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Julio 8, 2025- A partir de agosto, las empresas deberán declarar una cotización adicional de 1% con cargo al empleador. La Subsecretaría de Previsión Social entrega recomendaciones clave para realizar este trámite de forma simple.
A partir de las remuneraciones de agosto de 2025, entra en vigencia la implementación del 1% adicional de cotización con cargo al empleador, contemplado en la Ley 21.735, Reforma a las Pensiones.
Este nuevo aporte deberá ser declarado y pagado junto con las cotizaciones previsionales habituales, y no afecta el sueldo de los trabajadores y trabajadoras, ya que es financiado exclusivamente por las empresas, sin importar su tamaño. “Estamos entregando toda la orientación necesaria para que cumplan este nuevo deber de forma clara y sin complicaciones”, señaló el Subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes. “Estamos acompañando este proceso, porque necesitamos el compromiso del mundo empleador”, añadió el subsecretario Reyes.
¿Qué se paga y para qué sirve este 1%?
El nuevo 1% se descompone en dos partes:
- 0,1% va directo a la cuenta individual del trabajador o trabajadora, incrementando su ahorro previsional.
- 0,9% se destina al Seguro Social Previsional, un fondo solidario administrado por el IPS, que permitirá financiar beneficios como la compensación por expectativa de vida para mujeres y el futuro bono por años cotizados.
¿Cómo se paga el nuevo 1% del empleador?
- La Subsecretaría de Previsión Social y el Instituto de Previsión Social (IPS) han coordinado una serie de orientaciones concretas para facilitar este proceso. Los pasos son los siguientes:
- La declaración y el pago se realizan a través de Previred, utilizando los mismos plazos y mecanismos que las cotizaciones actuales.
- Para las remuneraciones de agosto, el plazo de pago vence el 13 de septiembre de 2025 si se hace de forma electrónica.
- Para empleadores que realizan directamente la declaración y pago de cotizaciones en el sitio www.previred.com, la información del Seguro Social estará disponible de forma automática para el pago de cotizaciones correspondiente a agosto.
- Para empleadores que utilizan software de remuneraciones deberán incorporar los nuevos campos para declarar el Seguro Social. Más información sobre el archivo de 105 campos la pueden encontrar en www.previred.com.
Cambios en el formulario de recaudación:
- Se incluirá una línea nueva específica para declarar el aporte del 0,9% al Seguro Social.
- Será obligatorio indicar el tipo de jornada del trabajador: completa o parcial (entendida como menos de 30 horas semanales).
- Remuneraciones y gratificaciones deben declararse por separado en cada período, para permitir un correcto cálculo del número de períodos cotizados y aplicar beneficios como el bono por años cotizados.
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