiB | 327 |
006-anexo-planilla-de-gastos-de-movilizacion-de-beneficiarios | 10-04-2018 | 25.9 KiB | 424 |
008-anexo-solicitud-de-asignacion-de-viaje | 10-04-2018 | 51.7 KiB | 375 |
010-anexo-acta-de-reunion | 10-04-2018 | 49.7 KiB | 549 |
Formato de pagarés
Título | Fecha de Publicación | Tamaño | Descargas |
---|---|---|---|
Formato-pagare-anticipo-ante-notario-2018 | 09-04-2018 | 34.0 KiB | 1288 |
Formato-pagare-fiel-cumplimiento-notario-2018 | 09-04-2018 | 35.5 KiB | 568 |
CRONOGRAMA DEL DUODECIMO CONCURSO 2018 Notas:
EVENTO
FECHA
Publicación “Llamado a Concurso “y publicación de las bases Administrativas y Técnicas del Concurso
3 abril 2018
Disponibilidad Formulario de Postulación en www.previsionsocial.gob.cl
Inicio Período de postulación9 abril de 2018
Período de “Consultas, Respuestas y Aclaraciones a las Bases y Formulario de Postulación del XII Concurso”[1]
3 al 13 abril de 2018 a las 13:00 hrs.
Publicación del Consolidado de consultas, respuestas y aclaraciones
18 abril de 2018
Finaliza Postulación proyectos Formato Papel
23 abril de 2018, 13:00 hrs.
Finaliza Postulación proyectos On Line
30 abril de 2018, 13:00 hrs.
Inicio proceso de Apertura y Admisibilidad de los Proyectos
3 mayo de 2018, 9:00 hrs.
Publicación Acta Admisibilidad Proyectos en Sitio Web
8 mayo de 2018
Período de consultas y aclaraciones al proceso de admisibilidad
8 al 11 mayo de 2018
Etapa de Evaluación y selección de Proyectos
14 de mayo al 14 de junio de 2018
Resolución de Adjudicación y publicación de resultados del concurso en página web
15 junio de 2018
Periodo de consultas y aclaración al Proceso de Selección
18 al 21 junio de 2018, 17:00 hrs.
Período Suscripción del Convenio Ejecución del Proyecto 2018 y constitución de garantías de fiel cumplimiento.
18 de junio al 29 de junio de 2018
Inicio de ejecución de los proyectos 3 de julio
3 de julio 2018
PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES 12º CONCURSO
- ¿Cómo puedo postular al Fondo?
La postulación se podía realizar mediante el Formulario de Postulación, dispuesto en la página web institucional www.previsionsocial.gob.cl, en dos formatos: web o papel. No obstante, la postulación al Duodécimo concurso se encuentra finalizada.
En formato papel (de manera física, impresa , con copia en CD o pendrive, descargando el formulario y documentación necesaria desde la página y presentándola en las oficinas regionales de las Secretarías Regionales Ministerial del Trabajo y Previsión Social, Direcciones Regionales del Instituto de Previsión Social, IPS (ex INP), u Oficina de Partes de la Subsecretaría de Previsión Social, en sobre cerrado sellado y rotulado según Anexo de las Bases Administrativas N°3. En este caso, los postulantes deberán presentar los documentos y formularios solicitados en los formatos correspondientes, entregando una copia impresa en papel de todo su proyecto y una copia en CD. Las direcciones para la recepción de estos proyectos se encuentran en Anexo N°4 de las Bases Administrativas del Concurso.
- ¿Puedo presentar más de un proyecto al 12° Concurso FEP?
Los postulantes podrán presentar un sólo proyecto al Duodécimo Concurso. En caso de presentarse más de un proyecto a través de una misma vía de postulación, sólo se admitirá el que se haya presentado primero. En caso de ser distinta la vía de postulación, únicamente se considerará la postulación web (Punto 5 de las Bases Administrativas del Concurso). En este caso, los antecedentes presentados en formato papel, no serán considerados en la evaluación para la admisibilidad.
- ¿A qué foco o grupo de beneficiarios está dirigido el Concurso?
El 12º Concurso del Fondo para la Educación Previsional se han priorizados focos y/o grupos de beneficiarias/os indirectos/as y directas/os para implementar las acciones de difusión del sistema de pensiones y beneficios de cotizar:
- Trabajadores y trabajadoras dependientes entre 18 y 65 años, y en el cual se puede considerar a integrantes de organizaciones territoriales y/o funcionales, sindicales y/o gremiales que tengan esta condición.
- Trabajadores y Trabajadoras Jóvenes que inician su vida laboral, que se desempeñen en actividades laborales formales; estudiantes de liceos, instituciones de educación superior y/o técnico profesional.
- Trabajadores y Trabajadoras Pre-pensionados que se encuentran a 10 años de pensionarse, entre 50 y 65 años que se desempeñen en actividades laborales formales.
- ¿Cómo se asignan los recursos del FEP?
Los recursos son asignados una vez que los Proyectos admisibles son evaluados por un Comité de Selección, según lo establece el Reglamento del Fondo para la Educación Previsional (Decreto N° 78, de 14 de noviembre de 2008), y sus modificaciones posteriores (Decreto Supremo N°16, de fecha 17 de septiembre de 2013.
La evaluación técnica de los proyectos declarados admisibles se hará de acuerdo a los criterios de evaluación definidos en el Anexo Nº 6 de las Bases Administrativas del Concurso.
El Comité de Selección efectuará una evaluación de los proyectos seleccionables, verificará que al menos el 60% de los fondos que se asignen se destinarán a proyectos cuyos beneficiarios no residan en la Región Metropolitana, siempre que exista un número suficiente de estos proyectos que cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las Bases.
- ¿Se debe pagar por los formularios y las Bases?
No, las Bases del 12º Concurso del Fondo para la Educación Previsional y su formulario se ponen a disposición del postulante de forma gratuita.
- ¿Cuáles son los montos a asignar por proyectos?
De acuerdo al presente concurso y su ámbito de intervención, el monto de los proyectos, será de un mínimo de $50.000.000 (cincuenta millones), y un máximo de $100.000.000.- (cien millones) de pesos.
- ¿Cuál es el plazo de ejecución de los proyectos?
La duración del proyecto tendrá un plazo mínimo de 3 y un máximo de 4 meses de duración.
- ¿El ítem Gastos de Administración del proyecto permite financiar la Garantía de Anticipos y de Fiel Cumplimiento?
No, el ítem gastos de administración del Proyecto, no permite financiar la Garantía de Anticipos y de Fiel Cumplimiento.
- ¿Cuándo estarán los resultados de las postulaciones al 12° Concurso FEP?
La nómina de los proyectos seleccionados por la Subsecretaría de previsión Social, será informada el 15 de junio de 2018. Esta nómina se publicará en el sitio web institucional y se entenderá notificada al día siguiente de dicha publicación.
- ¿Si voy a realizar mi proyecto en formato papel, cómo lo presentó al Concurso?
Los postulantes que prefieran presentar su proyecto en formato papel, lo deberán realizar a través de la Oficina de Partes de la Subsecretaría, de las Secretarías Regionales Ministeriales de Trabajo y Previsión Social o de cualquiera de las sucursales del Instituto de Previsión Social en sobre cerrado sellado y rotulado según Anexo BA N°3. En este caso, los postulantes deberán presentar los documentos y formularios solicitados en los formatos correspondientes, entregando una copia impresa en papel de todo su proyecto y una copia en CD. Las direcciones para la recepción de estos proyectos se encuentran en el Anexo N°4 de las Bases Administrativas del Concurso.
El formulario de postulación descargable estará disponible el 9 de abril, en la página web institucional www.previsionsocial.gob.cl
- Como persona natural que postulo al proyecto, ¿es obligatoria la presentación de Garantía de Fiel Cumplimiento?
Las personas naturales y las organizaciones reguladas por la Ley N° 19.418 o por la Ley N° 19.253 podrán constituir como garantía de fiel cumplimiento, un pagaré, suscrito ante notario, por un valor equivalente al 10% del total del monto del proyecto seleccionado, y con vigencia superior a los cuatro meses desde la fecha de término del proyecto.
En el caso de la Garantía de anticipo, deberá constituirse en la forma señalada para la garantía de fiel cumplimiento, y deberá tener una vigencia hasta la total rendición de los recursos anticipados.
- ¿Dónde realizo las consultas relativas al funcionamiento de la Plataforma de Postulación del 12º Concurso?
A través de Mesa de Ayuda Telefónica (teléfono 228279659), sólo para consultas tecnológicas sobre uso de plataforma de postulación, a partir también del 9 de abril. Esta Mesa atenderá de lunes a viernes, desde las 9:00 hrs. hasta las 17:00 hrs., y las respuestas estarán a cargo de profesionales de la Unidad de Tecnologías de la Información de la Subsecretaría de Previsión Social.
- ¿La nueva región del Ñuble será considerada en este Concurso con su división administrativa?
Las comunas de la nueva región del Ñuble, en esta oportunidad serán consideradas como parte de la Región del Bío Bío, considerando que si bien el 19 de agosto de 2017 se firmó el decreto promulga torio de la ley que crea la región de Ñuble, la ley publicada en el Diario Oficial el día 5 de septiembre de 2017 establece que esta Región entrará en vigencia el día 6 de septiembre de 2018. A partir de esa fecha será “XVI Región de Ñuble”, y administrativamente contará con 3 provincias y 21 comunas, su capital será Chillán.
Por tanto, en este Concurso no se incluye su división administrativa.
CONSOLIDADO DE CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES GENERADAS DURANTE EL PERÍODO DE CONSULTAS DEL XII CONCURSO FEP
Pregunta Nº 1:
- Respecto del pago de honorarios ¿existe alguna referencia de valor hora de trabajo o por cumplimiento de objetivos y/o metas?
- El cargo de coordinador ¿es de dedicación exclusiva o puede realizar otras funciones como locutor, tallerista, monitor, entre otras?
- Si la entidad postulante es una persona natural ¿puede también ser coordinador?
- Si el proyecto contempla sólo una comuna ¿tiene menos puntaje?
- ¿Cómo se acredita la participación de personas migrantes?
