Preguntas Frecuentes sobre Salud

1¿Cuál es el procedimiento para pagar las cotizaciones, para las personas que trabajan a honorarios afiliadas a una ISAPRE?
En la operación renta de abril, se descuenta la cotización para salud, la que es enviada a la ISAPRE en la que estés afiliado(a) a diciembre del año 2022. Esta cotización otorga cobertura entre julio de 2023 y junio del 2024. Ahora bien, si el valor del plan contratado es superior al 7%, deberás pagar la diferencia directamente en la ISAPRE.
2¿Cuál es mi cobertura con lo que me descuentan para salud?
Si optó por cotizar por COBERTURA TOTAL, o sea por el total de su renta imponible, la cobertura será completa por el total de su renta imponible. En el caso de que se haya escogido la COBERTURA PARCIAL, si tiene una enfermedad o debe hacer uso de permiso por maternidad, el monto de las licencias médicas será por la renta imponible reducida, no por la real, dado que los subsidios por incapacidad laboral se pagan en proporción a la renta por la cual se cotizó para salud.
3Si opto por cobertura parcial, soy afiliado(a) a una ISAPRE y le pago el monto total de la cotización pactada a la ISAPRE para mantener mi plan de salud, ¿cuál será el monto de las licencias médicas?
Si la licencia es por una enfermedad de origen común, la ISAPRE, dado que recibe la totalidad del valor del plan, una parte proveniente de la TGR por su devolución de impuestos y la otra parte del valor del plan pagado de forma directa, la ISAPRE está obligada a pagar la licencia médica completa, o sea equivalente a su renta imponible real. En el caso de las licencias maternales, el pago será por el 47% de la renta imponible real, que es la renta que declaró para recibir devolución de impuestos, aunque haya pagado el diferencial del valor del plan pactado.
4¿Si soy afiliado(a) de una ISAPRE, debo pagar la cotización mensualmente?
A partir de la implementación del pago de cotizaciones a través de la operación renta, usted NO DEBE SEGUIR COTIZANDO MENSUALMENTE, salvo que lo cotizado no sea suficiente para pagar la cotización pactada con la ISAPRE. En este último caso, deberá pagar la diferencia en forma directa en la ISAPRE.
5¿Qué sucede si además de emitir boletas de honorarios soy trabajador(a) dependiente?
Si además de trabajar a honorarios usted tiene ingresos como trabajador(a) dependiente, su empleador debe descontarle las cotizaciones, ahora bien, si entre ambos ingresos supera el tope imponible debiera generar excesos los que le serán devueltos conforme a los procedimientos existentes para ello en cada institución.
6¿Cómo se calculan y pagan las cotizaciones previsionales de los trabajadores que emiten boletas de honorarios ¿cómo llegará a las ISAPRES?
El Servicio de Impuestos Internos realiza el cálculo de las cotizaciones previsionales en base a las rentas percibidas durante el año anterior. Ese Servicio comunica a la Tesorería General de la República el monto correspondiente a las cotizaciones, entre ellas la de salud, para que transfiera mensualmente a la Isapre las cotizaciones.
7¿Si soy afiliado(a) del FONASA, que sucede si opto por cobertura parcial en la operación renta?
Si es afiliado(a) al FONASA y optó por cobertura parcial, la TGR remitirá a esta Institución su cotización con cargo a la devolución de impuestos equivalente a un 47% de su renta imponible, recibiendo prestaciones proporcionales a esa renta que es por la cual cotizó para salud. Esto es de relevancia para quienes requieran hacer uso de licencias médicas, tanto de origen común como maternal, ya que recibirán un subsidio equivalente a una renta imponible del 47% de la Renta Imponible real.