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Julio 18, 2025- El ministro del Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo, presidió la sesión destacando el carácter tripartito en el desarrollo de esta Política enfocada en la prevención para espacios de trabajo más seguros y dignos, en el marco del cumplimiento del Convenio187 de la OIT.
Jueves 17 de julio de 2025. – El Comité de ministras y ministros aprobó este jueves la Política Nacional de Seguridad y Salud en la Minería que propone una batería de medidas para el Estado de Chile, para las organizaciones de persona trabajadoras, para las entidades empleadoras y para los Organismos Administradores del Seguro de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales (Ley 16.744).
El Comité Interministerial de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), conformado por los ministerios de Trabajo y Previsión Social, Salud, Agricultura, Minería, Defensa, Economía y Transporte, aprobaron el documento cuya presentación realizó el subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes, y que fue elaborado por la Comisión Tripartita que funcionó durante un año para la elaboración de esta propuesta.
La Comisión Tripartida para la Política Nacional de Seguridad y Salud en la Minería, responsable del documento, contó con la participación de representantes de la Coordinadora de Trabajadores de la Minería, SONAMI, del Consejo Minero, APRIMIN, así como de los equipos del Ministerio de Salud, Ministerio de Minería, Dirección del Trabajo, Superintendencia de Seguridad Social y del Instituto de Seguridad Laboral, y del Servicio Nacional de Geología y Minería, SERNAGEOMIN.
El ministro del Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo destacó que la aprobación de esta política pública es un hito para el país y particularmente para las y los trabajadores del sector minero: “Estamos muy contentos con la aprobación de la Política Nacional de Seguridad y Salud en la Minería, que no solo eleva los estándares en una de las principales actividades productivas del país, sino que también consolida un enfoque de desarrollo con derechos. Al avanzar en estas materias, no solo protegemos la vida y salud de las y los trabajadores, sino que también construimos un modelo de crecimiento que pone en el centro la justicia social, el desarrollo territorial y una mejor calidad del empleo”, comentó la autoridad de Gobierno.
En esa misma línea, el secretario de Estado complementó que: “Este resultado es también reflejo del camino que hemos impulsado como Gobierno, el avanzar en políticas laborales a través del diálogo social y el tripartismo, con la participación de trabajadores, empleadores y el Estado. Esa forma de construir acuerdos es precisamente lo que ha llevado a que Chile esté siendo destacado a nivel internacional, no solo por la ratificación de convenios, sino por cómo estamos desarrollando políticas concretas que elevan los estándares laborales y refuerzan los derechos fundamentales en el trabajo.”
En tanto, la ministra de Minería, Aurora Williams, resaltó que “hoy se ha aprobado la Política Nacional de Salud y Seguridad en la Minería. Nos hemos transformado en la industria que tiene una política a nivel mundial y la primera industria en Chile en tener esta política que ha sido construida desde la diversidad de distintas voces, en un diálogo tripartito que ha sido realmente importante. Ha sido un trabajo de nueve meses con consensos, con disensos, pero llegando a un trabajo concreto y que tiene en el centro a los trabajadores y las trabajadoras de la industria minera. Un agradecimiento a los gremios, a los sindicatos que han vaciado su experiencia en construir una política en conjunto, una política que nos va a guiar en los próximos años en un contexto además en que la industria minera está altamente desafiada. De esta manera colocamos los minerales críticos en el mundo con responsabilidad, con participación, con distintas voces”.
Por su parte, el Subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes, quien expuso los principales elementos que contiene el documento resaltó que “este es un trabajo tripartito del Estado, de los empleadores y de los trabajadores, que durante muchos meses se han coordinado para poder llegar a una propuesta que permita tener un trabajo sano y saludable en la minería”.
Junto a lo anterior resaltó que “esto refleja también un espíritu de colaboración, de diálogo, de poder integrar las distintas perspectivas para poder lograr una política nacional que contribuya al país, pero también es un ejemplo quizás para otros sectores, porque la seguridad y el salud en el trabajo, si bien es un tema que no se discute, también tiene sus distintas miradas que las cuales tienen que confluir. Esta es una política que incluye una perspectiva de género, donde la diversidad también está presente, y por lo tanto es una política ejemplar. Nos felicitamos por haber podido lograr esto, que nos pone a la vanguardia de la seguridad y salud en el trabajo en el mundo”.
Política Nacional de Seguridad y Salud en la Minería (PNSSM).
Este documento se elabora en conformidad con el Convenio 187 de la OIT sobre Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo, todo Miembro deberá, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores interesadas y tiene como objetivo formular, poner en práctica y reexaminar periódicamente una política nacional coherente en materia de seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo.
Sobre el proceso de elaboración
Para elaborar la propuesta de “Política Nacional de Seguridad y Salud en la Minería”, se realizaron las siguientes actividades:
- a) Creación de la Comisión Sectorial Minera. En el marco del proceso de ratificación del Convenio 176 de la OIT sobre seguridad y salud en las minas, el Consejo Superior Laboral acordó la creación de la Comisión Sectorial Minera, instancia encargada de dar seguimiento a la formulación de dicha política.
- b) Informe de talleres tripartitos en el sector minería. Durante el año 2023, y como parte del proceso de actualización de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2024-2028, se realizaron siete talleres tripartitos regionales, en las regiones de Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana y O’Higgins.