Respuesta:
- No, para el pago de honorarios no existe referencia al valor hora de ningún cargo. Sólo se solicita que en equipo de trabajo se contemplen los honorarios mensuales para sus funciones.
- No, para este XII Concurso, el cargo de Coordinador de Proyecto no es de dedicación exclusiva, por tanto, Coordinador puede ejercer otros cargos dentro del equipo de trabajo, siempre y cuando sea compatible con la jornada informada en la formulación del proyecto.
- Para el caso de persona natural, sí, ésta puede ser Coordinador de proyecto, ya que para este Concurso no existe incompatibilidad.
- El puntaje final de los proyectos depende de la evaluación de una serie de variables que se encuentran descritas en el Anexo N° 6 de las Bases Administrativas del Concurso (Criterios de Evaluación relativos a los adjudicatarios, a la identificación y caracterización de los beneficiarios, y al proyecto). En cuanto a la puntuación territorial del proyecto, cobra relevancia la adecuada justificación del por qué la focalización en una(s) determinada(s) comuna(s) provincia (s) o regiones, pero no particularmente por el número/cantidad de comunas.
- En el caso de haber beneficiarios directos migrantes se debe acreditar mediante el registro en la lista de asistencia que le será provista por la Subsecretaría, según corresponda.
Pregunta N° 2
- ¿Se pueden financiar servicios de alimentación para las actividades el proyecto?
- ¿Cómo acreditar en el formulario de postulación la participación de inmigrantes en el proyecto? (ya que no están constituídos como organización)
- ¿Se puede financiar el arriendo de local perteneciente a un familiar de un profesional que participa del proyecto?
- ¿Pueden postular las municipalidades?
Respuesta:
- Sí, se puede financiar servicios de alimentación siempre y cuando estén enmarcados en la atención a beneficiarios del proyecto y así se establezca en la postulación. Este Gasto debe ser considerado dentro del ítem presupuestario “Gastos de Operación del Proyecto” como se establece en la estructura del presupuesto detallada en las Bases Técnicas del Concurso, y corresponden a los gastos necesarios para desarrollar y ejecutar las acciones comprometidas en la formulación.
- La participación de inmigrantes no se acredita en el formulario de postulación. En este instrumento, sólo debe indicarse su participación en los puntos que dicen relación con la identificación y descripción de los beneficiarios y en el diagnóstico y justificación del proyecto. No obstante, su participación se acreditará mediante el registro en la lista de asistencia que le será provista por la Subsecretaría (ver respuesta letra e) pregunta N°1).
- Sí se puede financiar el arriendo de local perteneciente a un familiar en la medida en que la entidad proveedora sea completamente diferente a la entidad ejecutora, ya que en el XII Concurso FEP la auto-contratación está prohibida. Por otra parte es fundamental tener presente que las entidades ejecutoras no pueden obtener lucro como consecuencia de la ejecución directamente o por interpósita persona.
- Sí, las Municipalidades pueden postular en este Concurso como se establece en las Bases Administrativas en su punto N° 3, y que se encuentren facultadas para tal efecto no presenten algunas de las inhabilidades señaladas en el punto N°4 de las Bases Administrativas.
Pregunta N° 3
¿En este concurso, el Representante Legal de una persona jurídica con fines de lucro, puede ejercer como coordinador del proyecto y también como relator?
Respuesta:
Según las Bases Técnicas del Duodécimo Concurso, no existe restricción para los integrantes del equipo en cuanto a la realización de una o más funciones dentro del equipo de trabajo. Por ende, el Representante Legal puede cumplir más de una función dentro la propuesta presentada por la entidad postulante. Se sugiere revisar respuesta a Pregunta N°1 respecto a este tema.
Pregunta Nº 4:
- ¿Es factible que yo siendo funcionaria pública pueda postular al concurso?
- ¿Puedo componer una sociedad con personalidad jurídica?
- Si otra persona postula ¿yo puedo ser parte del equipo de trabajo, teniendo yo la experiencia solicitada?
- La muestra de mil personas, ¿debe tener completo todos los datos de nombre, edad, trabajo, nacionalidad, etc.? ¿Se les debe preguntar e individualizar a las personas, ya que son datos sensibles?
Respuesta:
- Sí. De conformidad con lo establecido en las Bases del Concurso, no existe inconveniente para que el postulante al concurso sea funcionario público. Lo anterior sin perjuicio de las inhabilidades que puedan afectar al funcionario para percibir ingresos adicionales a los que le corresponden por el ejercicio de su cargo o por las limitaciones que correspondan, atendida la obligación de los funcionarios públicos de destinar la jornada laboral sólo al desempeño de su cargo, cumplir íntegramente con la misma y en general, el debido y estricto cumplimiento de la normativa de probidad.
- Sí. Es posible que siendo funcionaria pública usted pueda ser socia o parte de una Persona Jurídica y postular a este concurso, siempre y cuando cumpla con los requisitos de postulación indicados en el punto 7.2 de las bases Administrativas.Sin perjuicio de lo cual debe tener presente las inhabilidades o incompatibilidades que puedan afectarlo por su calidad de funcionario público, como conflicto de intereses y en general, el debido y estricto cumplimiento de la normativa de probidad.
- Sí. De conformidad con lo establecido en las Bases del Concurso, no existe inconveniente para que una persona del equipo de trabajo sea funcionario público. Lo anterior sin perjuicio de las inhabilidades que puedan afectar al funcionario para percibir ingresos adicionales a los que le corresponden por el ejercicio de su cargo o por las limitaciones que correspondan, atendida la obligación de los funcionarios públicos de destinar la jornada laboral sólo al desempeño de su cargo, cumplir íntegramente con la misma, y en general, el debido y estricto cumplimiento de la normativa de probidad.
- Al respecto de la muestra tope de 1.000 personas, clarificar que “la muestra” será equivalente al 1% del total de beneficiarios indirectos que estime la entidad adjudicataria, según se señala en el punto N° 4 de las Bases Técnicas del Concurso . Efectivamente los beneficiarios directos correspondientes a la muestra, deberán ser caracterizados con la información que se detalla en el mismo punto, considerando Nombre y apellidos, edad, RUT, Género, Correo o teléfono, Región, Comuna, Nacionalidad, país de origen, nivel educacional, situación ocupacional, y si pertenece a pueblo indígena, migrante, o en situación de discapacidad, antecedentes que deberán indicarse en la lista de asistencia que provee la Subsecretaría de Previsión Social. El ejecutor estará obligado a mantener estricta reserva de toda información a la cual tenga acceso por motivo o con ocasión de la ejecución de las tareas encomendadas en virtud de las presentes Bases, no debiendo divulgar dicha información sin previo consentimiento de esta Subsecretaría, otorgado por escrito.
Pregunta N° 5
¿Cuáles son los criterios objetivos que determinan el monto del Proyecto a postular?, me refiero con esto, a que no logramos ver la diferencia entre postular a fondos de 50, 60, 70, 80, 90 o 100 millones, excepto los valores de las boletas de garantía.
Respuesta:
El monto del proyecto a que decidan postular, dependerá exclusivamente de ustedes como entidad postulante y el objetivo que desean alcanzar con su propuesta. Los montos deben ser coherentes con el equipo de trabajo que materializará la iniciativa, la inversión que requieran, el tipo de actividades que desarrollarán, los materiales e insumos que utilizarán para el cumplimiento del objetivo entre otras. Se sugiere revisar el punto N°3 de las Bases Técnicas, que señala las actividades financiables para la “Difusión del Sistema de Pensiones y Beneficios de Cotizar, y la estructura presupuestaria que considerarán por ítems. Asimismo, considerar que se evaluará la consistencia del presupuesto con la cobertura propuesta; los costos de intervención y gastos de administración del proyecto. A mayor consistencia, mayor puntaje.
Pregunta N° 6
¿Existe alguna restricción para llevar a cabo la contratación del equipo de trabajo respecto a: Libertad a los profesionales para trabajar en otros proyectos. Opción para el Representante Legal de desempeñar cargos en el proyecto?
Respuesta:
No existe restricción para la contratación de equipo de trabajo cuyos profesionales se desempeñen en otros proyectos, siempre y cuando la jornada laboral se ajuste a la normativa. En Duodécimo Concurso FEP, no contempla incompatibilidades para que integrantes de un equipo de trabajo puedan trabajar en otros proyectos, ni tampoco restringe el desempeño de otros cargos para la figura del Representante Legal. Sin perjuicio de lo anterior, vale señalar que particularmente en el caso del Coordinador/a, tendrán mayor puntaje a la hora de evaluar la propuesta aquellos coordinadores que dediquen más tiempo al proyecto, según jornada de trabajo. Se sugiere que el recurso humano propuesto para el equipo de trabajo, sea coherente y el necesario para cumplir con los objetivos del proyecto. Para mayor detalle revisar punto 10 de las Bases Técnicas del presente concurso y la respuesta a la pregunta N°1 del proceso de “Consultas, Respuestas y Aclaraciones generadas durante el período de Consultas del XII Concurso FEP”.
Pregunta N° 7
Quisiera consultar la pertinencia de realizar talleres de difusión y si se debe cumplir con un número determinado de usuarios/as en dichas convocatorias.
Respuesta:
Considerando el ámbito de intervención en el cual se centra el Concurso, y lo indicado en el punto N° 3 de las Bases Técnicas “Ámbitos de Intervención y Grupo objetivo de Beneficiarios”, la entidad postulante debe contemplar la metodología y las actividades financiables allí descritas, principalmente. Se recomienda que toda actividad se ajuste a este ámbito. El taller, entendiéndose como un trabajo grupal y evaluado, pudiese ser más complejo de ejecutar en esta instancia. Asimismo, tener presente que toda actividad con beneficiarios directos, independiente de su naturaleza, debe considerar las listas de asistencia y medios de verificación respectivos.
Ahora bien, respecto del cumplimiento de número de beneficiarios directos en las actividades propuestas por el proyecto, si bien no se establece un número determinado por actividad, el total de beneficiarios directos que se debe alcanzar al finalizar el proyecto debe ser del 1% en relación a la estimación de cobertura total beneficiarios indirectos que formula la entidad adjudicataria, ya sea con una actividad o con la totalidad de éstas.
Pregunta N° 8
¿El 10% al que accede la empresa Patrocinante, se realiza en el primer mes de ejecución o al finalizar el proyecto?
