La Ley establece dos opciones de cotización con diferentes coberturas y ventajas

Régimen de Cobertura Completa

Los trabajadores quedan cubiertos en un 100% desde el 1 de julio del año en que realizó la operación renta, hasta el 30 de junio del año siguiente, así sucesivamente.

Por otra parte, para que la retención cubra el pago íntegro de las cotizaciones, la retención de impuesto a la renta ésta se irá incrementando gradualmente hasta llegar a un 17% en 2028.

Régimen de Cobertura Parcial

Medida transitoria y gradual, pensada para quienes opten por destinar parte de su devolución de impuestos al pago de cotizaciones previsionales de destinar el total de su retención de impuestos al pago de cotizaciones previsionales.

Esta alternativa consiste en la posibilidad de cotizar para pensiones y salud por un porcentaje menor de la renta imponible. Se inició el año 2019 con cotizaciones sobre el 5% de la renta imponible, 17% el año 2020, 27% el año 2021 y 37% 2022, 47% el presente año 2023, hasta llegar a 100% el año 2028, décimo año contados desde la publicación de la ley.

Cada año aumentará la cotización conforme aumente la retención y el porcentaje devuelto irá bajando. La cobertura para pensiones y salud se calculará sobre la renta imponible sobre la que efectivamente se cotizó, lo que afecta a los subsidios por incapacidad laboral (licencias médicas).