- c) Constitución de Comité Técnico del Estado. En junio de 2024 se constituyó tal Comité, el cual se encuentra integrado por los Ministerios de Minería, Trabajo y Previsión Social, Salud, y los organismos públicos relacionados al sistema de seguridad social en el trabajo (SERNAGEOMIN, SUSESO, SPS, DT e ISL), con la finalidad de definir una metodología y cronograma para el diseño de la política minera.
- d) Aprobación de propuesta metodológica para elaborar propuesta de PNSSM. En julio de 2024, el Comité Técnico del Estado presentó la propuesta metodológica para elaborar la PNSSM a la Comisión Sectorial Minera, la cual aprobó dicha metodología y cronograma de trabajo, dando inicio al trabajo del Comité Tripartito que elaboró la propuesta de PNSSM.
- e) Proceso de elaboración de la PNSSM. El Comité Tripartito, cuyos integrantes fueron designados por cada uno de los estamentos (Estado, Empleadores, Trabajadores) para elaborar la Propuesta de Política Nacional de Seguridad y Salud en la Minería comenzó en agosto de 2024 con sesiones de trabajo hasta mayo de 2025.
Principales contenidos de la Política Nacional de Seguridad y Salud en la Minería
Se establecen 10 principios entre lo que podemos destacar: el respeto integral a la vida y la integridad física y psicosocial de las personas trabajadoras en la minería como derecho fundamental; la promoción de una cultura preventiva para la seguridad y salud en el trabajo a través de la gestión de riesgos; y el enfoque de género y diversidad.
Dentro de los objetivos se destacan el desarrollar y promover una cultura preventiva, fortaleciendo la asistencia técnica, la educación y el tripartismo; perfeccionar el marco normativo en materia de seguridad y salud en el trabajo; y fortalecer la institucionalidad fiscalizadora de la seguridad y salud en el trabajo.
Finalmente, como compromisos se mencionan:
COMPROMISOS DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS.
- Las personas trabajadoras se comprometen a cumplir con la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como con los reglamentos internos de las empresas, incluyendo el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS) y los procedimientos establecidos.
- Participar de manera activa y propositiva en los procesos de revisión y actualización del Reglamento de Seguridad Minera, aportando desde la experiencia laboral y el compromiso con la prevención de riesgos.
- Ejercer de manera activa sus derechos en materia de seguridad y salud en el trabajo, promoviendo la mejora continua del sistema mediante la identificación y comunicación oportuna de condiciones de riesgo, así como la denuncia de cualquier irregularidad que afecte la integridad de las y las personas trabajadoras.
- Fomentar activamente una cultura de la prevención, priorizando el cuidado y la promoción de la salud como principios fundamentales del trabajo, por sobre cualquier tipo de incentivo económico o presión productiva.
- Participar activamente en las capacitaciones y actividades de difusión de medidas de seguridad, fortaleciendo sus competencias técnicas para un desempeño laboral seguro y manteniéndose actualizado en el uso de tecnologías, herramientas y procedimientos asociados a su labor.
COMPROMISOS DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS.
- Aplicar, cumplir y difundir tanto la normativa de seguridad y salud en el trabajo como los protocolos y normas de la empresa, estableciendo condiciones para un trabajo seguro, saludable e informado oportunamente de las exigencias a las jefaturas, supervisores, personas trabajadoras y sus representantes
- Responsabilizarse de apoyar la construcción, implementación y difusión de la PNSSM, asumiendo un rol activo en la promoción de un entorno laboral seguro y saludable.
- Contribuir a actualizar la normativa del Reglamento de Seguridad Minera en el ámbito preventivo.
- Asignar y gestionar los recursos para implementar y mantener una gestión preventiva de seguridad y salud efectiva, que permitan la protección de las personas trabajadoras y el cumplimiento de la normativa vigente.
- Entregar elementos de protección personal certificados y adecuados a los riesgos presentes a los lugares de trabajo, y a las características de las personas trabajadoras.
COMPROMISOS DE LOS ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
- Controlar la implementación y evaluación de la PNSSM.
- Perfeccionar y actualizar el marco normativo de seguridad y salud en el trabajo de acuerdo con la realidad sectorial, al cambio tecnológico, al cambio climático, a las evidencias sobre la realidad zonal y a las condiciones de los diferentes segmentos de la actividad minera.
- Establecer instancias de coordinación e interoperabilidad entre los organismos fiscalizadores, procurando el mejoramiento de la eficiencia y eficacia de estos.
- Disponer recursos y desarrollar herramientas en materia de seguridad y salud en el trabajo en el sector minero, especialmente en educación y asistencia técnica.
- Fortalecer al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) para la aplicación del seguro social y el aumento de la cobertura de riesgos protocolizados en la vigilancia ambiental y salud en la pequeña minería.
COMPROMISOS DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N°16.744.
- Difundir la PNSSM en todo el sector minero, promoviendo el diálogo constante entre organismos administradores, personas trabajadoras y entidades empleadoras respecto de la gestión de riesgos en el sector minero.
- Dar cumplimiento a la normativa legal e instrucciones de las entidades competentes que los regulan y fiscalizan.
- Aumentar la cobertura de los programas de vigilancia ambiental y de la salud por exposición a los riesgos más prevalentes en el sector minero, manteniendo actualizada la historia ocupacional de cada persona trabajadora.
- Asegurar la calidad y oportunidad de la asistencia técnica, vigilancia ambiental y de la salud.
5. Otorgar asistencia técnica específica y especializada pertinente a los riesgos del sector minero, priorizando actividades realizadas en los lugares específicos donde las personas desarrollan su trabajo en la pequeña minería y entidades empleadoras de mayor riesgo.
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