Respuesta:
El monto del 10% al que accede la entidad Patrocinante, debe ser correctamente rendido y documentado (boletas o facturas), durante el proceso de ejecución del proyecto, y antes de que finalice este mismo. Se sugiere tener presente lo señalado en el Punto N° 11 de las Bases Técnicas en cuanto a entidad Patrocinante: “En caso de participación de una o más Entidad(es) Patrocinante(s) (máximo dos), éstas no podrán acceder en su conjunto a más del 10% del total del monto adjudicado, el que en todo caso debe ser respaldado acreditando los gastos correspondientes y/o la prestación de servicios otorgada”.
Pregunta N° 9
¿En qué ítem se imputará el gasto del 10% para la empresa Patrocinante?
Respuesta:
La participación de la(s) Entidad(es) Patrocinante(s) en el Proyecto puede materializarse en cualquier ámbito del mismo: metodología educativa, gestión, infraestructura, financiamiento, equipamiento, aporte de beneficiarios, redes institucionales, campañas comunicacionales, publicidad, comunicación social u otro, según se señala en el Punto N° 11 de las Bases Técnicas del Concurso.
El gasto de la entidad adjudicataria debe ser imputado en el ítem de la estructura presupuestaria que corresponda, dependiendo de las prestaciones que ésta entregue. Ver punto N° 12 de las Bases Técnicas “Presupuesto”.
Pregunta N° 10
¿Existe formato predeterminado del pagaré para garantías ante notario tomadas por la persona natural?
Respuesta:
Sí, en este XII Concurso FEP, existen formatos de pagarés para todas las personas naturales, organizaciones de la Ley 19.418 y organizaciones de la Ley 19.253 que postulan, tanto para la constitución como Garantías de Anticipo o de Fiel Cumplimiento, según correspondan. Dichos formatos se encuentran disponibles en el sitio web institucional del Concurso, en apartado “Bases y Formularios”. Para mayor información en cuanto a Garantías, revisar Anexo N°7 de las Bases Administrativas.
Pregunta N° 11:
La jornada de difusión explicativa, dice que será convocada antes del cierre de las postulaciones, nos gustaría saber con la anticipación necesaria ya que somos de región y debemos programar viaje a Santiago
Respuesta:
La Subsecretaría de Previsión Social se encuentra llevando a cabo diversas jornadas de información sobre el XII Concurso del Fondo para la Educación Previsional, con el objetivo de dar a conocer los principales requisitos de postulación en esta nueva versión. Las dos últimas jornadas se realizarán el 19 y 24 de abril del presente, a las 9:30 hrs., y a las 15:00 hrs. Respectivamente, en el Auditórium del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, ubicado en Huérfanos 1273, piso 1º, Santiago.
Se requiere inscripción a través del siguiente email: jornadafep@previsionsocial.gob.cl donde debe indicar nombre, organización, región y correo electrónico.
Más Información en la pestaña “Notificaciones”, día 19 de abril.
La Información se encuentra en el sitio web institucional.
Pregunta N° 12:
Al presentar proyecto como persona natural ¿debo firmar algún documento en Notaría, cuál de todos los anexos?
Respuesta:
Durante el proceso de postulación, la persona natural debe presentar firmado ante notario, el Anexo BA N°2, de las Bases Administrativas “Declaración Jurada de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, sólo en el caso en que atendiendo a su naturaleza no pueda obtener el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales en las oficinas de la Dirección del Trabajo.
En el caso el proyecto sea adjudicado, y si como persona natural, al igual que las organizaciones reguladas por la Ley N° 19.418 o por la Ley N° 19.253, podrá constituir como garantía de fiel cumplimiento un pagaré suscrito ante notario, por un valor equivalente al 10% del total del monto del proyecto seleccionado, y con vigencia superior a los cuatro meses desde la fecha de término del proyecto. Lo mismo si el pagaré se utiliza como Garantía de Anticipo según el monto para esta modalidad.
Pregunta N° 13:
Respecto del punto 3.1, de la participación de Personas Naturales. ¿Es posible pudieran aclarar si la Persona Natural postulante es quien debe tener cobertura nacional de sus actividades como tal, o las experiencias de la Persona Natural, pertinentes a este Concurso, deben tener una cobertura Nacional? Por ejemplo, ¿la ejecución de un Proyecto FEP es considerado como una experiencia de cobertura nacional?
Respuesta:
Las Bases Administrativas en su punto N°3.1 “Postulantes, Personas Naturales”, establecen que podrán participar las personas naturales cuya actividad esté preferentemente relacionada con los servicios comunicacionales, de difusión y promoción de programas o políticas sociales, y que posea al menos 5 experiencias comprobables en el desarrollo y ejecución de proyectos de difusión y promoción de programas y políticas sociales con cobertura nacional.
Acorde a lo señalado, la persona que postule en esta calidad debe poseer, idealmente, al menos cinco experiencias comprobables en iniciativas o proyectos con las características mencionadas anteriormente. Puede ser un proyecto FEP u otro que haya tenido alcance nacional -regional. Se sugiere revisar los criterios de evaluación de postulación que se encuentra en el Anexo N° 6 de las Bases Administrativas, particularmente en aquel relativo a los adjudicatarios (1.1), en el cual se detalla que “mayor puntaje tendrán los proyectos que posean al menos 5 experiencias comprobables en proyectos de difusión y/o comunicación en los últimos 5 años, con cobertura nacional –regional.
Pregunta Nº 14:
Solicitamos adjuntar los anexos en formato editable (Word), a fin que puedan ser completados.
Respuesta:
Los anexos se pueden editar se encuentran disponibles en formato Word en el siguiente enlace: https://www.previsionsocial.gob.cl/sps/fep/xii-concurso-fondo-para-la-educacion-previsional-fep/
Pregunta N° 15:
Respecto de las actividades de difusión que se pueden ejecutar en el marco del Programa FEP. La consulta es, ¿Se pueden realizar Charlas Informativas y que estas actividades se dirijan a instituciones, estudiantes, trabajadores y otros?; ya que estas actividades no se encuentran especificadas en las bases del Programa.
Respuesta:
Sí, se pueden realizar Charlas Informativas, siempre y cuando se ajusten a lo señalado en las Bases para el ámbito de intervención del Concurso “difusión”, cuyo objetivo es financiar proyectos que sensibilicen e informen a la ciudadanía respecto del sistema de pensiones chileno y los beneficios de cotizar. Se sugiere no obstante, revisar el Punto Nº 3.1 y 3.2 de las Bases Técnicas en el cual se detalla el objetivo, los grupos objetivos, la metodología y las actividades financiables.
Las actividades deben estar dirigidas a al (los) grupo(s) objetivo(s) detallados en el punto Nº 3.2 anteriormente señalado, esto es:
- Trabajadores /as Dependientes entre 18 y 65 años de edad, y en el cual se puede considerar a integrantes de organizaciones territoriales y/o funcionales, sindicales y/o gremiales que tengan esta condición.
- Trabajadores/s Jóvenes que inicia su vida laboral, que se desempeñan en actividades laborales formales, estudiantes de liceo, instituciones de educación superior y/o técnico profesional.
- Trabajadores/as pre-pensionados que se encuentran a 10 años de pensionarse, entre 50 y 65 años de edad que se desempeñan en actividades laborales formales.
Pregunta Nº 16:
La entidad patrocinante, ¿puede ser una Institución o Servicio Público?, ¿Debe mencionarse en el material educativo la/as entidad/es patrocinante/s?
Respuesta:
Según las Bases de este concurso, no existe inconveniente que entidad patrocinante sea una Institución o un Servicio Público, no obstante, se debe considerar el Punto Nº 4 letra b de las Bases Administrativas del Concurso.
La participación de la/s entidad/es patrocinante/s en el proyecto puede materializarse en cualquier ámbito del mismo: metodología educativa, gestión, infraestructura, financiamiento, equipamiento, aporte de beneficiarios, redes institucionales, campañas comunicacionales, publicidad, comunicación social u otro.
Tener presente además que, de ser una institución pública quien patrocina, respecto de los gastos de dicha entidad, deberá considerar si ésta cuenta con las facultades legales para incurrir en gastos generados en el marco de la ejecución del presente Fondo Concursable, y percibir los montos correspondientes a los gastos en los que ha incurrido.
Es factible que se mencione en el material educativo siguiendo las normas gráficas respectivas, que se entregarán una vez adjudicado el Concurso.
Pregunta Nº 17
¿Es posible comprar con fondos del proyecto, premios para ganadores de un concurso a realizar entre las actividades predeterminadas del proyecto?¿Hasta qué montos? ¿Qué tipos de premios o bienes?
¿Es posible comprar Notebook, tablet, instrumentos musicales, para premios que puedan ser considerados en los recursos para gastos de operación?
Respuesta:
No, no es posible comprar con los Fondos del Concurso ningún tipo de premio . Como lo señalan las Bases Técnicas en su punto Nº 12.3 (Gastos de Inversión), la compra de equipamientos sólo se puede realizar para ser utilizado por el equipo del proyecto para la ejecución del mismo, siempre y cuando haya sido previamente indicado en su formulación.
Asimismo indicar que la normativa de rendición de gastos, señala que será motivo de rechazo los gastos por concepto de premios, donaciones o regalos.
Pregunta Nº 18:
Respecto de los medios de verificación para una actividad masiva, ¿es suficiente, un registro fílmico y fotográfico?
Son medio de verificación, para un acto masivo, Invitaciones a autoridades, afiches de promoción , entre otros?
Respuesta:
Los medios de verificación son los instrumentos a través de los cuales se acredita el cumplimiento de los avances u objetivos de la gestión. Para una actividad, sea masiva o no, estos medios deberán ser coherentes con la naturaleza y características de ésta, y pudieran ser registros fílmicos, fotográficos, audiovisuales, etc.; en definitiva aquellos medios que avalen la materialización de la actividad.
Se deberá tener presente que si estos eventos masivos considerarán beneficiarios directos, dentro de los medios de verificación deberá considerar obligatoriamente la lista de asistencia de los participantes, caracterizados según se establece en el punto Nº 4 de las Bases Técnicas. El formato de la lista de asistencia será proporcionado por la Subsecretaría de Previsión Social.
Pregunta Nº 19
¿Es posible financiar con gastos de operación, una gira de estudios, como premio por participación en un concurso comunal artístico alusivo al tema de la convocatoria, pensando en un universo que abarca al menos 10 colegios técnico profesionales de una comuna ¿Si es así, es posible financiar el traslado, comidas y alojamiento?
Respuesta:
No, no es posible con Fondos del concurso financiar giras de estudios o premios por participación en este Concurso. Favor remitirse a la respuesta d pregunta N° 17
Pregunta N° 20
¿Se debe presentar CV en extenso de todos los integrantes del equipo, o sólo basta con el Formato CV que aparece en formulario de postulación?
Respuesta:
Se debe completar (postulación vía on line) o adjuntar (vía papel), el formato de CV dispuesto en el formulario de postulación del Concurso, y en el Anexo BT N° 3 de las Bases Técnicas. Además debe adjuntar los respaldos respectivos que acrediten lo expuesto de todos los integrantes del equipo de trabajo.
Pregunta Nº 21
- ¿Se puede seleccionar más de un grupo objetivo?
- ¿Cuándo será la convocatoria para la jornada de difusión explicativa que se señala en las Bases?
- Las Municipalidades pueden ser entidades patrocinantes?
Respuesta:
- Sí, el proyecto puede abarcar más de uno de los grupos objetivos establecidos en el punto Nº 3.1 de las Bases Técnicas del Concurso. Es importante recordar que tendrán mayor puntaje los proyectos cuyos beneficiarios se enmarquen en el grupo objetivo del ámbito de difusión del Sistema de Pensiones y Beneficios de Cotizar, como se señala en los Criterios de Evaluación, Anexo BA Nº 6 de las Bases Administrativas.
- Favor remitirse a la respuesta de la pregunta Nº 11. Se requiere inscripción a través del siguiente email: jornadafep@previsionsocial.gob.cl donde debe indicar nombre, organización, región y correo electrónico.
- Como señalan las Bases Administrativas en su punto N° 2, las entidades patrocinantes pueden ser personas naturales o jurídicas que aporten con experiencia, conocimientos, o redes de colaboración, entre otros, a la ejecución de un proyecto. Por lo tanto, una Municipalidad sí puede ser entidad patrocinante siempre y cuando cumpla con los requerimientos establecidos para serlo.
Pregunta N° 22:
En el CD de presentación que contiene el formulario de postulación y aparte de la presentación en papel, ¿deben ir también escaneados todos los otros documentos de respaldo como por ejemplo: CV, copia de títulos, certificados de curso, etc.?
Respuesta:
Tal y como señala el punto N°6 de las Bases Administrativas, la postulación en papel debe ir acompañada de un CD o pendrive, el cual deberá contener copia escaneada del proyecto y copia escaneada de todos los documentos que se presentan con el proyecto.
Pregunta Nº 23:
- En caso de realizar actividades que involucren competencias, ¿el proyecto financia premios o incentivos a entregar a los mejores desempeños?
- Si ejecutor es persona natural, sólo con inicio actividades de 2º categoría ¿para efectos de rendición de cuentas y recibir facturas, debe iniciar actividades de 1º categoría? De ser así, el Proyecto financia obtención de firma electrónica para SII?
Respuesta:
- Favor remitirse a la pregunta Nº 17. No, no es posible comprar con los Fondos del Concurso ningún tipo de premio
- En el XII Concurso FEP, no se exige que una Persona Natural inicie actividades para impuesto de 2° categoría. No obstante, existe una restricción con respecto a la compra de pasajes aéreos por parte de una Persona Natural, ya que las aerolíneas comúnmente exigen inicio de actividades de impuesto de 1° categoría para efectos administrativos hacia el demandante. Por ende, al no ser una exigencia del Fondo, este último no financia obtención de firma electrónica para el Servicio de Impuesto Interno.
Pregunta Nº 24:
- Con respecto a grupo objetivo “…estudiantes de liceos, instituciones de educación superior y/o técnico profesional”, entendiendo que la mayoría de los estudiantes es menor de 18 años, desde que edad se consideran para ser beneficiarios directos?
- En caso de trabajar con organizaciones territoriales o funcionales, se consideran beneficiarios sólo los miembros que sean trabajadores dependientes, o también los que realizan actividad informal, independiente o que no trabajan?
Respuesta:
- Si se desea trabajar con el grupo Objetivo que contempla a “Trabajadores y Trabajadoras Jóvenes que inician su vida laboral, que se desempeñen en actividades laborales formales; estudiantes de liceos, instituciones de educación superior y/o técnico profesional”, específicamente a estudiantes, se debe considerar como edad mínima para incluirlos dentro del proyecto a los que tengan 15 años, pero recomendamos empezar con población que se encuentre en tercero o cuarto medio, puesto que se encuentra pronto a salir del colegio y enfrentarse al mundo laboral. Especialmente en el caso de los colegios técnico – profesionales.
- Si se desea trabajar con el grupo Objetivo que contempla “Trabajadores y Trabajadoras Dependientes entre 18 y 65 años de edad, y en el cual se puede considerar a integrantes de organizaciones territoriales y/o funcionales, sindicales y/o gremiales que tengan esta condición”, estos deben ser trabajadores dependientes, tal como lo indica la definición.
Pregunta Nº 25
- En la enunciación del equipo de trabajo, ¿se puede indicar, por ejemplo 3 o 4 relatores, considerando que se puedan suplir entre ellos?
- Cuando indica que “Se entenderá cumplida la cobertura con un tope de 1.000 beneficiarios”, se trata de beneficiarios directos o indirectos?
- Sobre Entidad Patrocinante, a qué se refiere la frase “Estas no podrán acceder en su conjunto a más del 10% del total del monto adjudicado”?
Respuesta:
- Sí, en la formulación de un proyecto se podría indicar 3 o 4 relatores en el equipo de trabajo, no obstante tener presente que el equipo debe ser coherente con la naturaleza del proyecto, con las funciones que desempeñarán en éste, y su organización interna. Recuerde que el equipo de trabajo, sus competencias y organización interna son criterios evaluables entre otros. Para mayor detalle, revise Anexo BA Nº 6 de las Bases Administrativas del Concurso “Criterios de Evaluación”.
- La muestra se refiere a beneficiarios directos. En este Concurso, los beneficiarios receptores del ámbito de Difusión del Sistema de Pensiones y Beneficios de Cotizar se denominarán Beneficiarios Indirectos, y corresponden a las personas que se beneficiarán de las acciones del proyecto (Bases Técnicas, punto 4). A su vez, el Concurso también contempla Beneficiarios Directos, los que corresponden a una muestra equivalente al 1% del total de Beneficiarios Indirectos. En el caso que su proyecto tenga una cantidad de 100.000 o más beneficiarios indirectos, se entenderá como lograda la cobertura del 1%, cuando la muestra cumpla con el tope de 1.000 beneficiarios directos, a los cuales se les deberá aplicar lo establecido en las Bases Técnicas, punto 4.
- En este Concurso, se valorará positivamente que el proyecto cuente con el apoyo de, al menos, una entidad Patrocinante máximo dos. No obstante, en caso de presentar dos, en su conjunto no podrán acceder a más del 10% del total del monto adjudicado por el proyecto.
Pregunta Nº 26:
Nosotros trabajaremos con la Unión de Juntas de Vecinos y la Agrupación Lupus Chile, las que serán nuestros Patrocinantes, aportándonos con beneficiarios, infraestructura y publicidad. ¿Nosotros cómo podemos aportar a nuestros Patrocinantes el ítem de hasta 10% del fondo adjudicado, entendiéndose que será 5% por cada una?.¿Se puede hacer? ¿Se puede hacer en dinero en efectivo, infraestructura, hermoseo de las sedes?
Por favor solicito aclarar esta duda.
Respuesta:
No, la entidad ejecutora del proyecto no puede donar o aportar montos a las entidades Patrocinantes. Conforme al punto N°2 de las Bases Técnicas, las Entidades Patrocinantes “son personas naturales o jurídicas cuyo fin es aportar eficiencia, calidad o garantía en el diseño, planificación y ejecución del proyecto”. Son entonces las entidades Patrocinantes las llamadas a aportar al proyecto, y no al revés. No se puede hacer por tanto entrega en dinero en efectivo ni en infraestructura o hermoseamiento de sede.
En cuanto al tope del 10% al que pueden acceder las entidades Patrocinantes que se menciona en el punto N° 11 de las Bases Técnicas, podrán hacerlo a través de prestaciones de servicios que éstas le brinden al proyecto, las cuales como cualquier otro gasto deberán ser acreditadas y rendidas a través de boletas o facturas conforme al Manual de Rendición de Cuentas 2018. En ningún caso accederán estas entidades al mencionado porcentaje por concepto de aportes o donaciones. Este 10% máximo del total del monto adjudicado, no es obligatorio, también pueden existir Entidades Patrocinantes que colaboren gratuitamente.
Pregunta Nº 27
Si un publicista del equipo de trabajo es dueño de empresa de publicidad, ¿existe alguna limitación para contratar servicios de su empresa para el desarrollo del material de difusión del proyecto?
Respuesta:
Si, existen limitaciones para contratar servicios de una determinada empresa vinculada a integrantes del equipo de trabajo de un proyecto del Fondo para la Educación Previsional, ya que no se permite la autocontratación.
Es así que la autocontratación o la contratación de personas relacionadas por los ejecutores de los proyectos FEP puede implicar el enriquecimiento por parte de éstos en desmedro del fin especial al que están afectos los recursos del Fondo para la Educación Previsional.
Pregunta Nº 28
En difusión de Radio ¿se puede pagar con Boletas, o sólo facturas?
Respuesta:
Respecto de un proyecto cuya propuesta se relacione con difusión radial, se puede utilizar para la rendición de gastos tanto boletas como facturas, dependiendo del caso. Puede presentar Boletas de Honorarios para pagar por los Servicios profesionales del equipo de trabajo, o por pago de Servicio por actividad única de una persona, respetando la normativa establecida para esto. Asimismo para el pago de Servicios como por ejemplo reproducción y/o distribución de cápsulas radiales o espacios radiales, podrá utilizar Facturas acorde al giro y servicio que se cancela. Estas facturas deben estar correctamente emitidas (vigentes en el SII, indicando cantidad de lo adquirido, detalle, valor unitario y valor total, giro de proveedor coherente con gastos rendidos) a nombre y RUT del Ejecutor. Se recomienda revisar el “Manual de Rendición de Cuentas FEP”, disponible en el sitio web de la Subsecretaría de Previsión Social.
Pregunta Nº 29
Consulto respecto de los montos destinados para la ejecución de los proyectos, ya que en las bases se habla de monto mínimo de $ 50.000.000 y máximo de $ 100.000.000 no aclarando si dependiendo de la territorialidad del proyecto, sean estos comunales, regionales, o nacionales existen tramos mínimos y máximos. Quedamos atentos a su respuesta.
Respuesta:
Favor remitirse a la pregunta Nº 6
Pregunta Nº 30
Estimados/as, según las Bases, existen Beneficiarios Indirectos y Beneficiarios Directos. Si mi proyecto propone hacer difusión a través libros y/o folletos, no me queda claro a qué tipo de beneficiarios es el que se le debe entregar material educativo y cual es el que debe firmar, lo que en concursos anteriores era la “Lista de Asistencia”. Si mi propuesta es entregar información previsional impresa ¿como calculo cuanto material debo imprimir? Podrían ejemplificar con números por favor?
Respuesta:
Tal como lo señalan las Bases Técnicas del Concurso en su punto Nº 2, los beneficiarios indirectos corresponden a las personas que se beneficiarán de las acciones de Difusión del Sistema de Pensiones y los Beneficios de Cotizar del proyecto, pero sin tener un rol activo en el desarrollo del mismo. La estimación de la cantidad se debe fundamentar. Los beneficiarios directos corresponden a las personas sobre las cuales recaerá directamente la acciòn de difusión que considere el proyecto; son las personas que participan activamente de las actividades del proyecto, pudiendo dicha partcipación ser medida en forma objetiva, para lo cual la lista de asistencia es un medio de verificación aplicable sólo a los beneficiarios directos.
El material a imprimir debe ser calculado en base a los objetivos y metas de su proyecto, así, si usted se propone realizar la difusión a través de la entrega de un libro a 1.500 personas de una determinada Región, el número de material que deberá imprimir deberá ser a lo menos de 1.500 libros para cumplir con la meta propuesta, y considerar la entrega, dentro de este total, para 15 beneficiarios directos número que corresponde a la muestra del 1% de los beneficiarios indirectos estimados. Los beneficiarios directos se deben caracterizar en lista de asistencia respectiva.
Recuerde que los beneficiarios del proyecto deben ser del público objetivo establecido para este Concurso.
Pregunta Nº 31
¿Podrían ejemplificar con números la diferenciación entre los Beneficiarios directos y beneficiarios indirectos? No queda claro desde la explicación que se da en las bases, sobre todo si se habla de que los beneficiarios indirectos son quienes se beneficiaran de las acciones de difusión del sistema previsional. No queda claro a hacia que tipo de beneficiario hay que enfocarse.
Respuesta:
Los proyectos deberán considerar tanto beneficiarios indirectos como directos. Estos últimos deberán ser una muestra del 1% del total de beneficiarios indirectos que ustedes, como entidad adjudicataria, estimarán. En este sentido, si determinan alcanzar 1.500 beneficiarios indirectos, dentro de estos deberán considerar una muestra del 1% que equivaldrá a 15 beneficiarios directos.
Señalando otro ejemplo para una mayor comprensión de lo definido en el punto N° 4 de las Bases Técnicas del Concurso, si un proyecto compromete una cobertura de 3.000 Beneficiarios Indirectos (BI), será requerido el cumplimiento de 30 Beneficiarios Directos (BD), correspondientes al 1% de los BI. El tope de 1.000 beneficiarios directos es para aquellos proyectos que estiman un número mayor o igual a 100.000 beneficiarios indirectos.
Ahora bien, los proyectos deberán enfocarse a la totalidad de sus beneficiarios, directos e indirectos, los cuales deben encontrarse dentro de los grupos objetivos definidos para este Concurso, y que se detallan en el punto Nº 3.2 de las Bases Técnicas.
Pregunta N° 32:
La consulta es en relación a los grupos objetivos ¿Sólo se debe elegir 1 grupo objetivo?. Es decir ¿se puede presentar un proyecto que abarque algunas actividades con un grupo objetivo y otras acciones con otro grupo objetivo?
Respuesta:
En este XII Concurso FEP, se puede escoger uno o más grupos objetivos con los cuales trabajar, dentro de aquellos detallados en el punto Nº 3.2 de las Bases Técnicas. Efectivamente, se puede presentar un proyecto que abarque algunas actividades con un grupo objetivo y otras acciones con otro grupo objetivo.Sin embargo, se deberá cautelar que las acciones, actividades y/o contenidos a desarrollar, estén focalizadas para cada grupo objetivo de manera diferenciada.
Pregunta Nº 33:
Si el proyecto se postula con una duración de 4 meses pero se realizan todas las actividades y cumplen los objetivos en 3 meses, ¿se puede acortar los tiempos de ejecución, o es obligatoria la ejecución a 4 meses? Gracias
Respuesta:
La ejecución de los proyectos deberá ajustarse a la propuesta presentada por la adjudicataria en el Formulario de Postulación. En este sentido, el proyecto debe cumplir con la cobertura y actividades propuestas para los meses de ejecución que ilustra el cronograma elaborado y presentado en el Formulario de Postulación. Es importante recordar que las modificaciones en ningún caso podrán afectar el puntaje obtenido en el proceso de evaluación como lo señalan las Bases Administrativas, en su punto N°18.
Pregunta Nº 34
Para las Instituciones Patrocinantes, en caso de ser Municipalidades que deseen apoyar el proyecto a través de su Infraestructura y otras acciones, ¿se acepta que la Carta esté firmada por el Director del área que entregará su apoyo? ¿O debe ser obligatoriamente el Alcalde quien firme? ¿Quien actúa como representante legal? En caso de no aceptar Instituciones públicas favor informar. Gracias de antemano.
Respuesta:
Lo Patrocinantes pueden ser personas naturales o jurídicas, privadas o públicas. Si la entidad Patrocinante es una persona jurídica, quien deberá firmar los documentos respectivos es el representante legal. Las Municipalidades no son una excepción y por lo tanto los documentos deberán ser firmados por su representante legal que es el Alcalde. Dado lo anterior, respondiendo a la pregunta, no podrá firmar el Director dado que este no es el representante legal de la Municipalidad que patrocinará el proyecto.
Pregunta N° 35:
En el anexo BA número 6 denominado “Criterios de Evaluación del Adjudicatario”, punto 1.1, ¿a qué se refieren las Bases por “ proyectos” al señalar que recibirán el puntaje aquellos “proyectos” que posean al menos 5 años de experiencia comprobable en proyectos de difusión y/o comunicación? ¿Qué se entiende por “experiencia comprobable”? ¿Cómo se acredita?
Respuesta:
De acuerdo a lo dispuesto por las Bases del Concurso, se entenderá por experiencia comprobable en Proyectos Comunicacionales y/o de Difusión, aquellos realizadas durante los últimos 5 años, es decir desde el 2013 al 2017, y por los cuales posean algún medio verificación y/o respaldo que dé prueba de su desarrollo, como por ejemplo, documentos o certificado emitido por la(s) institución(es) respectivas a la que se les brindó servicios. No obstante en el punto 1.1.2 del Formulario de postulación deberá completar la información requerida sobre la identificación de la entidad postulante en proyectos comunicacionales y/o de difusión, y adjuntar el respaldo correspondiente que la acredite.
Pregunta Nº 36:
¿Puede postular una persona jurídica con Dicom o que sus socios tengan Dicom aún cuando la persona jurica no lo tenga?
Respuesta:
Sí. Es posible que una persona jurídica en DICOM postule al XII Concurso FEP, siempre y cuando no tenga deudas previsionales, lo cual es informado mediante el Anexo BA N°2 – Declaración Jurada de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, y acredite su solvencia económica de conformidad con lo dispuesto en las Bases Administrativas del Concurso, y los requerimientos solicitados en el Formulario de Postulación al respecto.
A la vez, también es posible que postule una persona Jurídica, y que uno de los miembros socios de su empresa tenga DICOM.
Para todos los casos, se debe cumplir con la entrega de la totalidad de documentos necesarios para presentar el proyecto. Se recomienda revisar el punto N°2 – Documentos del Concurso, de las Bases Técnicas.
Pregunta Nº 37:
Si el proyecto contempla varias comunas de varias provincias de una región, pero NO contempla abarcar toda la región, ¿se considera proyecto comunal o regional?; y si el proyecto contempla varias comunas de varias regiones, se considera comuna, regional o nacional?
Respuesta:
Considerando que para este XII Concurso FEP, los proyectos podrán desarrollarse en todo el territorio nacional, abarcando una o más regiones, provincias y comunas del país (Punto Nº 8 Bases Técnicas), al momento de clasificar su territorialidad en el Formulario de Postulación, la selección debe poseer congruencia con el enfoque del proyecto. Esto quiere decir, estar en directa relación con los objetivos que se plantean, la caracterización de su grupo objetivo, y la propuesta de actividades a ser realizadas. Con todo, un proyecto que contempla varias provincias de una región pero no abarca toda la región será Regional; y si el proyecto contempla varias comunas de varias regiones se considerará nacional.
Pregunta Nº 38
¿Cuál es el mínimo de beneficiarios directos ?
Respuesta:
El mínimo de beneficiarios directos de un proyecto estará dado por el número de beneficiarios indirectos que el proyecto estime, ya que los beneficiarios directos corresponderán al 1% de los beneficiarios indirectos que se haya establecido en la formulación del proyecto.
Se sugiere revisar Punto N° 4 de las Bases Técnicas del Concurso.
Pregunta N° 39:
Mas bien es un error de tipeo de las Bases.Dice en el formulario remitirse a la BT pto 9.4 metodologia y las Bases dicen 9.3 metodologia.Lo cual provoca confusión.
Respuesta:
Si, efectivamente existe un error en las Bases Técnicas, ya que el punto “9.3 Metodología” debió decir: “9.4 Metodología”. Para ello se rectificó a través de una notificación en el sitio web de la Secretaría de Previsión Social: www.previsionsocial.gob.cl
Pregunta Nº 40:
- ¿Una empresa que postula al FEP 2018 puede aparecer como entidad patrocinadora en otro proyecto?
- ¿Cual sería el papel efectivo para demostrar acreditación de representación legal de las entidades Patrocinantes?
Respuesta:
- Sí. Un postulante al XII Concurso FEP puede ser entidad Patrocinante en otro proyecto, siempre y cuando, esto no perjudique la correcta ejecución de su proyecto y logre respaldar los aportes como Patrocinante. Se le recomienda revisar el punto N°11 – Entidad Patrocinante-, de las Bases Técnicas del Concurso. No obstante, tener en consideración que se valora positivamente que esta(s) entidades puedan aportar experiencia o conocimiento en las materias atingentes al proyecto. Asimismo, cuidar que por esta vía, ser ejecutor y Patrocinante, no se convierta en una situación de lucro. Por consiguiente, los ejecutores adjudicados en los respectivos concursos del Fondo para la Educación Previsional deben emplear los recursos de éste con el exclusivo objeto de realizar sus propuestas, en el marco del fin público especial señalado en el artículo 44 de la ley N° 20.255. Luego, estos recursos no pueden servir a intereses privados ni para beneficio propio de los ejecutores. Vale decir, los recursos del Fondo para la Educación Previsional no deben importar un incremento en el patrimonio del ejecutor.
- Durante la postulación, a la entidad Patrocinante se le requerirá adjuntar el Anexo BT N°2 y BT Nº 6 de las Bases Técnicas del Concurso: Carta Compromiso de Participación y Certificado de Aporte de la Entidad Patrocinante.
Pregunta N° 41:
1.- Sobre la territorialidad. ¿Qué define a un proyecto Comunal, Regional o Nacional?
2.- ¿El Patrocinante al igual que el Coordinador deben firmar todos los Informe de Avance de resultados, de Gestión y de Gastos?
3.- ¿La propuesta para el trabajo con comunidades migratorias debe ir acompañada por Carta de Compromiso de alguna organización y/o Departamento Municipal de Migraciones?
Respuesta:
- El territorio en el cual va a intervenir define la territorialidad del Proyecto, la cual debe ser coherente con la propuesta presentada. No obstante, se entenderá que un proyecto que abarque una comuna o más dentro de una misma provincia, será comunal. Si abarca varias comunas en distintas provincias será Regional; y si abarca varias comunas en distintas regiones o más regiones, será Nacional. Favor remítase a la Respuesta de la Pregunta N° 37.
- El encargado de la firma del Informe de Avance de resultados, de Gestión y de Gastos es el coordinador del proyecto, tal y como ocurre en el caso del comprobante de ingreso de los recursos fiscales, lo que aparece descrito en el Manual de Rendición de Cuentas.
- Si un proyecto incluye dentro de sus beneficiarios a migrantes, debe de ser declarado en el Formulario de Postulación, sin embargo no es necesario que se presente una carta de compromiso de alguna organización o departamento municipal. Es importante recordar que se valorará positivamente que el proyecto cuente con el apoyo de una o dos Entidades Patrocinantes, las que puedan aportar experiencia o conocimiento en las materias atingentes al proyecto, como se expone en las Bases Técnicas, punto 11. En este caso puede ser en el tema de migrantes.
Pregunta N° 42:
- En el Presupuesto en el ítem 01 de Gastos personal ¿es posible incorporar en 01.03 un especialista que no tenga título y trabaje durante todo el desarrollo del proyecto?
- En el Presupuesto el ítem 02.07 no está en el Manual de Cuentas, favor definir y aclarar.
Respuesta:
- Sí, es posible incorporar en el Ítem presupuestario 1.03 un especialista que no tenga título, debido a que ese ítem tiene la posibilidad de cargar los cargos que cumplan con perfil y funciones de profesional o técnico, no teniendo título, en el aparatado “otros”.
- El ítem 2.07, “Arriendo de Infraestructura y equipo” se incorpora en los Gastos de Operación del Presupuesto de este XII Concurso, y en el Manual de Cuentas, el cual se encuentra dispuesto en el sitio web institucional.
Pregunta 43:
- Respecto de la doble función que puede realizar el Coordinador este año en el Programa Fep, ¿Se deben emitir boletas de honorarios según cada función realizada?
- Respecto del porcentaje de financiamiento que puede recibir la Entidad Patrocinante, en el caso que el aporte sean redes ¿existe un mecanismo para valorizar este apoyo o queda a criterio de la entidad postulante?
- Respecto de las Entidades Patrocinantes ¿Pueden los Servicios Públicos o Municipios recibir el 10% por apoyo en redes?
Respuesta:
- Sí, en el caso que el coordinador tenga doble función en el proyecto, deberá emitir una boleta de honorario y un informe de actividades para cada función. Siempre deberá cautelar la compatibilidad de la jornada laboral. Asimismo, se deberá asumir el gasto en los ítems correspondientes según las funciones que desarrolle.
- El aporte de la Entidad Patrocinante se valoriza a través del Anexo BT N° 6 de las Bases Técnicas del Concurso “ Certificado de Aportes de Entidad Patrocinante”; si bien lo valoriza la propia entidad Patrocinante, debe ser coherente con el tipo de aporte, la naturaleza de éste, y el valor de mercado de estos.
- Según las Bases de este concurso, no existe inconveniente que entidad Patrocinante sea una Institución o un Servicio Público, no obstante, se debe considerar el Punto Nº 4 letra b de las Bases Administrativas del Concurso. Tener presente además que, de ser una institución pública quien patrocina, respecto de los gastos de dicha entidad, deberá considerar si ésta cuenta con las facultades legales para incurrir en gastos generados en el marco de la ejecución del presente Fondo Concursable, y percibir los montos correspondientes a los gastos en los que ha incurrido. Favor remitirse a la respuesta de la pregunta N° 16.
Pregunta N° 44:
En la página 29 de las Bases Administrativas, en el punto1.1 Criterios relativos a los adjudicatarios, ¿cuál es el criterio con que se asignarán el puntaje de 14 puntos a quien tenga menos de 5 años de experiencia? es decir: 1, 2,3,4 años de experiencia en proyectos de comunicación y/o difusión?
Respuesta:
La cantidad de años de experiencia, tendrá una relación directa y proporcional al puntaje asignado, de modo que la persona que demuestre más años de experiencia en proyectos de comunicación y/o difusión, obtendrá un mayor puntaje. Se sugiere revisar el anexo N° 6 de las Bases Administrativas del Concurso.
Pregunta N° 45:
Según las Bases, el segundo grupo objetivo son trabajadores/as jóvenes de liceos, universidades e institutos técnicos. La consulta es ¿es posible trabajar con estudiantes de 3ro y 4to medio? considerando que las bases indican mayores de 18 años y en estos cursos encontraremos jóvenes menores de edad.
Respuesta:
Las Bases Técnicas del Concurso, en su punto 3.2 “ Grupos Objetivos”, señalan que se ha definido entre los grupos objetivos de intervención, a los “ Trabajadores y Trabajadoras Jóvenes que inician su vida laboral, que se desempeñan en actividades laborales formales; estudiantes de liceos, instituciones de educación superior y/ o técnico Profesional”, por tanto es posible trabajar con estudiantes de tercero y cuarto medio, particularmente pues se encuentran más cercanos, en algunos casos, a insertarse en el mundo laboral
Asimismo, la edad mínima para trabajar en Chile es de 15 años, por lo tanto todos los jóvenes que a partir de esa edad hayan iniciado su vida laboral o que estén por hacerlo, y que estudien en un liceo o en una institución de educación superior, son parte del segundo grupo objetivo de este XII Concurso FEP. Acorde a ello, sí es posible que el proyecto proponga como beneficiarios a estudiantes de 3ero y 4to medio.
Pregunta N° 46:
El presente concurso ¿contempla aportes a los beneficiarios del proyecto como movilización o monetarios?
Respuesta:
El actual Concurso sí considera pago de movilización para beneficiarios del proyecto. Tal como se señala en el punto Nº 12 de las Bases Técnicas, “Presupuesto”, el ítem 04 de los Gastos de Operación para “Atención a Beneficiarios”. En este ítem se puede cargar, entre otros, traslados y movilización de las/os beneficiarias/os directos” del proyecto. La rendición de estos recursos, debe ajustarse al “Manual de Rendición de Cuentas”, y se utilizará planilla dispuesta en el Anexo Nº6 de este Manual, y que se encuentra dispuesta en el sitio web institucional.
Pregunta N° 47:
En beneficiarios, cuando se menciona el número esperable de 1.000, ¿ello se refiere a beneficiarios directos o beneficiarios indirectos? (Punto 4, Hoja 6 Bases técnicas)
Respuesta:
En el punto Nº 4 de las Bases Técnicas del concurso, se menciona que “ este ámbito contempla Beneficiarios Directos cuando correspondan a las personas que constituirán una “muestra” con la cual se realizará la o las evaluaciones de resultados estipuladas en el punto relativo a la metodología del proyecto. Esta muestra es equivalente al 1% del total de Beneficiarios Indirectos. En este sentido, “la muestra” se refiere a Beneficiarios Directos; específicamente al tope máximo de Beneficiarios Directos (BD) que un proyecto, en base a la estimación de los beneficiarios indirectos que indique.
Pregunta Nº 48:
¿Los gastos de viaje del equipo están considerados en el presupuesto?¿ Pueden ser incorporados gastos de aseguramiento previos en regiones en el primer mes ?
Respuesta:
Si, los gastos de viaje del equipo se consideran en el presupuesto. Según el punto N°12.2 – Gastos de Operación, de las Bases Técnicas, el traslado del equipo de trabajo corresponderá al gasto realizado en marco de actividades realizadas en comunas distintas a la de origen del proyecto, en caso que se precise y argumente. Por ende, se entiende que todos estos gastos deben ser realizados durante el proceso de ejecución del proyecto y respaldados según corresponda, previa autorización del supervisor.
Pregunta N° 49:
En el caso de considerar el foco 2, de estudiantes, ¿qué ocurre con aquellos que tienen menos de 18 años de liceo técnico profesional? ¿Pueden ser considerados beneficiarios directos?
Respuesta:
Sí, los estudiantes menores de 18 años de liceo técnico profesional pueden ser considerados beneficiarios directos. No obstante se recomienda que la edad mínima sea de 15 años, considerando que ésta es la edad para trabajar en Chile, por lo tanto todos los jóvenes que a partir de esa edad hayan iniciado su vida laboral o que estén por hacerlo, y que estudien en un liceo son parte del segundo grupo objetivo de este XII Concurso FEP. Acorde a ello, sí es posible que el proyecto proponga como beneficiarios a este grupo de estudiantes.
Pregunta N° 50
¿A través de qué medio se validan los beneficiarios indirectos en el caso de uso de metodología de difusión mediante de radio, medios online, medios informativos impresos y estrategia de difusión en vía pública?
Respuesta:
Los beneficiarios indirectos se acreditarán a través de un certificado de cobertura emitido por el proveedor del servicio de difusión, o los mecanismos que tenga establecido el medio para la medición (audiencia, tiraje en el caso de medios escritos, etc.)Así por ejemplo si el proyecto decide hacer difusión radial, será la Radio respectiva la que deberá otorgar un certificado de cobertura en donde se indique el número de beneficiarios a los que llegará el mensaje radial de difusión. Junto a lo anterior, se sugiere cautelar el cumplimiento del 1% de beneficiarios directos con tope de 1.000 personas, el cual debe ser presentado de acuerdo a lo señalado en el punto N° 4 las Bases Técnicas.
Pregunta N° 51
- ¿Se pueden realizar charlas en el caso de estrategia de producción mediante eventos?
- La entidad Patrocinante ¿debe tener experiencia exclusiva en materias previsionales?
Respuesta:
Sí, se pueden realizar Charlas a través de la figura de Eventos Públicos, siempre y cuando, estas tengan como objetivo sensibilizar e informar a la ciudadanía respecto del Sistema de Pensiones Chileno y los beneficios a cotizar. A la vez, dichos eventos públicos deben estar dirigidos a el o los grupos objetivos que hayan establecido en la fromulación del proyecto.
No, la Entidad Patrocinante no debe poseer necesariamente experiencia exclusiva en materias previsionales. Es decir, se valorara positivamente que la(s) Entidad(es) Patrocinante(s), puedan aportar en experiencia o conocimiento en las materias atingentes al proyecto. Entiéndase tanto como conocimiento sobre el sistema de pensiones o bien experiencia en comunicaciones, difusión o promoción de contenidos a nivel general.
Pregunta Nº 52:
El formato de ingreso de documentos escaneados sólo permite en PDF, y los de escaner generalmente son JPG y no los reconoce.
Respuesta:
De acuerdo a la información entregada por el Área de Tecnología de la Información de esta Subsecretaría –encargada del formulario de postulación web–, no existe un problema de compatibilidad de archivos, ya que todas las casillas que incluyen un botón de “adjunte” están programadas para recibir cualquier tipo de documento (Archivos soportados : gif, jpg, png, tiff, doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, pdf, rar, zip).
Se le recomienda revisar el anexo BT N°1 – Recomendaciones Tecnológicas para la presentación del proyecto a través del Formulario Web. La única limitante de esta plataforma es el peso de un archivo, el cual no puede exceder los 10 MB.
Pregunta N° 53:
Respecto los beneficiarios, ¿son considerados beneficiarios directos aquellos que son cotizantes pero que hoy no se encuentran cotizando o lo realizan de manera estacional (por temporada)?
Respuesta:
Los beneficiarios del proyecto, deben estar enmarcados dentro de los tres Grupos Objetivos definidos en el punto N° 3.2 de las Bases Técnicas del XII Concurso, esto es:
- Trabajadores y Trabajadoras Dependientes entre 18 y 65 años de edad, y en el cual se puede considerar a integrantes de organizaciones territoriales y/o funcionales, sindicales y/o gremiales que tengan esta condición
- Trabajadores y Trabajadoras Jóvenes que inician su vida laboral, que se desempeñen en actividades laborales formales; estudiantes de liceos, instituciones de educación superior y/o técnico profesional.
- Trabajadores y Trabajadoras Pre-pensionados que se encuentran a 10 años de pensionarse, entre 50 y 65 años de edad que se desempeñen en actividades laborales formales.
En este sentido, los beneficiarios directos e indirectos del proyecto, deben cumplir con estas características, y los beneficiarios que menciona en su pregunta podrían estar vinculados en estos grupos. Como señalan las Bases Administrativas en Anexo 6 (Criterios de Evaluación Postulación), en su punto 2.2, tendrán mayor puntaje los proyectos cuyos beneficiarios se enmarquen en el grupo objetivo del Ámbito de Difusión del Sistema de Pensiones y Beneficios de Cotizar.
Se recuerda que los Beneficiarios Directos son aquellos que corresponden a una muestra del 1% del total de Beneficiarios Indirectos que pretende abarcar el proyecto, como lo indica el punto 4 de las Bases Técnicas. Por lo tanto dependiendo de los Beneficiarios Indirectos que defina el proyecto, de ellos se deberá tomar una muestra de un 1% como Beneficiarios Directos.
Pregunta N°54
- ¿Una organización social se puede considerar como entidad Patrocinante, por ejemplo una comunidad indígena?
- ¿Una agencia de publicidad se puede considerar como entidad Patrocinante?
- ¿Se podrá contar con las autoridades regionales (Seremis) en las actividades y productos que considera el proyecto?, por ejemplo: cápsulas radiales, spot televisivo, especial impreso u otro.
Respuesta:
- Sí, ambas pueden ser consideradas Entidades Patrocinantes. Las Entidades Patrocinantes pueden ser personas naturales o jurídicas con experiencia, conocimientos, redes de colaboración, capacidad económica y cualquier otro elemento que sume eficiencia, calidad o garantía en el diseño, la planificación y ejecución del proyecto. La participación de la(s) Entidad(es) Patrocinante(s) en el Proyecto puede materializarse en cualquier ámbito del mismo: metodología educativa, gestión, infraestructura, financiamiento, equipamiento, aporte de beneficiarios, redes institucionales, campañas comunicacionales, publicidad, comunicación social u otro. Para mayor detalle revisar puntos N° 2 y N° 11 de las Bases Técnicas del Concurso.
- Si, una agencia de publicidad puede ser Patrocinante.
- Sí, las autoridades locales de la cartera de Trabajo y Previsión Social y los servicios vinculados, podrían participar en las actividades que realicen los proyectos. Cabe señalar que los proyectos deberán canalizar y coordinar la invitación de acuerdo a los medios formales y plazos adecuados, y la participación dependerá de la disponibilidad de las autoridades invitadas. No obstante tener en consideración que la participación de las autoridades regionales, no puede estar vinculada a la rendición de algún gasto que presente el ejecutor.
Pregunta N° 55:
En relación a la territorialidad del proyecto ¿cuál es el criterio para identificar si un proyecto es, Comunal, Regional o Nacional? Gracias
Respuesta:
Si bien lo territorial sólo se vinculará con la coherencia de la formulación de la propuesta, sus objetivos y público(s) objetivo (s), se entenderá que un proyecto que abarque una comuna o más dentro de una misma provincia, será comunal. Si abarca varias comunas en distintas provincias será Regional; y si abarca varias comunas en distintas o más regiones, será Nacional. Favor remítase a la Respuesta de la Pregunta N° 41.
Pregunta N° 56:
En relación al punto 4 de las bases técnicas, ¿Qué acciones se debe beneficiar una persona para ser considerada Beneficiario Directo?
Respuesta:
Los Beneficiarios Directos, corresponden a las personas que constituirán una “muestra” del proyecto, los cuales equivalen al 1% del total de Beneficiarios Indirectos, a las cuales se les realizará la o las evaluación/es de resultados estipuladas en el punto N°9.3 relativo a la Metodología del Proyecto de las presentes Bases Técnicas. Para la medición de los resultados del proyecto, se podrán utilizar focus group, encuestas u otras herramientas relacionadas, las cuales el postulante deberá proponer y describir claramente en el punto 3.3 – Metodología del proyecto del Formulario de Postulación.
Pregunta N° 57:
En relación Al grupo objetivo B considera a estudiantes de liceos. ¿Estos pueden ser de Liceos Técnicos Profesionales y de Liceos Científico humanistas? ¿Ambos estudiantes son considerados con el mismo puntaje?
Respuesta:
Como indican las Bases Técnicas en el punto N° 3.2 “Grupo Objetivo”, los trabajadores jóvenes que inician su vida laboral, que se desempeñen en actividades laborales formales; estudiantes de liceos, instituciones de educación superior y/o técnico profesional, son parte del segundo grupo objetivo de este XII Concurso FEP. En este sentido, tanto los Liceos Técnicos- Profesionales como los Liceos Científico- Humanista están incluidos dentro de este mismo grupo, y se evalúa en los “Criterios relativos a la Identificación y caracterización de los Beneficiarios”, indicado en el punto 2.2 del Anexo BT N° 6 de las Bases Administrativas.
Pregunta N° 58:
Dentro de la información con la cual se realizará la caracterización de los beneficiarios directos, ¿No se considera la firma de estos?
Respuesta:
Sí, la caracterización de los beneficiarios en la lista de asistencia, sí considera la firma de los beneficiarios directos. Es el medio de verificación imprescindible para los beneficiarios directos del proyecto y será proporcionada por la Subsecretaría de Previsión Social una vez adjudicados los Fondos.
Pregunta N° 59
¿El representante legal de una institución puede ocupar el cargo de coordinador de Proyecto?
Respuesta:
Sí, por favor remítase a la respuesta de la pregunta N° 3.
Pregunta Nº 60:
Primero felicitarlos por el cambio que se le ha dado a este fondo, si al fin y al cabo sólo uno ahorrando más puede mejorar su pensión. Mis preguntas son las siguientes:
- ¿Habrá un manual de rendición, y si es así, cuando estará disponible?
- Una persona natural, ¿cómo acredita experiencia en difusión, sirven proyectos sociales de fondos municipales o algún organismo público en educación?
- ¿Podría cargarse una publicidad pagada en Facebook y considerarlos beneficiarios indirectos?
Respuesta:
- Respecto del Manual de Cuentas, éste ser encuentra disponible en el sitio web Institucional: https://www.previsionsocial.gob.cl/sps/fep/xii-concurso-fondo-para-la-educacion-previsional-fep/
- Dependiendo de la experiencia de cada persona, es como se acredita la experiencia en proyectos de difusión. Por ejemplo, si participó como integrante de algún proyecto de difusión y puede comprobarlo, o fue el ganador de algún fondo concursable. Se sugiere Revisar el Anexo Nº 6 de la Bases Administrativas, en el cual se indican los Criterios de Evaluación del Concurso.
- Respecto de la publicidad en Facebook, usted debe averiguar primero si es que esta plataforma de redes sociales cuenta con algún documento tributable legal en Chile, en este caso facturas, que acredite el pago de un servicio específico como lo es la publicidad, condición necesaria para contratar cualquier servicio relacionado. Respecto a si estos sirven como beneficiarios indirectos, la respuesta es sí, ya que serían parte de un plan de difusión Online.( Revisar)
Pregunta N° 61:
- Las personas naturales que desean postular ¿deben poseer el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales al momento de su postulación? Y ¿el equipo de profesionales y técnicos que conformen el equipo de trabajo deben cumplir con lo mismo?
- Con respecto a las Bases, me confunde la diferencia entre la entidad Patrocinante y entidad ejecutora. ¿Cuál es la diferencia?
- ¿El proyecto se puede trabajar a nivel intercomunal?
Respuesta:
- Todo postulante, ya sea persona natural o jurídica que presente un proyecto, debe de estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales al momento de su postulación. Este cumplimiento deberá de ser acreditado mediante certificados emitidos por la inspección del trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de la información. En caso que, por la naturaleza del ejecutor, no fuere procedente el certificado mencionado, se considera como certificación válida la Declaración Jurada de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Anexo BA N°2). Para el caso del equipo de técnicos y profesionales no se requiere acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales.
- Según las Bases Administrativas, en su punto N° 2, se define a la Entidad Patrocinante como persona natural o jurídica con experiencia, conocimientos, redes de colaboración, capacidad económica y cualquier otro elemento que sume eficiencia, calidad o garantía en el diseño, la planificación y ejecución de un proyecto determinado. En cambio la Entidad Ejecutora es aquella que postuló el proyecto y que se lo ha adjudicado para su ejecución.
- Los proyectos podrán desarrollarse en todo el territorio nacional, abarcando una o más regiones, provincias y/o comunas del país, según Bases Técnicas en su punto N° 8. Por lo tanto, sí es factible plantear un proyecto con ejecución a nivel intercomunal.
Pregunta N° 62
- Si la organización ha trabajado haciendo videos o cortometrajes ¿se considera como una experiencia comunicacional aunque no esté inserto en un plan de difusión?
- ¿La producción de teatro se considera como experiencia comunicacional?
Respuesta:
- Si se considera una experiencia comunicacional. Las experiencias en proyectos de comunicación y/o difusión no dependen de si el producto está enmarcado en un plan de difusión, puesto que también se considerarán válidas las acciones aisladas de comunicación y difusión.En el caso de los videos o cortometrajes,sólo se considerarán una experiencia válida si el objetivo de las acciones fue esencialmente la difusión y comunicación de alguna temática específica.
- Para el caso de la producción de obras de teatro, sólo se considerarán una experiencia válida como experiencia comunicacional, en la medida que su objetivo haya sido la difusión y comunicación de determinada temática.
Pregunta N° 63:
- El punto 1.2. Idoneidad del equipo de trabajo. Se hace mención a temas técnicos generales. ¿Se valora que las personas técnicas del equipo tengan formación en el área previsional?
- En punto sobre el Coordinador se pide experiencia en proyectos de difusión y luego dice “se considerará información curricular”,¿eso quiere decir que se requiere también experiencia en materia previsional o se valorará la misma?
Respuesta:
- Sí, se valorará la formación en el área previsional de aquellos cargos que así lo ameriten, como por ejemplo: encargados de contenidos. De acuerdo a esto, será valorada la experiencia y competencias técnicas que el equipo de trabajo presente, de acuerdos a las respectivas funcionesque cada cargo defina.
- De acuerdo a lo establecido en las Bases Técnicas en su punto N° 10, Recursos humanos del proyecto, se valorará especialmente que el Equipo Ejecutor esté conformado por profesionales y técnicos que acrediten conocimiento y/o experiencia en el ámbito de intervención del Concurso, es decir en Difusión. De esta forma, se evaluará que tengan conocimiento en el desarrollo de planes de difusión, diseño y ejecución de campañas comunicacionales y/o publicitarias, diseño gráfico de materiales, elaboración de soportes web y todos aquellos productos y ámbitos relacionados con el proyecto, debiendo adjuntar para ello, los currículum según Formato Anexo BT Nº 3.
Pregunta N°64:
- Considerando que el formato es difusión, ¿En qué momento se asegura la aprobación de los contenidos?
- ¿Cómo será el mecanismo de aprobación de las piezas comunicacionales y los mensajes?
- ¿Habrá plazos definidos para revisión?
Respuesta:
- Respecto de la aprobación de contenidos, todos los materiales educativos serán visados por la Unidad de Educación Previsional, quienes velarán por el correcto uso y pertinencia de los contenidos previsionales, tal como se indica en el punto Nº 14 de las Bases Técnicas de este Concurso. Los ejecutores contarán una guía de contenidos previsionales. Los materiales deberán ser elaborados durante el primer mes, con el fin de contar oportunamente con estos en el proceso de ejecución de las actividades. No obstante, elaboración y producción de éste, podrá contar con plazos diferentes de acuerdo a la naturaleza y modalidad a utilizar por el proyecto en casos justificados. Su aprobación estará supeditada a lo antes expuesto, particularmente en lo que dice relación a la pertinencia del grupo objetivo y lineamientos del concurso.
- Cada pieza comunicacional o material de difusión, deberá pasar por tres áreas antes de autorizarse su impresión: Supervisor FEP quien autorizará la pertinencia del material; Encargado de la Unidad de Educación Previsional, quien visará los contenidos previsionales y por el área de Comunicaciones de la SPS, quienes revisarán que los materiales cumplan con la normativa de imagen y lineamiento Gubernamental.
- Tal como se indica en el punto N°9.5 de las Bases Técnicas “Plan de Trabajo” – etapa 1: “Preparación de materiales de difusión necesarios que considere la propuesta del proyecto”, la cual tiene una duración máxima de 30 días corridos, una vez iniciada la ejecución del proyecto.
Pregunta N° 65:
Si el postulante realizó afiches, cápsulas radiales, videos y folletos en FEP anteriores u otros Proyectos sociales, ¿será considerado como experiencia en difusión y comunicación?
Respuesta:
Como se señala en el punto Nº 3 de las Bases Administrativas, “podrán postular aquellas personas naturales o jurídicas, cuya actividad laboral esté preferentemente relacionada con los servicios comunicacionales, de difusión y promoción de programas o políticas sociales que posea al menos cinco experiencias comprobables en el desarrollo y ejecución de proyectos de difusión y promoción de programas y políticas sociales con cobertura nacional-regional”. En este sentido, la realización de afiches, cápsulas radiales, videos y folletos FEP, se considerará como experiencia sólo en la medida que la entidad postulante acredite que los productos del proyecto estaban relacionados con la difusión y comunicación de determinadas materia, y no sólo con la mera prestación de un servicio en el marco de un proyecto.
Cabe destacar que como se señala en el punto Nº 1 del Anexo BA Nº 6 de las Bases Administrativas, mayor puntaje tendrán los proyectos que posean al menos 5 experiencias comprobables en Proyectos de Difusión y/o Comunicación en los últimos 5 años, con cobertura nacional-regional.
Pregunta N° 66
¿Pueden ser beneficiarios directos funcionarios públicos, que estén sujetos al sistema de reparto? (DIPRECA)
Respuesta:
No existe inhabilidad para que funcionarios públicos pertenecientes a DIPRECA sean beneficiarios directos del proyecto, no obstante hay que considerar que este XII Concurso de Proyectos de Difusión del Sistema de Pensiones y Beneficios de Cotizar, tiene como objetivo sensibilizar e informar a la ciudadanía respecto de programas sobre el sistema actual de pensiones chilenos, por tanto, la justificación y la pertinencia de la incorporación de personas pertenecientes a un sistema diferente al DL 3.500 y sus Reformas respectivas, deben quedar claramente expresadas en la formulación del proyecto.
Pregunta N° 67:
Somos una Radio y consideramos generar un programa Radial….el espacio de producción y al aire como se cobra si somos los mismos dueños de la emisora?
Respuesta:
Existen limitaciones para contratar servicios de proveedores que posean el mismo RUT de la entidad ejecutora, ya que no se permite la auto contratación, pues puede implicar el enriquecimiento por parte de éstos en desmedro del fin especial al que están afectos los recursos del Fondo para la Educación Previsional.
Pregunta N° 68:
Dado que es la primera vez que este medio de comunicación postula al fondo FEP, tenemos la duda de cómo realizar el presupuesto ya que somos una empresa que cuenta con las funcionalidades bajo contrato, no sabemos cómo justificar boletas de honorarios al equipo que participará en el proyecto. ¿Qué procedimiento debemos seguir? ¿Cómo debemos justificar estos gastos?
Respuesta:
El qué y cómo rendir en el XII Concurso FEP, se encuentra detallado en el Manual de Rendición de Cuentas FEP, el cual se encuentra disponible en el sitio web institucional. Asimismo, se sugiere revisar punto N° 12” Presupuesto” de las Bases Técnicas del Concurso.
Presentaciones Jornada Informativa FEP XII Concurso
Título
Fecha de Publicación
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Presentación XII Concurso FEP Contenidos Previsionales de los Proyectos R.Pérez
12-04-2018
1.5 MiB
894
Presentación XII Concurso FEP Elaboración de Presupuesto J. Álvarez
19-04-2018
1.2 MiB
570
Presentación XII Concurso FEP Principales aspectos para la presentación y formulación de los Proyectos P.Ruz
19-04-2018
821.5 KiB
603